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una mirada trialista sobre algunos aspectos del derecho sucesorio ...

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JUAN MARTÍN MARÍA CAMPODÓNICOISSN 1514-2469En el <strong>derecho</strong> de las sucesiones argentino, el encargado <strong>del</strong>funcionamiento consulta en lo que se pueda al autor, pero debido a laconfusa regulación, nos encontramos frente a un sistema generalmentematerial pero que cada vez más se irá formalizando hasta llegar a lainevitable necesidad de reelaborar el ordenamiento.2.3. Origen <strong>del</strong> Ordenamiento NormativoEl integrativismo <strong>trialista</strong> da un carácter disyuntivo a la norma hipotéticafundamental, por la admisión de los repartos autónomos y autoritariosa la par, quedando así mejor reflejada la diversidad de vertientes de larealidad social. Según las fuentes formales habituales, la de los merosórdenes son las recopilaciones, mientras que la de los sistemas son lascodificaciones; si <strong>una</strong> norma encomienda a los encargados <strong>del</strong> funcionamientoel resolver todos los casos, puede hacer de <strong>una</strong> recopilación fuente deun sistema. 28El <strong>derecho</strong> <strong>sucesorio</strong> argentino se encuentra dentro de <strong>una</strong> codificación(teniendo la importancia de ser uno de los cuatro libros <strong>del</strong> CódigoCivil), así que por ende se nutre de ella siendo un subsistema codificado.3. Categoría Básica de la dimensión NormológicaEs la verdad referida a la realidad social; es <strong>una</strong> categoría pantónomaque debe fraccionarse para producir certeza. Toda referencia de la lógicanormativa a la realidad de los hechos hay que hacerla teniendo en cuenta laslimitaciones de la verdad que las normatividades pueden realizar.Es claro que las normas no pueden contemplarlo todo, y menos laverdad de la realidad social, pero para eso se le debe dar un margen <strong>del</strong>ibertad tanto al juez para aplicar correctamente el <strong>derecho</strong> <strong>sucesorio</strong>, comoal causante para poder disponer de sus bienes de forma adecuada aldesarrollo de su propia vida.28CIURO CALDANI, Miguel Ángel, “Metodología jurídica”, FIJ, Portal Cartapacio depublicaciones jurídicas, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/.58www.centrodefilosofia.org.ar/investigacionydocencia45.htm

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