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BIZKAIKO ALDIZKARI OFIZIALA BOLETIN OFICIAL DE BIZKAIA - Fruiz

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BAO. 73. zk. 2011, apirilak 14. Osteguna — 10758 — BOB núm. 73. Jueves, 14 de abril de 201131- 2.° A, se hace público, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 59.5 de la Ley 30/1992, que la Delegación del Gobiernoen la Comunidad Autónoma del País Vasco, ha dictado resolucióncon fecha 14 de marzo de 2011, por la que se acuerda la revocaciónde su licencia de armas tipo «E», por hallarse incurso enlos supuestos previstos en los artículos 97.5 y 98.1 del R.D. 137/93,de 29 de enero («B.O.E.» de 5 de marzo), por el que se apruebael Reglamento de Armas.Contra la citada resolución cabe interponer potestativamenterecurso de reposición ante la Delegación del Gobierno en la ComunidadAutónoma del País Vasco, en el plazo de un mes contado apartir del día siguiente al de la publicación del presente edicto, obien puede impugnarla directamente ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Bilbao en el plazo de dos meses contadosde la misma forma. En el supuesto de optar por el recursode reposición, no podrá interponer el contencioso administrativohasta que aquel fuese resuelto expresamente o presuntamentedesestimado. (Artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, 8.3 y 46.1 y4 de la Ley 29/1998).En Bilbao, a cinco de abril de dos mil once.—El Secretario General,Jesús Congregado Loscertales(Núm. 3648)•Notificación de acuerdo de incoación de expediente sancionadornúmero 232/2011.Secretaría General.—A fin de que sirva de notificación a DenisOrtiz Franco al no haber sido éste posible, tras haberse intentadoen el último domicilio conocido, sito en calle Concepción, 5 C, 1.ºA (Bilbao), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se hace público que estaSubdelegación del Gobierno en Vizcaya ha acordado iniciar, confecha 10 de marzo de 2011 el expediente sancionador número232/2011 por presunta infracción prevista en el artículo 146.1 RealDecreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamentode Armas («B.O.E.» de 05.03.93-C.E. 21.04.93) sancionablecon ochocientos euros (800 euros), e incautación de las armas.En el plazo de quince días a partir del siguiente al de la publicacióndel presente edicto, el interesado podrá formular y proponercuantas alegaciones y pruebas considere convenientes a sudefensa, a cuyo efecto se encuentra a su disposición, durante dichoplazo, el referido expediente, que podrá consultar de 9:00 a 14:00horas en la Unidad Administrativa de Derechos Ciudadanos, sitaen la Plaza Federico Moyúa, 5 de Bilbao.Asimismo, se le advierte que en el supuesto de no efectuaralegaciones, el referido acuerdo se considerará propuesta de resolución,según lo establecido en el artículo 13.2 del Real Decreto1398/1993, de 4 de agosto, resolviéndose el expediente con unasanción de ochocientos euros (800 euros), e incautación de lasarmas.El presente procedimiento, salvo que concurran causas de suspensión,deberá resolverse en el plazo de seis meses desde suincoación produciéndose, en otro caso, su caducidad, conforme alo dispuesto en el artículo 20.6 del citado Real Decreto 1398/1993.En el supuesto de que reconozca voluntariamente su responsabilidad,podrá hacer efectiva la sanción a cuyo efecto estaSubdelegación del Gobierno le expedirá el modelo 069 (apartadoSexto Orden PRE/3662/2003, de 29 de diciembre) con el que podráefectuar el ingreso en Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas deCrédito, en los que no es preciso tener cuenta abierta, o a travésde la «Oficina Virtual» de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es)en el apartado «Pago de Impuestos», mediante cargoen cuenta o la utilización de tarjetas de crédito o débito.En tal caso se remitirá a esta Subdelegación del Gobierno copiadel mencionado modelo en el que se acredite debidamente el ingreso,lo que implicará la terminación del procedimiento, sin perjuicio dela posibilidad que le asiste para interponer los recursos procedentes(artículo 8.2 del Real Decreto 1398/93 de 4 de agosto).En Bilbao, a seis de abril de dos mil once.—El Secretario General,Jesús Congregado Loscertales(Núm. 3649)Notificación de resolución del expediente sancionadornúmero 625/2010.Secretaría General.—Para que sirva de notificación a AbdaliBanachir por no haber sido posible efectuarla, tras haberse intentado,en el último domicilio conocido sito en calle Zabala, 27-5.ºDcha., (Bilbao) se hace público, de conformidad con lo dispuestoen el artículo 59.5, de la Ley 30/1992, que la Subdelegación delGobierno en Vizcaya ha dictado resolución en el expediente sancionadornúmero 625/2010 con fecha 15 de marzo de 2011 imponiéndoleuna multa de sesenta y uno euros (61 euros), por la infracciónprevista en el artículo 90.2.e) Ley 39/2003, de 17 denoviembre, del Sector Ferroviario («B.O.E.» de 18 de noviembrede 2003) modificada por la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, delcontrato de transporte terrestre de mercancías («B.O.E.» de 12 denoviembre de 2009).Contra la citada resolución que no pone fin a la vía administrativa,cabe interponer recurso de alzada ante el Ministro deFomento, o ante esta Subdelegación del Gobierno para su remisióna aquél, en el plazo de un mes contado a partir del día siguienteal de la publicación del presente edicto. Durante dicho plazo, el referidoexpediente se encuentra a su disposición en la sede de esteCentro, sita en Bilbao, calle Plaza Federico Moyúa, 5, a fin de quepueda conocer su contenido íntegro.Lo que se traslada para su conocimiento. A fin de hacer efectivoel importe de la sanción una vez que adquiera firmeza la presenteresolución, se acompaña el modelo 069 (apartado sexto ordenPRES/3662/2003, de 29 de diciembre), con el podrá efectuar elingreso en banco, cajas de ahorro y cooperativas de crédito en lasque no es preciso tener cuenta abierta, o a través de la «OficinaVirtual» de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es), en lossiguientes plazos:— Si la notificación de la resolución se realiza entre los díasuno y quince de cada mes, desde la fecha de recepción dela notificación hasta el 20 del mes posterior, o si éste nofuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.— Si la notificación de la resolución se realiza entre los días16 y último de cada mes desde la fecha de recepción de lanotificación hasta el día cinco del segundo mes posterior,o si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.En Bilbao, a seis de abril de dos mil once.—El Secretario General,Jesús Congregado Loscertales(Núm. 3650)•Notificación de resolución del expediente sancionadornúmero 658/2010.Secretaría General.—Para que sirva de notificación a ManuelCampillo Amuedo por no haber sido posible efectuarla, trashaberse intentado, en el último domicilio conocido sito en calle Castaños,27-1.º C (Bilbao), se hace público, de conformidad con lodispuesto en el artículo 59.5, de la Ley 30/1992, que la Delegacióndel Gobierno en la Comunidad autónoma del País Vasco hadictado resolución en el expediente sancionador número 658/2010con fecha 18 de marzo de 2011 imponiéndole una multa de trescientoscinco euros (305 euros), e incautación del arma por la infracciónprevista en el artículo 146.1 Real Decreto 137/1993, de 29 deenero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas («B.O.E.«de 05.03.93-C.E. 21.04.93).Contra la citada resolución que no pone fin a la vía administrativa,cabe interponer recurso de alzada ante el Ministro del Interior,o ante esta Subdelegación del Gobierno para su remisión aaquél, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente alde la publicación del presente edicto. Durante dicho plazo, el referidoexpediente se encuentra a su disposición en la sede de esteCentro, sita en Bilbao, calle Plaza Federico Moyúa, 5, a fin de quepueda conocer su contenido íntegro.Lo que se traslada para su conocimiento. A fin de hacer efectivoel importe de la sanción una vez que adquiera firmeza la presenteresolución, se acompaña el modelo 069 (apartado sexto ordenPRES/3662/2003, de 29 de diciembre), con el podrá efectuar elingreso en banco, cajas de ahorro y cooperativas de crédito en lasque no es preciso tener cuenta abierta, o a través de la «Oficinacve: BAO-BOB-2011a073

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