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BIZKAIKO ALDIZKARI OFIZIALA BOLETIN OFICIAL DE BIZKAIA - Fruiz

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BAO. 73. zk. 2011, apirilak 14. Osteguna — 10735 — BOB núm. 73. Jueves, 14 de abril de 2011LAN ETA INMIGRAZIOAREN MINISTRARITZAGizarte Segurantzaren Diruzaintza Orokorra02/2011 ediktuaEva Suárez Magdalena andreak, Zergabilketaren KudeaketarakoProbintzi Zuzendariordeak, ondokoa.Herri Administrazioen Araubide Juridikoari eta AdministrazioProzedura Erkideari buruzko azaroaren 26ko/ 30/1992Legearen 59. Artikuluaren 1 eta 2. zenbakietan xedaturik dagoenarenarabera interesatuei egin zaien jakinarazpen saioa antzuagertatu denez, eta kuoten itzulketari buruzko ebazpenen jasotzaileenegoitza berria aurkitzea ezinezkoa izan denez, jakinarazpenahonako idazki honen bidez egin dugu (baldin eta kuoten itzulketaaintzatetsi zaion enpresak zorrik badu, itzulketaren zenbatekoa aplikatuzaion agiría eta zor hori dagokion epealdia ere erasoko dira).Egintza honen aurka gorako helegitea jarri ahal ¡zango da, argitaratzenden egunaren biharamunetik aurrera zenbatu beharreko hilabetekoepean; baldin helegitea jarri eta hiru hilabete igaro ondorikhari buruzko ebazpenik eman ez bada, helegite hori ezetsi egin délaulertuko da, Herri Administrazioen Araubide Juridikoari eta AdministrazioProzedura Erkideari buruzko azaroaren 26ko 30/1992Legearen («E.A.O.», 1992/11/27) 115.artikuluarekin eta GizarteSegurantzaren Zergabilketarako Araudi Orokorraren (ekainarenllko 1415/2004 E.D.; «E.A.O.», 2004/06/25) 46. artikuluarekin bat etorriz.Eta hórrela ager dadin, «Bizkaiko Aldizkari Ofizialean» eta Udaletakoediktu-oholetan argitaratzearen ondoreetarako, ediktu haueman dut.Bilbon, 2011ko martxoaren 28an.—Inskripzio, Afiliazio eta BorondatezkoEpealdiko Bilketako Probintzi Zuzendariordea, Eva SuárezMagdalenaMINISTERIO <strong>DE</strong> TRABAJO E INMIGRACIÓNTesorería General de la Seguridad SocialEdicto 02/2011Doña Eva Suárez Magdalena, Subdirectora Provincial de GestiónRecaudatoria.Habiendo resultado infructuoso el intento de notificacióna los interesados prescrito en los números 1 y 2 del artículo 59 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común,y resultando imposible hallar nuevo domicilio de los destinatariosde las resoluciones de devolución de cuotas, por la presente se procedea su notificación (se hace constar, en el supuesto de que laempresa a quien se le ha estimado la devolución de cuotas tuvieradeuda, el documento al que se ha aplicado el importe de la devolucióny el período a que la deuda corresponde).Contra el presente acto, y dentro del plazo de un mes a contardesde el día siguiente a su publicación, podrá interponerse recurso dealzada ante la Administración correspondiente; transcurridos tres mesesdesde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desestimado,de acuerdo con lo previsto en el artículo 115 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común («B.O.E.» 27/11/92),y en el artículo 46 del Reglamento General de Recaudación de la SeguridadSocial (R.D. 1415/2004 de 11 de junio («B.O.E.» 25/06/04).Y para que así conste a los efectos de su publicación en el«Boletín Oficial de Bizkaia» y tablón de edictos de los Ayuntamientos,expido el presente edicto.En Bilbao, a 28 de marzo de 2011.—La Subdirectora de Inscripción,Afiliación y Recaudación en Período Voluntario, Eva SuárezMagdalenaN.° identificación Nombre o razón social Solicitud Período Comunicacion Sentido Importe N.° de doc. de deuda y periodo481035433578 JAVIER TOME FERNAN<strong>DE</strong>Z 01/08 a 12/08 19/10/10 ESTIMATORIA 14,70 €481044678587 VASILICA LISTRAT 07/09/10 07/10 16/11/10 ESTIMATORIA 254,32 € 48/05/09/012591800/03 - 12/08EDICTODirección Provincial de Bizkaia.—El Jefe de la Unidad competentede la Tesorería General de la Seguridad Social, deacuerdo con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficialdel Estado» de 27 de noviembre de 1992), a los sujetos responsablesdel pago de deudas comprendidos en la relación de documentosque se acompaña, epigrafiados de acuerdo con el Régimende la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, ante laimposibilidad por ausencia, ignorado paradero o rehusado, de comunicarleslas reclamaciones por descubiertos de cuotas a la SeguridadSocial, emitidos contra ellos, se les hace saber que, en aplicaciónde lo previsto en el artículo 30.2 de la Ley General de laSeguridad Social, de 20 de junio de 1994 («Boletín Oficial del Estado»de 29 de junio de 1994), según la redacción dada al mismo por elartículo 5.seis de la Ley 52/2003, de disposiciones específicas enmateria de Seguridad Social («Boletín Oficial del Estado» de 11de diciembre de 2003), en los plazos indicados a continuación, desdela presente notificación, podrán acreditar ante la Administracióncorrespondiente de la Seguridad Social que han ingresado las cuotasreclamadas mediante los documentos tipo 2 y 3 (Reclamacionesde deuda sin y con presentación de documentos), 9 (Reclamaciónacumulada de deuda) y 10 (Reclamación de deuda porderivación de responsabilidad):a) Notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde aquéllahasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior,en su caso.b) Notificación entre los días 16 y último de cada mes, desdeaquélla hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediatohábil posterior, en su caso.•(IV-708)Respecto de las cuotas y otros recursos reclamados mediantedocumentos tipo 1 (Actas de liquidación), 4 (Reclamaciones de deudapor infracción), 6 (Reclamaciones de otros recursos) y 8 (Reclamacionespor prestaciones indebidas), en aplicación de lo establecidoen el artículo 31 de la Ley General de la Seguridad Social y 55.2,66 y 74 del Reglamento General de Recaudación de la SeguridadSocial (R.D. 1415/2004, de 11 de junio, «B.O.E.» de 25 de juniode 2004), los sujetos responsables podrán acreditar que han ingresadola deuda reclamada hasta el último día hábil del messiguiente a la presente notificación.Se previene de que, caso de no obrar así, se iniciará el procedimientode apremio, mediante la emisión de la providencia de apremio,con la aplicación de los recargos establecidos en el art. 27 dela mencionada Ley y en el art. 10 de dicho Reglamento General.Contra el presente acto, y dentro del plazo de un mes a contardesde el día siguiente a su publicación, podrá interponerse recursode alzada ante la Administración correspondiente; transcurridos tresmeses desde su interposición, si no ha sido resuelto, podrá entendersedesestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 115de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún («Boletín Oficial del Estado» de 27 de noviembre de 1992),que no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que segarantice el importe de la deuda reclamada conforme a lo dispuestoen el artículo 46 del citado Reglamento General de Recaudaciónde la Seguridad Social.Y para que conste, firmo el presente edicto.En Bilbao, a seis de abril de dos mil once.—La Subdirectorade Inscripción, Afiliación y Recaudación en Período Voluntario, EvaSuárez Magdalenacve: BAO-BOB-2011a073

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