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Normas Técnicas municipales para instalaciones de ... - Miliarium

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BOP Zaragoza.—Núm. 132 11 junio 2003 4699Art. 22. No podrán cambiarse los materiales ni modificarse las unida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>obra <strong>de</strong>l proyecto aprobado sin autorización expresa <strong>de</strong>l Ayuntamiento, previoinforme <strong>de</strong>l Servicio <strong>de</strong> Alumbrado Público.Art. 23. Si durante el transcurso <strong>de</strong> las obras se observaran cambios <strong>de</strong>materiales y modificaciones <strong>de</strong> las unida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> obra no aprobados por el Ayuntamiento,o que no se ajusten los mismos al proyecto aprobado, podrá or<strong>de</strong>narse,previas las comprobaciones pertinentes, la inmediata <strong>para</strong>lización <strong>de</strong> lasobras, hasta que se subsanen las <strong>de</strong>ficiencias observadas o se justifiquen técnicamentelas modificaciones introducidas.Todo ello sin perjuicio <strong>de</strong>l tanto <strong>de</strong> culpa que corresponda al solicitante y alas sanciones que en cumplimiento <strong>de</strong> la vigente legislación pueda imponer elAyuntamiento.RecepciónArt. 24. Terminadas las obras e <strong>instalaciones</strong>, y como requisito previo a larecepción <strong>de</strong> las mismas, se proce<strong>de</strong>rá a la presentación en el Ayuntamiento <strong>de</strong>la documentación administrativa <strong>de</strong> la DGA u organismo colaborador, planosfin <strong>de</strong> obra con las mediciones reales, soportes adhesivos <strong>para</strong> colocar en lospuntos <strong>de</strong> luz <strong>de</strong>bidamente numerados según las indicaciones que marque elServicio <strong>de</strong> Alumbrado Público, así como una certificación suscrita por eldirector <strong>de</strong> las obras, que podrá solicitar la colaboración <strong>de</strong> un laboratorio acreditadoy visado por el Colegio Oficial correspondiente <strong>de</strong> los resultados obtenidos,entre otras, en las siguientes pruebas:1. Caídas <strong>de</strong> tensión.2. Equilibrio <strong>de</strong> cargas.3. Medición <strong>de</strong> aislamiento.4. Medición <strong>de</strong> tierras.5. Medición <strong>de</strong>l factor <strong>de</strong> potencia.6. Mediciones luminotécnicas: iluminancias, luminancias y <strong>de</strong>slumbramientos.7. Comprobación <strong>de</strong> la se<strong>para</strong>ción entre los puntos <strong>de</strong> luz.8. Comprobación <strong>de</strong> las protecciones contra sobrecargas y cortacircuitos.9. Comprobación <strong>de</strong> conexiones.10. Verticalidad <strong>de</strong> los puntos <strong>de</strong> luz.11. Horizontalidad <strong>de</strong> los puntos <strong>de</strong> luz.Todo ello sin perjuicio <strong>de</strong> cuantos ensayos, comprobaciones fotométricas ypruebas <strong>de</strong> toda índole se consi<strong>de</strong>re necesario sean realizadas por el Servicio <strong>de</strong>Alumbrado Público.Art. 25. Las pruebas señaladas en el artículo anterior se realizarán en presencia<strong>de</strong> técnicos <strong>municipales</strong> <strong>de</strong>l Servicio <strong>de</strong> Alumbrado Público, que confrontaránlas mismas, comprobando su ejecución y resultados.Estas pruebas habrán <strong>de</strong> dar unos resultados no inferiores a los <strong>de</strong>l proyectoy los preceptuados en el Reglamento electrotécnico <strong>para</strong> baja tensión y lasinstrucciones técnicas complementarias, admitiéndose como máximo lassiguientes diferencias:—Mediciones luminotécnicas: Iluminancia media, medida mediante luxómetro<strong>de</strong> responsividad v ( λ ) y corrección <strong>de</strong> coseno, colocado en posiciónhorizontal y a distancia <strong>de</strong>l suelo menor <strong>de</strong> 20 cm, medido por el método <strong>de</strong> los“nueve puntos”. Dicha iluminancia media será como máximo, inferior a un12% a la calculada en el proyecto, y en un 10% las uniformida<strong>de</strong>s media yextrema.—Se<strong>para</strong>ción entre puntos <strong>de</strong> luz: diferirá como máximo, entre dos puntosconsecutivos, en un ± 5% <strong>de</strong> la se<strong>para</strong>ción marcada en el proyecto, o, en sucaso, en el replanteo.—Verticalidad: <strong>de</strong>splome máximo un tres por mil.—Horizontalidad: la luminaria nunca estará por <strong>de</strong>bajo <strong>de</strong>l plano horizontal,siendo el valor normal <strong>de</strong> inclinación 5º, permitiéndose en casos especiales <strong>de</strong>bidamentejustificados, una inclinación máxima <strong>de</strong> 15º sobre el plano horizontal.—El factor <strong>de</strong> potencia o cos ϕ : en todo caso será igual o superior a 0,95.Cuando se consi<strong>de</strong>re necesario, se realizarán mediciones luminotécnicas <strong>de</strong>luminancias y <strong>de</strong>slumbramientos, <strong>de</strong> acuerdo con la siguiente metodología:—Medidas <strong>de</strong> luminancias: Con pavimento seco se situará el a<strong>para</strong>to luminancímetroen estación, en un punto <strong>de</strong> observación que corresponda al cálculo<strong>de</strong>l proyecto. Después <strong>de</strong> su puesta a cero, y una vez nivelado, y a una altura<strong>de</strong> 1,5 m sobre la calzada, se proce<strong>de</strong>rá a la incorporación <strong>de</strong>l limitador <strong>de</strong>campo según ancho <strong>de</strong> calzada, midiéndose a continuación el valor <strong>de</strong> luminanciamedia, en una zona comprendida entre 160 m y 60 m por <strong>de</strong>lante <strong>de</strong>lobservador.Se utilizarán las matrices <strong>de</strong> revestimiento <strong>de</strong> las calzadas homologadas porla CIE. En caso necesario, podrá ejecutarse la medida <strong>de</strong> las tablas “R”, segúnCIE, <strong>de</strong>l pavimento real <strong>de</strong> las calzadas por laboratorio acreditado.La luminancia media será como máximo inferior a un 12% a la calculada enel proyecto, con los valores <strong>de</strong> reflectancia <strong>de</strong>l pavimento real, y en un 10% lasuniformida<strong>de</strong>s media y longitudinal.—Medidas <strong>de</strong> <strong>de</strong>slumbramientos: Partiendo <strong>de</strong> la función correspondiente,consignada en la publicación 12.2/1977 <strong>de</strong> la CIE, se calculará el índice “G” <strong>de</strong><strong>de</strong>slumbramiento molesto, con valores reales <strong>de</strong> la instalación, aplicando lasiguiente expresión:G = SLI + valor real instalación.Siendo el índice específico <strong>de</strong> la luminaria SLI el siguiente: 0,5.SLI = 13,84-3,31 log I80 + 1,3 [log (I80/I88)]—0,08 log (I80/I88) + 1,29log F + C.Y el valor real <strong>de</strong> la instalación, el siguiente:Valor real instalación = 0,97 log Lmed + 4,41 log h—1,46 log pLos diferentes parámetros consignados en las fórmulas son:I80: Intensidad luminosa con un ángulo <strong>de</strong> elevación <strong>de</strong> 80º en dirección<strong>para</strong>lela al eje <strong>de</strong> la calzada (cd)I80/I88: Razón <strong>de</strong> la intensidad luminosa en 80º y 88º (razón <strong>de</strong> retroceso)F: Superficie aparente <strong>de</strong>l área limitada <strong>de</strong> la luminaria vista bajo un ángulo<strong>de</strong> 76º (m 2 ).C: Factor cromático que <strong>de</strong>pen<strong>de</strong> <strong>de</strong>l tipo <strong>de</strong> lám<strong>para</strong>:—Sodio baja presión: 0,4—Otras: 0Lmed: Luminancia media <strong>de</strong> la superficie <strong>de</strong> la calzada (cd/m 2 )h,: Distancia entre el nivel <strong>de</strong> los ojos y la altura <strong>de</strong> montaje <strong>de</strong> la luminaria(m)p: Número <strong>de</strong> luminarias por Km.El valor resultante <strong>de</strong>l índice <strong>de</strong> <strong>de</strong>slumbramiento molesto “G” no será inferioren un 10% al calculado en el proyecto, y en ningún caso inferior a 4.El valor <strong>de</strong>l incremento <strong>de</strong> umbral TI que correspon<strong>de</strong> al <strong>de</strong>slumbramientoperturbador, se calculará con valores reales <strong>de</strong> la instalación, teniendo en cuentala función correspondiente consignada en la publicación 12.2/1977 <strong>de</strong> laCIE, aplicando la siguiente expresión:LveloTI = 65(TI en%)0,8 LmedLos valores resultantes serán iguales o inferiores, y en todo caso muy próximosa los <strong>de</strong>l proyecto.Art. 26. Si el resultado <strong>de</strong> las pruebas no fuese satisfactorio, el solicitantetendrá que ejecutar las operaciones necesarias <strong>para</strong> que las <strong>instalaciones</strong> esténen perfectas condiciones <strong>de</strong> uso, <strong>de</strong>biendo estar concluidas en el plazo quemarque el Ayuntamiento.Art. 27. Con carácter previo a la firma <strong>de</strong>l acta <strong>de</strong> recepción <strong>de</strong> las obras, elsolicitante <strong>de</strong>berá presentar en el Servicio <strong>de</strong> Alumbrado Público <strong>de</strong>l Ayuntamientola liquidación <strong>de</strong> las obras y planos finales <strong>de</strong> obra en papel y en soporteinformático compatible con el Ayuntamiento, en los que consten, comomínimo, los planos 4, 5, 6 y 7 señalados en el artículo 10 <strong>de</strong> las presentes normastécnicas <strong>municipales</strong> <strong>para</strong> <strong>instalaciones</strong> <strong>de</strong> alumbrado público, así comolas curvas <strong>de</strong> <strong>de</strong>preciación <strong>de</strong>l flujo luminoso y supervivencia <strong>de</strong> las lám<strong>para</strong>s.Art. 28. Subsanadas todas las <strong>de</strong>ficiencias, se girará visita <strong>de</strong> inspección alas <strong>instalaciones</strong> <strong>de</strong> alumbrado público por parte <strong>de</strong> técnicos <strong>municipales</strong> <strong>de</strong>lServicio <strong>de</strong> Alumbrado Público <strong>de</strong>l Ayuntamiento, a quienes acompañaránrepresentantes <strong>de</strong> la empresa concesionaria <strong>de</strong> la conservación y mantenimiento<strong>de</strong> las <strong>instalaciones</strong> <strong>de</strong> alumbrado público en el sector don<strong>de</strong> se hayan ejecutadodichas <strong>instalaciones</strong>, que suscribirán su conformidad en un ejemplar <strong>de</strong>lacta <strong>de</strong> recepción <strong>de</strong> las <strong>instalaciones</strong>, remitiéndose dicho ejemplar al Servicio<strong>de</strong> Alumbrado Público <strong>de</strong>l Excmo. Ayuntamiento.Art. 29. Una vez recibidas las obras, y durante el período <strong>de</strong> garantía <strong>de</strong> lasmismas, que tendrá un plazo <strong>de</strong> dos años, a contar <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la fecha <strong>de</strong>l acta <strong>de</strong>recepción, la labor <strong>de</strong> conservación y mantenimiento <strong>de</strong> las <strong>instalaciones</strong> <strong>de</strong>alumbrado público correrá a cargo <strong>de</strong>l solicitante, que respon<strong>de</strong>rá solamente alos <strong>de</strong>fectos <strong>de</strong> la instalación, siendo a cargo <strong>de</strong>l Ayuntamiento los <strong>de</strong>fectos poractos vandálicos.Art. 30. Previamente a la finalización <strong>de</strong>l plazo <strong>de</strong> garantía se efectuaránconjuntamente entre técnicos <strong>municipales</strong> <strong>de</strong>l Servicio <strong>de</strong> Alumbrado Públicoy el contratista adjudicatario <strong>de</strong> las obras, o en su <strong>de</strong>fecto, el solicitante si setrata <strong>de</strong> una instalación <strong>de</strong> promoción privada, las comprobaciones <strong>de</strong>l correctofuncionamiento <strong>de</strong> todos los elementos que entran a formar parte <strong>de</strong> la instalación,así como <strong>de</strong> las pruebas y ensayos que se estime oportuno realizar.En el caso <strong>de</strong> observar <strong>de</strong>ficiencias en las <strong>instalaciones</strong>, el Excmo. Ayuntamiento,previo informe <strong>de</strong>l Servicio <strong>de</strong> Alumbrado Público, comunicará lasmismas al contratista <strong>para</strong> que en un plazo <strong>de</strong>terminado proceda a subsanarlas.Art. 31. Finalizado el plazo <strong>de</strong> garantía sin observar <strong>de</strong>ficiencias, o en sucaso subsanadas según lo dispuesto en el artículo 30 <strong>de</strong> estas normas técnicas,las <strong>instalaciones</strong> <strong>de</strong> alumbrado público pasarán <strong>para</strong> su conservación y mantenimientoa la empresa concesionaria <strong>de</strong> la zona que corresponda, en las condicionesseñaladas en la concesión, bajo la supervisión <strong>de</strong> los técnicos <strong>municipales</strong><strong>de</strong>l Servicio <strong>de</strong> Alumbrado Público.Disposiciones finalesArt. 32. Las presentes normas técnicas <strong>municipales</strong> <strong>para</strong> <strong>instalaciones</strong> <strong>de</strong>alumbrado público podrán ser revisadas y modificadas por el Excmo. Ayuntamientocuando los avances tecnológicos e informáticos, la puesta en vigor <strong>de</strong>nuevos reglamentos autonómicos o estatales requieran su actualización, previoinforme <strong>de</strong>l Servicio <strong>de</strong> Alumbrado Público, tramitándose las citadas modificaciones,<strong>de</strong> acuerdo con lo or<strong>de</strong>nado al respecto en la legislación vigente estatalo comunitaria.Art. 33. Quedan <strong>de</strong>rogadas todas aquellas normas relativas a <strong>instalaciones</strong><strong>de</strong> alumbrado público que puedan contenerse en disposiciones y Or<strong>de</strong>nanzas<strong>de</strong>l Excmo. Ayuntamiento en cuanto se opongan, contradigan o resultenincompatibles a lo dispuesto en las presentes normas técnicas <strong>municipales</strong> <strong>para</strong><strong>instalaciones</strong> <strong>de</strong> alumbrado público.Zaragoza, 2 <strong>de</strong> diciembre <strong>de</strong> 2002. — El Dr. ingeniero industrial jefe <strong>de</strong>lServicio <strong>de</strong> Alumbrado Público, José Luis Casado Lou.

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