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PROSPECTO PRELIMINAR - Infonavit

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de los distintos Contratos de Administración que celebre con el Fiduciario en relación con cadaFideicomiso Emisor, sin embargo, muchos de estos procedimientos han sido establecidosrecientemente, por lo que existe el riesgo que el cobro de dichos créditos vencidos provoqueretrasos en dicha cobranza. A partir de agosto de 2003 el INFONAVIT estableció un procesomejorado de recuperación de cartera por vía judicial (Ver numeral 4. “Aspectos Operacionalesdel Cobro – Cobranza Judicial” del inciso d) de la Sección III. La Operación de Bursatilización).b) Ejecución de GarantíasPueden existir retrasos considerables en los procedimientos judiciales que se inician para laejecución de la garantía respectiva. Inclusive, en algunos casos, la ejecución de las garantíasse ha visto obstaculizada por problemas de procedimiento fuera del control del Administrador.El INFONAVIT no tiene la certeza de que los Inmuebles sean objeto de arrendamiento o de quelos mismos se encuentren en posesión de un tercero; dichas causas podrían alargar losprocesos judiciales o de venta de dichos Inmuebles. En procesos prolongados, existe tambiénel riesgo de que los costos involucrados sean cuantiosos en comparación con el valor de losInmuebles. En términos de los distintos Contratos de Administración que celebre el Fiduciariocon el Administrador, el Administrador estará obligado a pagar los gastos necesarios para lacobranza de Créditos Hipotecarios que estén vencidos y éstos le serán reembolsados sólo en lamedida en que dichos Créditos Hipotecarios que estén vencidos efectivamente seanrecuperados. El Fiduciario, por lo tanto, sólo tendrá derecho a recibir el monto de la cobranza delos Créditos Hipotecarios neto de los Gastos de Cobranza que incurra el Administrador encasos de que sea necesario iniciar procedimientos judiciales. Estos gastos incluyen los gastosde abogados, gestores, notarios públicos, mantenimiento, corretaje de inmuebles y registro,entre otros. Todo lo anterior puede tener como resultado que el Patrimonio del Fideicomisocuente con menos recursos líquidos y esto afecte en forma negativa la capacidad de pagar lascantidades adeudadas bajo los Certificados Bursátiles Fiduciarios.Administración y cobranza de los Créditos Hipotecariosa) INFONAVIT como AdministradorEn virtud de los distintos Contratos de Administración que celebre el INFONAVIT con elFiduciario respecto a cada Emisión, el INFONAVIT será responsable de la administración ycobranza de los Créditos Hipotecarios. El pago oportuno de los Créditos Hipotecarios y, por lotanto, que existan recursos suficientes en el Patrimonio del Fideicomiso para pagar en formatotal las cantidades adeudadas bajo los Certificados Bursátiles Fiduciarios dependedirectamente del desempeño que el INFONAVIT tenga como Administrador. En la medida enque el desempeño del INFONAVIT como Administrador no sea adecuado o bien, en caso deque el INFONAVIT incumpla con sus obligaciones bajo los distintos Contratos deAdministración, puede tener como resultado que el Patrimonio de cada Fideicomiso Emisorcuente con menos recursos líquidos y esto afecte en forma negativa la capacidad de pagar lascantidades adeudadas bajo los Certificados Bursátiles Fiduciarios.b) Administrador ÚnicoLa principal fuente de repago de los Créditos Hipotecarios son las Aportaciones Patronales y losDescuentos en Nómina que hagan los patrones de los Deudores Hipotecarios. El INFONAVITtiene la facultad y obligación legal del cobro de las Aportaciones Patronales y los Descuentos enNómina correspondientes a los trabajadores cuyas relaciones laborales se regulen por elapartado “A” del artículo 123 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, y encaso de que dichos pagos no le sean efectuados, el INFONAVIT tiene la obligación de llevar acabo su cobro. En su carácter de Administrador de los Créditos Hipotecarios, el INFONAVIT haasumido la obligación de aplicar las cantidades cobradas por estos conceptos al pago de losCréditos Hipotecarios. En virtud de que legalmente sólo el INFONAVIT puede llevar a cabo la22MACF #256225 v624/03/2011DAAS

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