Reglamento (UE) no 23/2010 del Consejo, de 14 de ... - EUR-Lex

Reglamento (UE) no 23/2010 del Consejo, de 14 de ... - EUR-Lex Reglamento (UE) no 23/2010 del Consejo, de 14 de ... - EUR-Lex

pescarecreativaresponsable.es
from pescarecreativaresponsable.es More from this publisher
10.07.2015 Views

L 21/52ESDiario Oficial de la Unión Europea 26.1.2010Especie:RayasRajidaeZona:Aguas de la UE de las zonas VIII y IX(SRX/89-C.)Bélgica 11 ( 1 ) ( 2 )Francia 2 070 ( 1 ) ( 2 )Portugal 1 678 ( 1 ) ( 2 )España 1 688 ( 1 ) ( 2 )Reino Unido 12 ( 1 ) ( 2 )UE 5 459 ( 1 ) ( 2 )TAC 5 459 ( 2 ) TAC analítico( 1 ) Las capturas de raya santiguesa (Leucoraja naevus) (RJN/89-C) y raya común (Raja clavata) (RJC/89-C) se notificarán por separado.( 2 ) No se aplicará a la raya mosaica (Raja undulata), a la noriega (Dipturus batis) ni a la raya blanca (Rostroraja alba). Las capturas de estas especiesno se mantendrán a bordo y se liberarán inmediatamente sin daño alguno, en la medida de lo posible. Se fomentará que los pescadoresdesarrollen y utilicen técnicas y equipos que faciliten la liberación rápida y segura de estas especies.Especie:Fletán negroReinhardtius hippoglossoidesZona:Aguas de la UE de las zonas IIa y IV; aguas de la UEy aguas internacionales de las zonas Vb y VI(GHL/2A-C46)Dinamarca 3 ( 1 )Alemania 5 ( 1 )Estonia 3 ( 1 )España 3 ( 1 )Francia 45 ( 1 )Irlanda 3 ( 1 )Lituania 3 ( 1 )Polonia 3 ( 1 )Reino Unido 176 ( 1 )UE 244 ( 1 )TAC 612 TAC analítico( 1 ) Cuota provisional, de conformidad con el artículo 1, apartado 2.

26.1.2010ESDiario Oficial de la Unión Europea L 21/53Especie:CaballaScomber scombrusZona:IIIa; aguas de la UE de las zonas IIa, IIIb, IIIc, IIIdy IV(MAC/2A34.)Bélgica 324 ( 1 )Dinamarca 8 537 ( 1 )Alemania 337 ( 1 )Francia 1 019 ( 1 )Países Bajos 1 026 ( 1 )Suecia 3 049 ( 1 )Reino Unido 951 ( 1 )UE 15 243 ( 1 )TAC No establecido TAC analíticoNo será aplicable el artículo 3 del Reglamento(CE) n. o 847/96.No será aplicable el artículo 4 del Reglamento(CE) n. o 847/96.( 1 ) Cuota provisional, de conformidad con el artículo 1, apartado 2.Condición especial:Dentro de los límites de las cuotas antes mencionadas, en las zonas que figuran a continuación no podrán capturarsecantidades superiores a las indicadas:IIIa y IVbc (aguas de la UE)(MAC/*03A4BC)( 1 )IVb (aguas de la UE)(MAC/*04B.)( 1 )IVc(MAC/*04C.)( 1 )VI; aguas internacionales dela zona IIa del 1 de enero al31 de marzo de 2010(MAC/*2A6.) ( 1 )Dinamarca 2 684 2 613Francia 319Países Bajos 319Suecia 254 7Reino Unido 319

L 21/52ESDiario Oficial <strong>de</strong> la Unión Europea 26.1.<strong>2010</strong>Especie:RayasRajidaeZona:Aguas <strong>de</strong> la <strong>UE</strong> <strong>de</strong> las zonas VIII y IX(SRX/89-C.)Bélgica 11 ( 1 ) ( 2 )Francia 2 070 ( 1 ) ( 2 )Portugal 1 678 ( 1 ) ( 2 )España 1 688 ( 1 ) ( 2 )Rei<strong>no</strong> Unido 12 ( 1 ) ( 2 )<strong>UE</strong> 5 459 ( 1 ) ( 2 )TAC 5 459 ( 2 ) TAC analítico( 1 ) Las capturas <strong>de</strong> raya santiguesa (Leucoraja naevus) (RJN/89-C) y raya común (Raja clavata) (RJC/89-C) se <strong>no</strong>tificarán por separado.( 2 ) No se aplicará a la raya mosaica (Raja undulata), a la <strong>no</strong>riega (Dipturus batis) ni a la raya blanca (Rostroraja alba). Las capturas <strong>de</strong> estas especies<strong>no</strong> se mantendrán a bordo y se liberarán inmediatamente sin daño algu<strong>no</strong>, en la medida <strong>de</strong> lo posible. Se fomentará que los pescadores<strong>de</strong>sarrollen y utilicen técnicas y equipos que faciliten la liberación rápida y segura <strong>de</strong> estas especies.Especie:Fletán negroReinhardtius hippoglossoi<strong>de</strong>sZona:Aguas <strong>de</strong> la <strong>UE</strong> <strong>de</strong> las zonas IIa y IV; aguas <strong>de</strong> la <strong>UE</strong>y aguas internacionales <strong>de</strong> las zonas Vb y VI(GHL/2A-C46)Dinamarca 3 ( 1 )Alemania 5 ( 1 )Estonia 3 ( 1 )España 3 ( 1 )Francia 45 ( 1 )Irlanda 3 ( 1 )Lituania 3 ( 1 )Polonia 3 ( 1 )Rei<strong>no</strong> Unido 176 ( 1 )<strong>UE</strong> 244 ( 1 )TAC 612 TAC analítico( 1 ) Cuota provisional, <strong>de</strong> conformidad con el artículo 1, apartado 2.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!