Capítulo 2 Delito militar: definiciones y penas - Resdal
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86PARA OFICIALES 81AdvertenciaReflexión confidencial y amistoso que hace el superior al inferior que ha cometido una falta, paraque éste sepa que aquél se ha dado cuenta de la infracción.AmonestaciónEs una acción o influencia moral ejercida por el superior hacia el subalterno para llevarlo alconvencimiento de la necesidad de enmendarse y de no incurrir en hechos ilícitos,Se impone generalmente la amonestación para corregir faltas leves de poca importancia.Arresto SimplePor faltas medianas o por reincidencia en faltas leves, obligados a permanecer en el cuartelArresto SeveroPor infracciones graves, obligados a permanecer en la habitaciónRepresión PrivadaCuando haya sido arrestado reincida en la comisión de faltas gravesRepresión PúblicaLlevará consigo arresto severo, se lo hará ante dos oficiales de grado igual y de todos lossuperioresArresto en FortalezaPrivación provisional de libertad, exclusión de todo servicio y prohibición de recibir visitas salvocasos especiales, con autorización previa del Ministro de Guerra y MarinaDisponibilidadMedida disciplinaria, se impondrá de acuerdo con lo pautado en el parágrafo e) del artículo 253 dela Ley Orgánica del Ejército y de la ArmadaRetiroComo medida disciplinaria, las pautadas en los artículos 271 y 272 de la Ley Orgánica del Ejércitoy de la Armada.Art. 118.PARA LA TROPAAmonestaciónObligan al castigado en dicha forma de aplicación, a la estabilidad para los oficialesPresentacionesEl castigado debe presentarse ante el superior se impone por omisiones o faltas leves de pocaimportanciaServicios especialesA sub-oficiales y clases – tareas escritas y a soldados rasos las misiones de aseo y limpiezaArresto simpleIgual que lo impuesto a oficiales, por faltas leves de cierta importancia y por faltas medianasArresto en la cuadraDetención personal en la cuadra o dormitorios, por faltas leves de cierta importancia y faltasmedianasArresto severoSe ejecutará en la sala de disciplina respectiva, quedará excluido de todo servicio e instrucción,solo se permitirá su salida por el tiempo indispensable para satisfacer necesidades fisiológicas,impuesta por faltas graves.RepresionesTanto la privada como la pública igual que las establecidas por oficialesArresto en fortalezaIgual que a oficialesSuspensión de jerarquíaPérdida temporal de distinciones, insignias y autoridad de un sub-oficial o clase, por faltasgraves.Anulación de jerarquíaPérdida de total de preeminencias de un sub-oficial o clases volviéndose a la simple condiciónde soldados, adicionadas con arresto severo. Se aplica a un cuando se hayan agotado otrassanciones disciplinarias, o cuando la naturaleza de la falta sea tal que ofenda la dignidad delejército y haga incompatible que el castigado use distintivos de superioridad jerárquica.Destino a una compañía disciplinariaPor 1) Reincidencia notable de faltas graves; 2) No tener enmienda a pesar de repetidoscastigos; 3) Faltas que afecten el honor y el decoro Militar; 4) Actos, propósitos o propagandas81 A los oficiales de aviación que cometan faltas relativas a la disciplina de vuelos aasuntos relacionados con esta actividad, se les puede imponer el castigo de suspensión devuelos hasta por treinta (30) días, a juicio del Ministro de Guerra y Marina. Art. 119.