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Capítulo 2 Delito militar: definiciones y penas - Resdal

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81SUSPENSIÓN DEEMPLEO O COMISIÓNMILITARDESTITUCIÓN DEEMPLEOConsiste en la privación temporal de que hubiera estadodesempeñando el sentenciado y de la remuneración, honores,consideraciones e insignias correspondientes a aquél, así comoel uso de condecoraciones para todos los <strong>militar</strong>es, dedistintivos para los individuos de tropa y del uniforme para losoficiales.(art. 131 C.J.M)La suspensión de comisión <strong>militar</strong> que solo podrá ser aplicadaa los oficiales, consiste en la exoneración temporal de la que sehubiese encomendado a la persona de que se trate y noinhabilita a ésta para desempeñar cualquier otro cargo ocomisión.(art. 132 C.J.M)Consiste en la privación absoluta del empleo <strong>militar</strong> queestuviere desempeñando el inculpado, además las siguientesconsecuencias. (art. 136 C.J.M)Sargentos y Cabos:Perderán los derechos adquiridos en virtud del tiempo deservicios.Usar condecoraciones o distintivosSerán dados de baja, a no ser que no hubieran cumplido aún eltiempo de enganche. (art. 137 C.J.M)Oficiales:Perderán los derechos adquiridos en virtud del tiempo deservicios prestados.Usar uniformes y condecoraciones, quedando inhabilitado paravolver a pertenecer al ejército por el término que se fije en lacondenaCORRECTIVOS DISCIPLINARIOSARMADA‣ Amonestación‣ Arresto‣ Cambio de adscripción en observación de su conducta a una comisión subalterna‣ Suspensión de los derechos escalafonarios para fines de promoción, hasta por una año‣ Pase a disposición en espera de órdenes por un período no mayor a un año. El personalen esta situación no será propuesto para ascenso y,‣ Baja del servicio activo(art. 50 LDPAM) 76Notas:Estos correctivos disciplinarios se impondrán según las faltas cometidas, sean éstas leves ograves 77 , las mismas que están clasificadas en el Catálogo de Faltas de la Marina, expedido enel 2003.(art. 46 LDPAM)CORRECTIVOS DISCIPLINARIOSEJERCITO Y FUERZA AEREA‣ Amonestación‣ Arresto‣ Cambio de Unidad, Dependencia, Instalación o Comisión en observación de suconducta determinado por el Consejo de Honor.(art. 24 Quáter LDEFAM) 78Amonestación.- Es el acto por el cual el superior advierte al subalterno de palabra o porescrito, la omisión o defecto en el cumplimiento de sus deberes. (art. 24 QuinquiesLDEFAM).Arresto.- La orden de arresto puede ser escrita o verbal, ésta última surtirá efecto de inmediatopero debe ser ratificada por escrito dentro de 24 horas. (art. 28 LDEFAM ).El arresto se impondrá a:- Los Generales y jefes hasta por 24 y48 horas- Los oficiales hasta por 8 días- La tropa hasta por 15 díasEl Secretario de la Defensa Nacional tendrá la facultad para amonestar, así como paraimponer o graduar arrestos a los Generales, Jefes, Oficiales y Tropa hasta por 15 días. (art. 23LDEFAM).76 LDPAM . Ley de Disciplina para el personal de la Armada de México.78 LDEFAM – Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

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