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POLÍTICA EXTERIOR DE MÉXICO

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Articulo 58. Con excepción del Presidente y del Secretario de la Comisiónningún funcionario de la Secretaria de Relaciones Exteriores podrá ser miembro dela misma.Articulo 59. La Comisión Consultiva de Ingresos tomara decisiones pormayoría de votos. El Secretario de la Comisión no tendrá voto.Articulo 60. Corresponderá a los representantes de las instituciones deeducación superior miembros de la Comisión Consultiva de Ingreso, sin laparticipación del Presidente y del Secretario de la Comisión:a) formular el examen de admisión al Instituto Matías Romero de EstudiosDiplomáticos que consistirá en un cuestionario escrito de preguntas concretas,mediante el cual los candidatos comprobaran tener un grado adecuado de culturageneral orientada a las relaciones internacionales; yb) calificar el examen de admisión mencionado, emitiendo un fallo que seráinapelable.Articulo 61. El examen de admisión citado en el articulo anterior tendrá caráctereliminatorio; en consecuencia, únicamente serán admitidos en el lnstituto loscandidatos que, habiendo aprobado el examen, hayan obtenido las mas altascalificaciones hasta agotar el numero de becas señaladas en la convocatoria.Articulo 62. Los candidatos admitidos para cubrir las becas disponiblesrecibirán cursos especializados de capacitación durante seis meses en el InstitutoMatías Romero de Estudios Diplomáticos.Durante ese lapso la Secretaria de Relaciones Exteriores proporcionara a loscandidatos admitidos en el Instituto mencionado una beca en numerario cuyo montoserá anunciado en la convocatoria.Articulo 63. Durante el tiempo de capacitación en el Instituto Matías Romero deEstudios Diplomáticos, los candidatos a ingresar al Servicio Exterior cursaran lasmaterias y seminarios que determine el Secretario de Relaciones Exteriores, despuésde conocer las propuestas que presenten la Comisión Consultiva de Ingresos y elDirector del propio Instituto.Articulo 64. Los candidatos admitidos al Instituto Matías Romero deberáncumplir con el Reglamento de Asistencia y Conducta del Instituto. En caso deincumplimiento, el Director del Instituto presentara un informe al Presidente de laComisión Consultiva de Ingreso para que este determine si es de recomendar alSecretario de Relaciones Exteriores la cancelación de la beca del interesado.

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