10.07.2015 Views

POLÍTICA EXTERIOR DE MÉXICO

POLÍTICA EXTERIOR DE MÉXICO

POLÍTICA EXTERIOR DE MÉXICO

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Miembros de la comunidad de naciones se comprometen a observar las normasenunciadas en la "Declaración de Derechos y Deberes de los Estados" y en la"Declaración de Derechos y Deberes Internacionales del Hombre" que figuran comoanexo al presente Pacto, ' las que deberán ser revisadas de tiempo en tiempo conobjeto de que correspondan a las necesidades y aspiraciones de la convivenciainternacional.2. Para facilitar la aplicación practica de tales normas, en el terreno nacional, asícomo la de todas las disposiciones del presente Pacto, sin necesidad de someterlasnuevamente a los organismos constitucionales respectivos, todos los Gobiernos seobligan a adoptar, a la mayor brevedad, las medidas legislativas que sean necesarias.3. Para ayudar al logro del mismo objetivo. en el orden internacional, y con elfin de regular la convivencia de los Estados, dentro de una paz permanente quegarantice la seguridad colectiva y el bienestar general, se crea una UniónPermanente de Naciones de la que deben ser Miembros todos los Estados, Dominiosy Colonias que se gobiernen libremente.1 Con suficiente antelación a la firma del Pacto deberán elaborarse sendos proyectosde las declaraciones en cuestión por un Comité de Expertos de las Naciones Unidas.4. Se exceptúa de la obligación anterior a aquellos Estados que, por su escasaextensión territorial, no puedan asumir en opinión de la Asamblea- las obligacionesestipuladas en el presente Pacto.5. La U.P.N. será compatible con las organizaciones regionales existentes o quelleguen a crearse de acuerdo con afinidades geográficas, culturales o económicas,debiendo coordinarse las actividades de los órganos de aquella con las de losórganos de estas.6. La U.P.N. realizara sus propósitos mediante tres órganos fundamentales: laAsamblea, el Consejo y la Secretaria General.7. La Asamblea se compone de tres Delegados, cuando mas, de cada uno de losMiembros de la U.P.N., los que no disponen sino de un voto.8. La Asamblea se reúne en sesión ordinaria una vez al ano en la sede de laU.P.N. y, en sesiones extraordinarias, a las que sea convocada por el SecretarioGeneral o a solicitud del Consejo, o de la mitad mas uno de los Miembros de laU.P.N.9. La Asamblea adoptara sus decisiones por la mayoría de las tres cuartas partesde los votos de las Delegaciones presentes.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!