POLÃTICA EXTERIOR DE MÃXICO
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mayoría nacional considerada inferior por sus escasos medios de defensa o por elestado medio de su cultura o por simples distingos de sangre y de raza.Mas este estado anómalo producido por una filosofía interesada queaparentemente favorece a la teoría extranjerista con grave perjuicio de la patria deadopción, se vuelve airadamente contra todas las potencias del mundo que por suantiguo origen racial o por su hábil evolución demográfica tienen en la actualidadescaso territorio y muy explotados recursos naturales para desarrollarseinteriormente, pues habiéndose convertido en potencias de conquista y colonizaciónhan adquirido una fama de temibilidad tal en el concepto de los pueblospotencialmente ricos y territorialmente extensos pero socialmente débiles, que hancerrado sus fronteras y levantado barreras legales para detener una inmigración pocodeseable por las teorías imperialistas de su origen mas que por sus cualidades físicasy morales, pues afortunadamente para bien de la humanidad, no existen en losindividuos aislados ni mucho menos en las clases proletarias, cualquiera que sea suorigen, las tendencias dominadoras y egoístas de sus Gobiernos y de sus leyes.Por lo que se ve, no se trata de una teoría nueva, sino de una tesis antigua que seha debatido ampliamente en el terreno mismo de la jurisprudencia, pero que se hannegado sistemáticamente a aceptar como justa y útil, las potencias mas grandes delmundo, llevando fatalmente a la humanidad a la crisis actual de todo sentido moral yde todo escrúpulo humano, regresando así a los primitivos tiempos en que elderecho de conquista y la fuerza de las armas eran la ley suprema del mundo.LA ESPERANZA DE LA PAZSi, como es de desearse, las naciones y los hombres modifican su concepto egoístade nacionalidad y de ciudadanía encerrándolo dentro de los limites de sus territorios,es seguro que todos los pueblos carentes aun de un desarrollo industrial efectivo,poseedores de materias primas en escala muy apreciable y estancados dentro delimites escasos de cultura, recibirán con mucho gusto el torrente desbordado de lospueblos saturados de población por el impulso constante de su perfeccionamientofísico e intelectual, los problemas de producción encontrarían así mayores fuentesde consumo y consiguientemente se regirían por un proceso regulador efectivo y deninguna manera mediante barreras aduanales o por procedimientos reprobables quejuntamente con los salarios de hambre llevan a las naciones a las situaciones masserias y a los regateos mas indignos y consiguientemente a la completa aniquilaciónde toda ética social.Las nacionalidades se fortificarían unas con otras constituyendo verdaderosfactores de amistad y de engrandecimiento y disminuyendo los peligros de laperturbación de la paz y de los exterminios humanos que quedarían confinados a los
estrechos limites de la defensa de agresiones, cada día mas improbables y elaseguramiento de la tranquilidad y del orden interior.Para América especialmente surgiría la esperanza verdadera y positiva de poderconcentrar entre sus pueblos tan heterogéneos entre si, una firme alianza quegarantizara su integridad absoluta y el afianzamiento de una paz tan completa quepermitiría el desarrollo absoluto de su progreso, pues el esfuerzo de acercamiento enbien de principios morales y de altos ideales sinceramente manifestados por todos ygarantizado por una Marina Continental Americana, constituirían el desideratum delpensamiento que nos une en este Congreso y que debe involucrar el propósito firmede llevar sus ideales a nuestros hogares, a los talleres, a las escuelas publicas denuestras patrias respectivas y a las cátedras y a las tribunas de las academias y de losintelectuales para que puedan influir en las esferas gubernamentales y ser adoptadascomo el coronamiento del pensamiento mas generoso de la época."A.17 DECRETOS RELATIVOS AL ESTADO DE GUERRA ENTREMEXICO Y ALEMANIA, ITALIA Y EL JAPÓNA) Decreto que autoriza al Ejecutivo Federal para declarar el estado de guerra entreMexico y Alemania, Italia y el Japón.MANUEL ÁVILA CAMACHO, Presidente Constitucional de los Estados UnidosMexicanos, a sus habitantes, sabed:Que el H. Congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguienteDECRETO"El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta:Articulo primero. Se declara que a partir del día veintidós de mayo de milnovecientos cuarenta y dos, existe un estado de guerra entre los Estados UnidosMexicanos y Alemania, Italia y el Japón.Articulo segundo. E1 Presidente de la República hará la declaracióncorrespondiente a las notificaciones internacionales que procedan."B) Decreto declarando que los Estados Unidos Mexicanos se encuentran en estadode guerra con Alemania, Italia y el Japón.MANUEL ÁVILA CAMACHO, Presidente Constitucional de los Estados UnidosMexicanos, a sus habitantes, sabed:
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estrechos limites de la defensa de agresiones, cada día mas improbables y elaseguramiento de la tranquilidad y del orden interior.Para América especialmente surgiría la esperanza verdadera y positiva de poderconcentrar entre sus pueblos tan heterogéneos entre si, una firme alianza quegarantizara su integridad absoluta y el afianzamiento de una paz tan completa quepermitiría el desarrollo absoluto de su progreso, pues el esfuerzo de acercamiento enbien de principios morales y de altos ideales sinceramente manifestados por todos ygarantizado por una Marina Continental Americana, constituirían el desideratum delpensamiento que nos une en este Congreso y que debe involucrar el propósito firmede llevar sus ideales a nuestros hogares, a los talleres, a las escuelas publicas denuestras patrias respectivas y a las cátedras y a las tribunas de las academias y de losintelectuales para que puedan influir en las esferas gubernamentales y ser adoptadascomo el coronamiento del pensamiento mas generoso de la época."A.17 <strong>DE</strong>CRETOS RELATIVOS AL ESTADO <strong>DE</strong> GUERRA ENTREMEXICO Y ALEMANIA, ITALIA Y EL JAPÓNA) Decreto que autoriza al Ejecutivo Federal para declarar el estado de guerra entreMexico y Alemania, Italia y el Japón.MANUEL ÁVILA CAMACHO, Presidente Constitucional de los Estados UnidosMexicanos, a sus habitantes, sabed:Que el H. Congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguiente<strong>DE</strong>CRETO"El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta:Articulo primero. Se declara que a partir del día veintidós de mayo de milnovecientos cuarenta y dos, existe un estado de guerra entre los Estados UnidosMexicanos y Alemania, Italia y el Japón.Articulo segundo. E1 Presidente de la República hará la declaracióncorrespondiente a las notificaciones internacionales que procedan."B) Decreto declarando que los Estados Unidos Mexicanos se encuentran en estadode guerra con Alemania, Italia y el Japón.MANUEL ÁVILA CAMACHO, Presidente Constitucional de los Estados UnidosMexicanos, a sus habitantes, sabed: