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POLÍTICA EXTERIOR DE MÉXICO

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GUATEMALA1874; 29-lV-1876, 2i1X-1924; 12-111-192726-1-1888; 22-XI1-1891.ITALIA 13-1-1927.GRAN BRETAÑA15-X-1842; 4-XI1-1851; 19-XI-1926.a) La Convención GeneralLa primera de ellas, firmada el 8 de septiembre de 1923, creaba una comisión mixta,formada por un representante de Estados Unidos, un representante de México, y untercer miembro, designado de común acuerdo por los dos Gobiernos, que actuaríacomo presidente. La finalidad de la comisión general de reclamaciones era la deresolver los conflictos que se plantearon por las reclamaciones presentadas antecada uno de los Gobiernos para su interposición ante el otro, desde la firma de laconvención de reclamaciones del 4 de julio de 1868. Previamente, y para solucionarel problema de los daños causados por la Revolución, se creó, en junio de 1911, unacomisión consultiva de reclamaciones, interna. El presidente Carranza creó unacomisión nacional de reclamaciones, el 24 de noviembre de 1917, que seria disueltaal firmarse, con Estados Unidos el acuerdo del 8 de septiembre de 1923 que entro envigor el lo. de marzo de 1924.b) La Convención EspecialOtra convención, firmada el 10 de septiembre de 1923 (entró en vigor el 19 defebrero de 1924), creó una comisión mixta de reclamaciones México-EstadosUnidos, para entender acerca de las reclamaciones que se presentaranexclusivamente contra México, en el periodo del 20 de noviembre de 1910, día enque se inicia la Revolución, hasta el 31 de mayo de 1920, cubriendo, entonces, todoel periodo revolucionario. La comisión citada se limitaría a las reclamacionespresentadas por súbditos de Estados Unidos contra el Gobierno mexicano, por dañossufridos durante la Revolución, ocasionados por fuerzas revolucionarias o por otrasfuerzas, que aparecen descritas en el articulo III de la convención. Ese articulo diceque las reclamaciones que la comisión examinara y decidirá son aquellas que sepresenten por daños producidos en las condiciones de revolución y disturbios quehan existido en México, en el periodo del 20 de noviembre de 1910 al 31 de mayode 1920, inclusive, y que fueron debidos a actos de cualquiera de las fuerzassiguientes:1) por fuerzas de un Gobierno de jure o de facto;

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