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POLÍTICA EXTERIOR DE MÉXICO

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En virtud del articulo I, Guatemala "renuncia para siempre a los derechos quejuzga tener al territorio del Estado de Chiapas y su Distrito de Soconusco". Es en elarticulo III en el que se fija la frontera: "Los limites entre las dos naciones serán aperpetuidad los siguientes: 1. La línea media del río Suchiate, desde un puntosituado en el mar a tres leguas de su desembocadura, río arriba, por su canal masprofundo, hasta el punto en que el mismo río corte el plano vertical que pase por elpunto mas alto del volcán de Tacana, y diste veinticinco metros del pilar mas australde la garita de Tlalquian, de manera que esta garita quede en territorio deGuatemala. 2. La línea determinada por el plano vertical definido anteriormente,desde su encuentro con el río Suchiate hasta su intersección con el plano verticalque pase por las cumbres de Buenavista e Ixbul. 3. La línea determinada por elplano vertical que pase por la cumbre de Buenavista, fijada ya astronómicamentepor la comisión Científica Mexicana, y la cumbre del cerro de Ixbul, desde suintersección con la anterior hasta un punto a cuatro kilómetros adelante del mismocerro. 4. El paralelo de latitud que pasa por este ultimo punto, desde el, rumbo alOriente, hasta encontrar el canal mas profundo del río Usumacinta, o del Chixoy, enel caso de que el expresado paralelo no encuentre al primero de esos ríos. 5. La líneamedia del canal mas profundo del Usumacinta, en un caso, o del Chixoy y luego delUsumacinta, continuando por este, en el otro, desde el encuentro de uno u otro ríocon el paralelo anterior, hasta que el canal mas profundo del Usumacinta encuentreel paralelo situado a veinticinco kilómetros al sur de Tenosique en Tabasco,medidos desde el centro de la plaza de dicho pueblo. 6. El paralelo que acaba dereferirse, desde su intersección con el canal mas profundo del Usumacinta hastaencontrar la meridiana que pasa a la tercera parte que hay entre los centros de lasplazas de Tenosique y Sacluc, contada dicha tercera parte desde Tenosique. 7. Estameridiana, desde su intersección con el paralelo anterior, hasta la latitud dediecisiete grados cuarenta y nueve minutos (17°49'). 8. El paralelo de diecisietegrados cuarenta y nueve minutos (17°49'), desde su intersección con la meridianaanterior indefinidamente hacia el Este".El 2 de abril de 1899, se firmo un convenio entre los jefes de las comisiones delimites de México y Guatemala, declarando "idénticos y en todo conformes con losdatos recogidos en el terreno y con los convenios verbales que han tenidoanteriormente", los mapas de limites elaborados por cada comisión separadamente.Para evitar la repetición de incidentes fronterizos, como uno ocurrido el 28 defebrero de 1965, que perjudicaban las relaciones amistosas entre México yGuatemala, por un intercambio de notas del 16 de julio y del 24 de agosto, ambosgobiernos llegaron a un acuerdo sobre su actuación en tales circunstancias:limitación a los agentes fronterizos en lo que se refiere a la utilización de sus armasde fuego, y realización inmediata de las averiguaciones necesarias para esclarecerlos hechos, con el fin de evitar la presentación oficial de protestas.

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