POLÃTICA EXTERIOR DE MÃXICO
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(Chicago, 1944), firmado en Montreal el 30 de septiembre de 1977, aprobado por elSenado el 12 de diciembre de 1978, etc.Igualmente, es parte de acuerdos internacionales orientados a luchar contra lapiratería aérea: Convenio de Tokio, sobre infracciones y ciertos actos cometidos abordo de aeronaves, del 14 de noviembre de 1963; Convenio de La Haya del 16 denoviembre de 1970, para la represión del apoderamiento ilícito de aeronaves;Convenio de Montreal para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de laAviación Civil, del 23 de septiembre de 1971, etc.Además de los convenios multilaterales, México ha concluido un gran numerode acuerdos bilaterales para regular las relaciones en materias relativas a lanavegación aérea. Por vía de ejemplo, cabe mencionar los tratados firmados: conBrasil el 17 de octubre de 1966; con la República Federal de Alemania, el 8 demarzo de 1967, modificado y complementado por canje de notas, el 14 de marzo de1973, y el 14 de enero de 1982; con Argentina, el 14 de mayo de 1969; con Perú, el16 de julio de 1969; con Dinamarca, el 4 de febrero de 1970; con Noruega, la mismafecha; con Suecia, igualmente en la misma fecha; con los Países Bajos, el 6 dediciembre de 1971; con Cuba el 31 de julio de 1971; con Japón, el lo. de marzo de1972; con Estados Unidos, en varias ocasiones, modificando o simplementeprorrogando acuerdos anteriores.Es especialmente interesante mencionar el Convenio entre México y laRepública de Cuba sobre el apoderamiento ilícito de naves aéreas y marítimas yotros delitos, firmado en Cuba el 7 de junio de 1973, prorrogado por canje de notasdel 13 y 16 de julio de 1979.6.4 LA CUESTIÓN DEL ESPACIO CÓSMICORespecto a la utilización del espacio cósmico, hay que recordar que Méxicoparticipó muy activamente en los trabajos realizados en el seno de la Organizaciónde Naciones Unidas en esa materia, y ha procedido a ratificar los grandes tratadosmultilaterales relativos a las actividades de exploración y explotación del espaciocósmico: a) Tratado sobre los principios jurídicos que han de regir la exploración yutilización del espacio ultraterrestre, inclusive la Luna y otros cuerpos celestes, del27 de enero de 1967; b) el Acuerdo sobre salvamento y devolución de astronautas yla restitución de objetos lanzados al espacio ultraterrestre, del 22 de abril de 1968; c)el Convenio sobre la responsabilidad internacional por danos causados por objetosespaciales, del 29 de marzo de 1972; d) el Convenio sobre registro de objetoslanzados al espacio ultraterrestre, del 12 de diciembre de 1974; y e) el Tratado sobre
la reglamentación de actividades de los Estados sobre la Luna y otros cuerposcelestes, del 18 de diciembre de 1979.En materia de telecomunicaciones, México entró al sistema del INTELSAT,acuerdo que fue firmado el 20 de agosto de 1971 para establecer una organizaciónmundial de utilización de una red de satélites de comunicación, bajo la inspiraciónprincipal de Estados Unidos (frente al sistema INTERSPUTNIK, patrocinado por laUnión Soviética). México firmó ese tratado el 4 de noviembre de 1971 y fueaprobado por el Senado el 28 de noviembre de 1972. Otros acuerdos en esta mismatemática incluyen: el Convenio Internacional de Telecomunicaciones (Malaga-Torremolinos) del 25 de octubre de 1973, aprobado por el Senado el 27 dediciembre de 1974 y publicado en el D.O. el 2 de abril de 1975; el Convenio sobredistribución de señales portadoras de programas transmitidos por satélites (Bruselas,21 de abril de 1974), aprobado por el Senado el 29 de noviembre de 1975, etc.Como colaboración en la exploración espacial, México concluyó un acuerdocon Estados Unidos (12 de abril de 1960, prorrogado posteriormente) para lautilización conjunta de una estación rastreadora de tales satélites en Guaymas;estación que desde el lo. de diciembre de 1970 es operada exclusivamente por lasautoridades mexicanas.En los tratados multilaterales concluidos por México pueden identificarsecriterios previamente defendidos por el país, en diversos foros internacionales. Porejemplo, en la propuesta formulada el 21 de junio de 1963 bajo el titulo "Bosquejode un proyecto de tratado que prohiba poner en órbita o estacionar en el espacioarmas nucleares", y otro proyecto tendiente a prohibir a los Estados la colocación enórbita de armas de destrucción masiva, que se convirtió, por aprobación unánime dela XVIII Asamblea General de la ONU, en la Resolución 1884 (XVIII).De los grandes temas pendientes de reglamentación jurídica (Satélites detransmisión directa de televisión; órbitas geoestacionarias; utilización de fuentes deenergía nuclear en el espacio; teleobservación de la Tierra para evaluación derecursos, etc.), la postura de México puede resumirse del modo siguiente: alSatélites de transmisión directa de televisión. En el sentido de que "se consideracomo requisito indispensable el consentimiento del Estado receptor para talestransmisiones'', 168 posición reiterada con motivo de la Conferencia AdministrativaRegional para la Planificación del Servicio de Radiodifusión por Satélite en laRegión II ICARR-2), celebrada en Ginebra, del 13 de junio al 15 de julio de 1983, yque fue presidida por México; en esa ocasión también presento México una fórmulapara resolver el problema que plantea el desbordamiento de señales de TV, en el168 Memoria de la SRE, 1975-1976 p. 82; Memoria de la SRE, 1976-1977, p. 47.
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la reglamentación de actividades de los Estados sobre la Luna y otros cuerposcelestes, del 18 de diciembre de 1979.En materia de telecomunicaciones, México entró al sistema del INTELSAT,acuerdo que fue firmado el 20 de agosto de 1971 para establecer una organizaciónmundial de utilización de una red de satélites de comunicación, bajo la inspiraciónprincipal de Estados Unidos (frente al sistema INTERSPUTNIK, patrocinado por laUnión Soviética). México firmó ese tratado el 4 de noviembre de 1971 y fueaprobado por el Senado el 28 de noviembre de 1972. Otros acuerdos en esta mismatemática incluyen: el Convenio Internacional de Telecomunicaciones (Malaga-Torremolinos) del 25 de octubre de 1973, aprobado por el Senado el 27 dediciembre de 1974 y publicado en el D.O. el 2 de abril de 1975; el Convenio sobredistribución de señales portadoras de programas transmitidos por satélites (Bruselas,21 de abril de 1974), aprobado por el Senado el 29 de noviembre de 1975, etc.Como colaboración en la exploración espacial, México concluyó un acuerdocon Estados Unidos (12 de abril de 1960, prorrogado posteriormente) para lautilización conjunta de una estación rastreadora de tales satélites en Guaymas;estación que desde el lo. de diciembre de 1970 es operada exclusivamente por lasautoridades mexicanas.En los tratados multilaterales concluidos por México pueden identificarsecriterios previamente defendidos por el país, en diversos foros internacionales. Porejemplo, en la propuesta formulada el 21 de junio de 1963 bajo el titulo "Bosquejode un proyecto de tratado que prohiba poner en órbita o estacionar en el espacioarmas nucleares", y otro proyecto tendiente a prohibir a los Estados la colocación enórbita de armas de destrucción masiva, que se convirtió, por aprobación unánime dela XVIII Asamblea General de la ONU, en la Resolución 1884 (XVIII).De los grandes temas pendientes de reglamentación jurídica (Satélites detransmisión directa de televisión; órbitas geoestacionarias; utilización de fuentes deenergía nuclear en el espacio; teleobservación de la Tierra para evaluación derecursos, etc.), la postura de México puede resumirse del modo siguiente: alSatélites de transmisión directa de televisión. En el sentido de que "se consideracomo requisito indispensable el consentimiento del Estado receptor para talestransmisiones'', 168 posición reiterada con motivo de la Conferencia AdministrativaRegional para la Planificación del Servicio de Radiodifusión por Satélite en laRegión II ICARR-2), celebrada en Ginebra, del 13 de junio al 15 de julio de 1983, yque fue presidida por México; en esa ocasión también presento México una fórmulapara resolver el problema que plantea el desbordamiento de señales de TV, en el168 Memoria de la SRE, 1975-1976 p. 82; Memoria de la SRE, 1976-1977, p. 47.