Guatemala. Acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos ...

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10.07.2015 Views

dad nacional basada en el respeto y ejercicio de los derechospolíticos, culturales, económicos y espirituales de todos losguatemaltecos.2. La identidad de los pueblos es un conjunto de elementosque los definen y, a su vez, los hacen reconocersecomo tal. Tratándose de la identidad maya, que hademostrado una capacidad de resistencia secular a laasimilación, son elementos fundamentales:I) la descendencia directa de los antiguos mayas;II) idiomas que provienen de una raíz maya común;III) una cosmovisión que se basa en la relaciónarmónica de todos los elementos del universo, en elque el ser humano es sólo un elemento más, latierra es la madre que da la vida, y el maíz es unsigno sagrado, eje de su cultura. Esta cosmovisiónse ha transmitido de generación en generación através de la producción material y escrita y pormedio de la tradición oral, en la que la mujer hajugado un papel determinante;IV) una cultura común basada en los principios yestructuras del pensamiento maya, una filosofía, unlegado de conocimientos científicos y tecnológicos,una concepción artística y estética propia, unamemoria histórica colectiva propia, unaorganización comunitaria fundamentada en lasolidaridad y el respeto a sus semejantes, y unaconcepción de la autoridad basada en valoreséticos y morales; yV) la auto-identificación.3. La pluralidad de las expresiones socioculturales delpueblo maya, que incluyen los Achi, Akateco, Awakateko,Chorti, Chuj, Itza, Ixil, Jakalteco, Kanjobal, Kaqchikel,Kiche, Mam, Mopan, Poqomam, Poqomchi, Q'eqchi,Sakapulteko, Sikapakense, Tectiteco, Tz'utujil y Uspanteco,no han alterado la cohesión de su identidad.4. Se reconoce la identidad del pueblo maya así como lasidentidades de los pueblos garífuna y xinca, dentro de launidad de la nación guatemalteca, y el Gobierno secompromete en promover ante el Congreso de la Repúblicauna reforma de la Constitución Política de la República eneste sentido.II. LUCHA CONTRA LA DISCRIMINACIÓNA. LUCHA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN LEGAL Y DEHECHO1. Para superar la discriminación histórica hacia los pueblosindígenas, se requiere el concurso de todos los ciudadanosen la transformación de mentalidades, actitudes ycomportamientos. Dicha transformación comienza por unreconocimiento claro por todos los guatemaltecos de larealidad de la discriminación racial, así como de la imperiosanecesidad de superarla para lograr una verdaderaconvivencia pacífica.2. Por su parte, con miras a erradicar la discriminación encontra de los pueblos indígenas, el Gobierno tomará lassiguientes medidas:I) promover ante el Congreso de la República latipificación de la discriminación étnica como delito;II) promover la revisión ante el Congreso de la Repúblicade la legislación vigente para derogar toda ley ydisposición que pueda tener implicacióndiscriminatoria hacia los pueblos indígenas;III) divulgar ampliamente los derechos de los pueblosindígenas por la vía de la educación, de los medios decomunicación y otras instancias; yIV) promover la defensa eficaz de dichos derechos. Coneste fin, promover la creación de defensoríasindígenas y la instalación de bufetes populares deasistencia jurídica gratuita para personas de bajosrecursos económicos en las municipalidades dondepredominan las comunidades indígenas. Asimismo, seinsta a la Procuraduría de los Derechos Humanos y alas demás organizaciones de defensa de los derechoshumanos a que presten una atención especial a ladefensa de los derechos de los pueblos maya, garífunay xinca.B. DERECHOS DE LA MUJER INDÍGENA1. Se reconoce la particular vulnerabilidad e indefensiónde la mujer indígena frente a la doble discriminacióncomo mujer y como indígena, con el agravante de unasituación social de particular pobreza y explotación. ElGobierno se compromete a tomar las siguientes medidas:I) promover una legislación que tipifique el acoso sexualcomo delito y considere como un agravante en ladefinición de la sanción de los delitos sexuales el quehaya sido cometido contra mujer indígena;II)crear una Defensoría de la Mujer Indígena, con suparticipación, que incluya servicios de asesoríajurídica y servicio social; yIII) promover la divulgación y fiel cumplimiento de laConvención sobre la Eliminación de Todas las Formasde Discriminación contra la Mujer.2. Se insta a los medios de comunicación y organizacionesde promoción de los derechos humanos a cooperaren el logro de los objetivos del presente literal.C. INSTRUMENTOS INTERNACIONALESConvención Internacional para la Eliminación de TodaForma de Discriminación Racial1. El Gobierno se compromete a promover ante el Congresode la República un proyecto de ley que incorpore lasdisposiciones de la Convención al Código Penal.2. Siendo Guatemala parte de la Convención, secompromete a agotar los trámites tendientes alreconocimiento del Comité para la eliminación de ladiscriminación racial tal como lo establece el artículo 14 dedicha Convención.Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989(Convenio 169 de la OIT)71

3. El Gobierno ha sometido al Congreso de la República,para su aprobación, el Convenio 169 de la OrganizaciónInternacional del Trabajo (OIT) y, por lo tanto,impulsará su aprobación por el mismo. Las partes instana los partidos políticos a que agilicen la aprobación delConvenio.Proyecto de declaración sobre los derechos de lospueblos Indígenas4. El Gobierno promoverá la aprobación del Proyecto dedeclaración sobre los derechos de los pueblos indígenasen las instancias apropiadas de la Organización de lasNaciones Unidas, en consulta con los pueblos indígenasde Guatemala.III. DERECHOS CULTURALES1. La cultura maya constituye el sustento original de lacultura guatemalteca y, junto con las demás culturasindígenas, constituye un factor activo y dinámico en eldesarrollo y progreso de la sociedad guatemalteca.2. Por lo tanto, es inconcebible el desarrollo de la culturanacional sin el reconocimiento y fomento de la cultura de lospueblos indígenas. En este sentido, a diferencia del pasado, lapolítica educativa y cultural debe orientarse con un enfoquebasado en el reconocimiento, respeto y fomento de los valoresculturales indígenas. Con base a este reconocimiento de lasdiferencias culturales, se debe promover los aportes eintercambios que propicien un enriquecimiento de la sociedadguatemalteca.3. Los pueblos maya, garífuna y xinca son los autores de sudesarrollo cultural. El papel del Estado es de apoyar dichodesarrollo eliminando los obstáculos al ejercicio de estederecho, tomando las medidas legislativas y administrativasnecesarias para fortalecer el desarrollo cultural indígena entodos los ámbitos correspondientes al Estado y asegurando laparticipación de los indígenas en las decisiones relativas a laplanificación y ejecución de programas y proyectos culturalesmediante sus organismos e instituciones propias.A. IDIOMA1. El idioma es uno de los pilares sobre los cuales sesostiene la cultura, siendo en particular el vehículo de laadquisición y transmisión de la cosmovisión indígena, de susconocimientos y valores culturales. En este sentido, todos losidiomas que se hablan en Guatemala merecen igual respeto.En este contexto, se deberá adoptar disposiciones pararecuperar y proteger los idiomas indígenas, y promover eldesarrollo y la práctica de los mismos.2. Para este fin, el Gobierno tomará las siguientes medidas:I) promover una reforma de la Constitución Política de laRepública que liste el conjunto de los idiomasexistentes en Guatemala que el Estado estáconstitucionalmente comprometido en reconocer,respetar y promover;II) promover el uso de todos los idiomas indígenas en elsistema educativo, a fin de permitir que los niñospuedan leer y escribir en su propio idioma o en elidioma que más comúnmente se hable en lacomunidad a la que pertenezcan, promoviendo enparticular la educación bilingüe e intercultural ainstancias tales como las Escuelas Mayas y otrasexperiencias educativas indígenas;III) promover la utilización de los idiomas de los pueblosindígenas en la prestación de los servicios sociales delEstado a nivel comunitario;IV) informar a las comunidades indígenas en sus idiomas,de manera acorde a las tradiciones de los pueblosindígenas y por medios adecuados, sobre susderechos, obligaciones y oportunidades en losdistintos ámbitos de la vida nacional. Se recurrirá, sifuere necesario, a traducciones escritas y a lautilización de los medios de comunicación masiva enlos idiomas de dichos pueblos;V) promover los programas de capacitación de juecesbilingües e intérpretes judiciales de y para idiomasindígenas;VI) propiciar la valorización positiva de los idiomasindígenas, y abrirles nuevos espacios en los mediossociales de comunicación y transmisión cultural,fortaleciendo organizaciones tales como la Academiade Lenguas Mayas y otras instancias semejantes; yVII)promover la oficialización de idiomas indígenas. Paraello, se creará una comisión de oficialización con laparticipación de representantes de las comunidadeslingüísticas y la Academia de Lenguas Mayas deGuatemala que estudiará modalidades deoficialización, teniendo en cuenta criterios lingüísticosy territoriales. El Gobierno promoverá ante elCongreso de la República una reforma del artículo 143de la Constitución Política de la República de acuerdocon los resultados de la comisión de oficialización.B. NOMBRES, APELLIDOS Y TOPONIMIASEl Gobierno reafirma el pleno derecho al registro denombres, apellidos y toponimias indígenas. Se reafirmaasimismo el derecho de las comunidades de cambiar losnombres de lugares donde residen, cuando así lo decida lamayoría de sus miembros. El Gobierno tomará las medidasprevistas en el capítulo II literal A del presente acuerdo paraluchar contra toda discriminación de hecho en el ejercicio deeste derecho.C. ESPIRITUALIDAD1. Se reconoce la importancia y la especificidad de laespiritualidad maya como componente esencial de sucosmovisión y de la transmisión de sus valores, así como la delos demás pueblos indígenas.2. El Gobierno se compromete a hacer respetar el ejerciciode esta espiritualidad en todas sus manifestacio-72

dad nacional basada en el respeto y ejercicio <strong>de</strong> <strong>los</strong> <strong><strong>de</strong>rechos</strong>políticos, culturales, económicos y espirituales <strong>de</strong> todos <strong>los</strong>guatemaltecos.2. La <strong>i<strong>de</strong>ntidad</strong> <strong>de</strong> <strong>los</strong> pueb<strong>los</strong> es un conjunto <strong>de</strong> elementosque <strong>los</strong> <strong>de</strong>finen y, a su vez, <strong>los</strong> hacen reconocersecomo tal. Tratándose <strong>de</strong> la <strong>i<strong>de</strong>ntidad</strong> maya, que ha<strong>de</strong>mostrado una capacidad <strong>de</strong> resistencia secular a laasimilación, son elementos fundamentales:I) la <strong>de</strong>scen<strong>de</strong>ncia directa <strong>de</strong> <strong>los</strong> antiguos mayas;II) idiomas que provienen <strong>de</strong> una raíz maya común;III) una cosmovisión que se basa en la relaciónarmónica <strong>de</strong> todos <strong>los</strong> elementos <strong>de</strong>l universo, en elque el ser humano es sólo un elemento más, latierra es la madre que da la vida, y el maíz es unsigno sagrado, eje <strong>de</strong> su cultura. Esta cosmovisiónse ha transmitido <strong>de</strong> generación en generación através <strong>de</strong> la producción material y escrita y pormedio <strong>de</strong> la tradición oral, en la que la mujer hajugado un papel <strong>de</strong>terminante;IV) una cultura común basada en <strong>los</strong> principios yestructuras <strong>de</strong>l pensamiento maya, una fi<strong>los</strong>ofía, unlegado <strong>de</strong> conocimientos científicos y tecnológicos,una concepción artística y estética propia, unamemoria histórica colectiva propia, unaorganización comunitaria fundamentada en lasolidaridad y el respeto a sus semejantes, y unaconcepción <strong>de</strong> la autoridad basada en valoreséticos y morales; yV) la auto-i<strong>de</strong>ntificación.3. La pluralidad <strong>de</strong> las expresiones socioculturales <strong>de</strong>lpueblo maya, que incluyen <strong>los</strong> Achi, Akateco, Awakateko,Chorti, Chuj, Itza, Ixil, Jakalteco, Kanjobal, Kaqchikel,Kiche, Mam, Mopan, Poqomam, Poqomchi, Q'eqchi,Sakapulteko, Sikapakense, Tectiteco, Tz'utujil y Uspanteco,no han alterado la cohesión <strong>de</strong> su <strong>i<strong>de</strong>ntidad</strong>.4. Se reconoce la <strong>i<strong>de</strong>ntidad</strong> <strong>de</strong>l pueblo maya así como las<strong>i<strong>de</strong>ntidad</strong>es <strong>de</strong> <strong>los</strong> pueb<strong>los</strong> garífuna y xinca, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> launidad <strong>de</strong> la nación guatemalteca, y el Gobierno secompromete en promover ante el Congreso <strong>de</strong> la Repúblicauna reforma <strong>de</strong> la Constitución Política <strong>de</strong> la República eneste sentido.II. LUCHA CONTRA LA DISCRIMINACIÓNA. LUCHA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN LEGAL Y DEHECHO1. Para superar la discriminación histórica hacia <strong>los</strong> pueb<strong>los</strong>indígenas, se requiere el concurso <strong>de</strong> todos <strong>los</strong> ciudadanosen la transformación <strong>de</strong> mentalida<strong>de</strong>s, actitu<strong>de</strong>s ycomportamientos. Dicha transformación comienza por unreconocimiento claro por todos <strong>los</strong> guatemaltecos <strong>de</strong> larealidad <strong>de</strong> la discriminación racial, así como <strong>de</strong> la imperiosanecesidad <strong>de</strong> superarla para lograr una verda<strong>de</strong>raconvivencia pacífica.2. Por su parte, con miras a erradicar la discriminación encontra <strong>de</strong> <strong>los</strong> pueb<strong>los</strong> indígenas, el Gobierno tomará lassiguientes medidas:I) promover ante el Congreso <strong>de</strong> la República latipificación <strong>de</strong> la discriminación étnica como <strong>de</strong>lito;II) promover la revisión ante el Congreso <strong>de</strong> la República<strong>de</strong> la legislación vigente para <strong>de</strong>rogar toda ley ydisposición que pueda tener implicacióndiscriminatoria hacia <strong>los</strong> pueb<strong>los</strong> indígenas;III) divulgar ampliamente <strong>los</strong> <strong><strong>de</strong>rechos</strong> <strong>de</strong> <strong>los</strong> pueb<strong>los</strong>indígenas por la vía <strong>de</strong> la educación, <strong>de</strong> <strong>los</strong> medios <strong>de</strong>comunicación y otras instancias; yIV) promover la <strong>de</strong>fensa eficaz <strong>de</strong> dichos <strong><strong>de</strong>rechos</strong>. Coneste fin, promover la creación <strong>de</strong> <strong>de</strong>fensoríasindígenas y la instalación <strong>de</strong> bufetes populares <strong>de</strong>asistencia jurídica gratuita para personas <strong>de</strong> bajosrecursos económicos en las municipalida<strong>de</strong>s don<strong>de</strong>predominan las comunida<strong>de</strong>s indígenas. Asimismo, seinsta a la Procuraduría <strong>de</strong> <strong>los</strong> Derechos Humanos y alas <strong>de</strong>más organizaciones <strong>de</strong> <strong>de</strong>fensa <strong>de</strong> <strong>los</strong> <strong><strong>de</strong>rechos</strong>humanos a que presten una atención especial a la<strong>de</strong>fensa <strong>de</strong> <strong>los</strong> <strong><strong>de</strong>rechos</strong> <strong>de</strong> <strong>los</strong> pueb<strong>los</strong> maya, garífunay xinca.B. DERECHOS DE LA MUJER INDÍGENA1. Se reconoce la particular vulnerabilidad e in<strong>de</strong>fensión<strong>de</strong> la mujer indígena frente a la doble discriminacióncomo mujer y como indígena, con el agravante <strong>de</strong> unasituación social <strong>de</strong> particular pobreza y explotación. ElGobierno se compromete a tomar las siguientes medidas:I) promover una legislación que tipifique el acoso sexualcomo <strong>de</strong>lito y consi<strong>de</strong>re como un agravante en la<strong>de</strong>finición <strong>de</strong> la sanción <strong>de</strong> <strong>los</strong> <strong>de</strong>litos sexuales el quehaya sido cometido contra mujer indígena;II)crear una Defensoría <strong>de</strong> la Mujer Indígena, con suparticipación, que incluya servicios <strong>de</strong> asesoríajurídica y servicio social; yIII) promover la divulgación y fiel cumplimiento <strong>de</strong> laConvención <strong>sobre</strong> la Eliminación <strong>de</strong> Todas las Formas<strong>de</strong> Discriminación contra la Mujer.2. Se insta a <strong>los</strong> medios <strong>de</strong> comunicación y organizaciones<strong>de</strong> promoción <strong>de</strong> <strong>los</strong> <strong><strong>de</strong>rechos</strong> humanos a cooperaren el logro <strong>de</strong> <strong>los</strong> objetivos <strong>de</strong>l presente literal.C. INSTRUMENTOS INTERNACIONALESConvención Internacional para la Eliminación <strong>de</strong> TodaForma <strong>de</strong> Discriminación Racial1. El Gobierno se compromete a promover ante el Congreso<strong>de</strong> la República un proyecto <strong>de</strong> ley que incorpore lasdisposiciones <strong>de</strong> la Convención al Código Penal.2. Siendo <strong>Guatemala</strong> parte <strong>de</strong> la Convención, secompromete a agotar <strong>los</strong> trámites tendientes alreconocimiento <strong>de</strong>l Comité para la eliminación <strong>de</strong> ladiscriminación racial tal como lo establece el artículo 14 <strong>de</strong>dicha Convención.Convenio <strong>sobre</strong> pueb<strong>los</strong> indígenas y tribales, 1989(Convenio 169 <strong>de</strong> la OIT)71

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