Documento explicativo - TLC Panamá - Perú - Ministerio de ...

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Tratado de Libre Comercio (TLC) entre laRepública de Panamá y la República del PerúDocumento ExplicativoMinisterio de Comercio e IndustriasOficina de Negociaciones Comerciales InternacionalesDirección General de Administración deTratados Comerciales Internacionales

Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio (<strong>TLC</strong>) entre laRepública <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l Perú<strong>Documento</strong> Explicativo<strong>Ministerio</strong> <strong>de</strong> Comercio e IndustriasOficina <strong>de</strong> Negociaciones Comerciales InternacionalesDirección General <strong>de</strong> Administración <strong>de</strong>Tratados Comerciales Internacionales


TRATADO DE LIBRE COMERCIOENTRE LA REPÚBLICA DE PANAMÁY LA REPÚBLICA DEL PERÚ“<strong>Documento</strong> Explicativo”<strong>Ministerio</strong> <strong>de</strong> Comercio e IndustriasOficina <strong>de</strong> Negociaciones Comerciales InternacionalesDirección General <strong>de</strong> Administración <strong>de</strong>Tratados Comerciales Internacionales20121


2Excelentísimo SeñorRicardo Martinelli BerrocalPresi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la República <strong>de</strong> Panamá


Su ExcelenciaRicardo A. Quijano JiménezMinistro <strong>de</strong> Comercio e IndustriasSu ExcelenciaDiana A. SalazarViceministra <strong>de</strong> NegociacionesComerciales Internacionales3


Este <strong>Documento</strong> Explicativo sobre el Tratado <strong>de</strong> LibreComercio entre Panamá y el Perú ha sido elaborado por laDirección General <strong>de</strong> Administración <strong>de</strong> Tratados ComercialesInternacionales.Todos los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> este documento son <strong>de</strong>l <strong>Ministerio</strong> <strong>de</strong>Comercio e Industrias <strong>de</strong> la República <strong>de</strong> Panamá.Prohibida la reproducción total o parcial.


ÍNDICEPresentación 6I. Antece<strong>de</strong>ntes 8II. Objetivos <strong>de</strong>l Tratado 9III. Relación Comercial entre Panamá y el Perú 10IV. Aspectos Principales <strong>de</strong>l Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio 16V. Resumen <strong>de</strong> cada Capítulo 17VI. Anexos 39Programa <strong>de</strong> eliminación Arancelaria 40Productos Sensibles para Panamá 53Lista <strong>de</strong> Medidas Disconformes 55Oportunida<strong>de</strong>s para Panamá 605


PRESENTACIÓNEl comercio mundial ha ido evolucionando, produciendo intercambios constantes entrelos países que buscan integrarse para incentivar con ello mayor prosperidad económica,mejores niveles <strong>de</strong> competitividad y mayor diversificación. En ese sentido, la República<strong>de</strong> Panamá se encuentra en un proceso <strong>de</strong> integración comercial internacional, que seinició, formalmente con nuestra adhesión en 1997, a la Organización Mundial <strong>de</strong> Comercio(OMC), y que se ha venido consolidando con la negociación y puesta en vigencia <strong>de</strong>acuerdos comerciales con todos los países centroamericanos, Chile, Singapur, Taiwán,Estados Unidos <strong>de</strong> América, Canadá, Unión Europea y, hoy, con Perú, los cuales sonherramientas po<strong>de</strong>rosas para contribuir al <strong>de</strong>sarrollo económico <strong>de</strong>l país.El Tratado entre Panamá y el Perú, implica ampliar el acceso <strong>de</strong> nuestros bienes y serviciosa una <strong>de</strong> las economías más pujantes <strong>de</strong>l continente americano, contando para ello, conreglas claras y permanentes así como un mejor ambiente para el establecimiento <strong>de</strong> lasinversiones <strong>de</strong> ambos países.En lo que respecta al acceso a mercado, este Tratado mejora condiciones ya existentes,se consolidó el 76.9% <strong>de</strong> todo el universo arancelario negociado en condiciones <strong>de</strong> libreacceso inmediato, mientras que el resto <strong>de</strong>l comercio <strong>de</strong> bienes queda supeditado aplazos <strong>de</strong> <strong>de</strong>sgravación <strong>de</strong> 5, 10 y más <strong>de</strong> diez años.En materia <strong>de</strong>l comercio <strong>de</strong> servicios, el resultado <strong>de</strong> la negociación también abreoportunida<strong>de</strong>s importantes para sectores clave <strong>de</strong> nuestra economía como el financiero,marítimo, y <strong>de</strong> telecomunicaciones, sin olvidar a la Zona Libre <strong>de</strong> Colón que ve, unavez más, recogidas en este Tratado las condiciones más a<strong>de</strong>cuadas para asegurar suimportante papel comercial. Por lo que respecta a las inversiones, el Tratado generaimportantes incentivos para la inversión peruana en Panamá y viceversa, ingredientefundamental para la consolidación <strong>de</strong>l crecimiento económico.El Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio con Perú, amplia oportunida<strong>de</strong>s para que nuestro sectorproductivo pueda aprovechar, con interés y <strong>de</strong>terminación, los espacios económicos entreambas naciones que se han <strong>de</strong> crear. El mismo, como cualquier otro tratado comercialque el Gobierno Nacional negocie y suscriba, rendirá sus <strong>de</strong>bidos frutos en la medidaque el propio sector productivo <strong>de</strong> bienes, servicios e inversionistas lo ponga en práctica.El <strong>Ministerio</strong> <strong>de</strong> Comercio e Industrias, teniendo en cuenta que este <strong>TLC</strong> representa unaherramienta <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrollo económico y social para el país, ha concebido un plan <strong>de</strong>divulgación respecto a este instrumento jurídico con la finalidad <strong>de</strong> brindar al público engeneral una presentación clara y concisa sobre los antece<strong>de</strong>ntes, objetivos y cobertura<strong>de</strong>l Tratado.6


En razón <strong>de</strong> lo anterior, se ha preparado el siguiente <strong>Documento</strong> Explicativo queesperamos cumpla con el propósito <strong>de</strong> servir como material <strong>de</strong> consulta en cuanto alas disciplinas que cubre el Tratado Panamá-Perú y contribuya a <strong>de</strong>spertar el interés porconocer los <strong>de</strong>talles y las oportunida<strong>de</strong>s comerciales que surgen <strong>de</strong>l mismo.La información completa sobre el texto <strong>de</strong>l Tratado y sus respectivos anexos estádisponible en el sitio web <strong>de</strong>l <strong>Ministerio</strong> <strong>de</strong> Comercio e Industrias en el enlace sobreTratados y Acuerdos Comerciales (http://www.mici.gob.pa).7


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúI.ANTECEDENTESEl 26 <strong>de</strong> agosto <strong>de</strong> 2010 el Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l Perúsuscribieron la Declaración Presi<strong>de</strong>ncial entre Panamá y Perú, resaltando la voluntad <strong>de</strong>ambos países <strong>de</strong> iniciar negociaciones <strong>de</strong> un Acuerdo <strong>de</strong> Libre Comercio.Panamá, <strong>de</strong> conformidad con la agenda <strong>de</strong> integración a la región Centroamericana,invitó a los países <strong>de</strong> la región a sumarse a esta iniciativa <strong>de</strong> negociar con el Perú. Losmismos negociarían conjuntamente, con el suficiente margen <strong>de</strong> flexibilidad para avanzara diferentes velocida<strong>de</strong>s, <strong>de</strong> acuerdo a las necesida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> cada uno <strong>de</strong> los países. Estainiciativa refuerza nuestras relaciones, y proyecta a la región como un socio comercialestratégico importante.Luego <strong>de</strong> Cuatro Rondas <strong>de</strong> Negociación se concluyó un acuerdo que refleja el balance<strong>de</strong> intereses <strong>de</strong> Panamá y el Perú.El Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio suscrito entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>lPerú fue firmado en Panamá el 25 <strong>de</strong> mayo <strong>de</strong>l 2011, y aprobado mediante la Ley No. 82<strong>de</strong>l 22 <strong>de</strong> diciembre <strong>de</strong> 2011.Fecha <strong>de</strong> entrada en vigor, 1 <strong>de</strong> mayo <strong>de</strong> 2012.8


II.OBJETIVOS DEL TRATADOLos principales objetivos <strong>de</strong> Panamá en la negociación <strong>de</strong>l Tratado <strong>de</strong> Libre Comerciocon Perú fueron los siguientes:• Promover un <strong>de</strong>sarrollo económico integral a fin <strong>de</strong> reducir la pobreza;• Fomentar la creación <strong>de</strong> nuevas oportunida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> empleo y mejorar las condicioneslaborales y los niveles <strong>de</strong> vida en el territorio <strong>de</strong> las Partes;• Establecer reglas claras y <strong>de</strong> beneficio mutuo que rijan el intercambio comercial;• Asegurar un marco jurídico y comercial previsible para los negocios y las inversiones;• Brindar mayores opciones al consumidor nacional;• Crear un mercado más amplio y seguro para los bienes y servicios producidos,así como la atracción <strong>de</strong> inversiones, nuevas oportunida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> empleo y mejorescondiciones <strong>de</strong> trabajo y niveles <strong>de</strong> vida en sus respectivos territorios.9


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúIII.RELACION COMERCIALENTRE PANAMÁ Y PERÚCONTEXTO MUNDIAL Y REGIONAL DE PERÚ 1La República <strong>de</strong>l Perú está ubicada al oeste <strong>de</strong> América <strong>de</strong>l Sur, en el litoral <strong>de</strong>l OcéanoPacífico, entre Chile y Ecuador. Tiene una población <strong>de</strong> 29.2 millones habitantes (est. julio2011) Sus idiomas son: Español (oficial) 84.1%, Quechua (oficial) 13%, Aymara 1.7%, otraslenguas nativas 1.2%. Su capital es Lima.SISTEMA POLÍTICOPerú tiene un sistema <strong>de</strong> gobierno presi<strong>de</strong>ncialista, unitario y <strong>de</strong>scentralizado. El gobierno<strong>de</strong>l Estado lo conforman los po<strong>de</strong>res Ejecutivo, ejercido por el Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la Repúblicay elegido para un período <strong>de</strong> cinco años; el Legislativo, que resi<strong>de</strong> en el Congreso yconsta <strong>de</strong> una cámara única <strong>de</strong> 120 congresistas elegidos por un período <strong>de</strong> cinco años;y también por el po<strong>de</strong>r Judicial.PERFIL ECONÓMICO Y COMERCIALPerú tiene un Producto Interno Bruto (PIB) <strong>de</strong> US$152.8 mil millones (est. 2010). Latasas <strong>de</strong> crecimiento real <strong>de</strong>l PIB fueron <strong>de</strong>: 8.8% (2010). El aporte <strong>de</strong> los sectores <strong>de</strong>producción al PIB <strong>de</strong> Perú son los siguientes: 10% la agricultura, 35% en industria y 55%los servicios. El PIB per-cápita es <strong>de</strong> US$5,400 (est. 2010).El PIB es el séptimo en importancia en América Latina, siendo superior en Brasil, México,Argentina, Venezuela, Colombia y Chile. La relación entre la <strong>de</strong>uda pública peruana y elPIB es <strong>de</strong> 23.9% (est. 2010) y su inflación se estima en 2010 en 1.5%.FUERZA LABORAL Y FINANZAS PÚBLICASLa tasa <strong>de</strong> <strong>de</strong>sempleo estimada en Perú es <strong>de</strong> 7% (est. 2010) 2 . La fuerza laboral porocupación se distribuyó <strong>de</strong> la siguiente forma: 0.7% en el sector agrícola, 23.8% en laindustria, el 75.5% en los servicios (2005).1 Datos tomados <strong>de</strong>l World Factbook <strong>de</strong> Agencia Central <strong>de</strong> Inteligencia <strong>de</strong> los Estados Unidos.2 Fuente: Instituto Nacional <strong>de</strong> Estadística e Informática <strong>de</strong>l Perú - INEI10


COMERCIO EXTERIOR DE PERÚ CON EL MUNDOExportacionesLas exportaciones <strong>de</strong> Perú están conformadas por productos como cobre, oro, zinc,estaño, hierro, molib<strong>de</strong>no, petróleo crudo y productos petrolíferos, gas natural, café,papas, espárragos y otras hortalizas, frutas, prendas <strong>de</strong> vestir y textiles, harina <strong>de</strong>pescado, por <strong>de</strong>stacar los principales.Los países a los cuales mayormente se dirigen las exportaciones son: China 18,4%, EE.UU.16,1%, Canadá 11,7%, Japón 6,6%, Alemania 4,5%, España el 4% (2010).Intercambio Comercial <strong>de</strong> Perú con el MundoAÑO IMPORTACIÓN EXPORTACIÓN2009 21.0 26.92010 28.8 35.6Fuente: Agencia Central <strong>de</strong> Inteligencia <strong>de</strong> EE.UU. (CIA).En miles <strong>de</strong> millones <strong>de</strong> US$.ImportacionesLas importaciones <strong>de</strong> Perú están conformadas por los siguientes productos: petróleo ysus <strong>de</strong>rivados, productos químicos, plásticos, maquinaria, vehículos, televisores a color,palas mecánicas, cargadores frontales, teléfonos y equipos <strong>de</strong> telecomunicaciones,hierro y acero, trigo, maíz, productos <strong>de</strong> soja, papel, algodón, vacunas y medicamentos.Los países responsables mayormente <strong>de</strong>l monto <strong>de</strong> las importaciones a Perú son: EE.UU.24,7%, China 13%, Brasil 7,4%, Ecuador 4,7%, Chile 4,3%, Colombia 4,2% (2010).COMERCIO BILATERAL ENTRE PANAMÁ - PERÚEl intercambio comercial entre ambos países se incrementó significativamente durantelos años 2007 y 2008.Este repunte se <strong>de</strong>bió principalmente, por parte <strong>de</strong> las exportaciones panameñas a unincremento <strong>de</strong> las compras hechas por mercado peruano <strong>de</strong> productos <strong>de</strong> la industriapesquera (2008) y <strong>de</strong> medicamentos, constituyéndose <strong>de</strong>s<strong>de</strong> ese año en el principalproducto <strong>de</strong> exportación <strong>de</strong> Panamá.Cabe <strong>de</strong>stacar que productos como hidruros (excepto <strong>de</strong> litio, aluminio), bombonas ybotellas plásticas, productos condimentados y el vinagre se exportaron a Perú en losúltimos años.11


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúPanamá <strong>de</strong>mandó <strong>de</strong> Perú combustibles pesados y cemento 2007 y 2008, sobresaliendoa<strong>de</strong>más, la adquisición <strong>de</strong> materia prima requerida en el proceso <strong>de</strong> extracción ypurificación <strong>de</strong> metales producto <strong>de</strong> la minería.Después <strong>de</strong>l repunte en el comercio exterior bilateral entre Panamá y Perú <strong>de</strong>l año 2008,las exportaciones panameñas hacia Perú se mantuvieron en un promedio <strong>de</strong> 1.5 millones<strong>de</strong> balboas hasta el año 2010 (ten<strong>de</strong>ncia que parece mantenerse en el año 2011, según losdatos publicados por el Instituto <strong>de</strong> Estadísticas y Censo <strong>de</strong> Panamá - INEC).En ese mismo or<strong>de</strong>n cronológico <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el 2008 las importaciones proce<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> Perú,se mantuvieron en un monto <strong>de</strong> 45 millones <strong>de</strong> balboas, durante los años 2009 y 2010.Tabla No.1 3BALANZA E INTERCAMBIO COMERCIAL ENTRE PANAMÁ Y PERÚAños: 2006 – Junio 2011 (P)(en balboas)AÑO EXPORTACION VAR % IMPORTACION VAR %BALANZACOMERCIALINTERCAMBIOCOMERCIAL2006 903,445 - 19,383,287 - -18,479,842 20,286,7322007 862,802 -4.5% 69,029,382 256.1% -68,166,580 69,892,1842008 3,129,311 262.7% 107,025,540 55.0% -103,896,229 110,154,8512009 1,498,251 -52.1% 45,640,605 -57.4% -44,142,354 47,138,8562010 (P) 1,565,473 4.5% 45,638,183 0.0% -44,072,710 47,203,656Jun-2011 (P) 801,251 - 29,500,073 - -28,698,822 30,301,324Fuente: Instituto Nacional <strong>de</strong> Estadísticas y Censo (INEC).Gráfico 1BALANZA E INTERCAMBIO COMERCIAL ENTRE PANAMÁ Y PERÚAños: 2006 - 2010(P)(en balboas)3 Cuadros y gráficos elaborados por la Dirección General <strong>de</strong> Administración <strong>de</strong> Tratados Comerciales Internacionales (DGAT)12


Para el año 2010, Perú ocupó el lugar 30 <strong>de</strong> las exportaciones panameñas en el ranking anivel mundial 4 , entre tanto las importaciones <strong>de</strong> Panamá proce<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> Perú ocuparonen el lugar 22.Dentro <strong>de</strong>l área suramericana, las exportaciones panameñas hacia Perú ocuparon en2010 el sexto lugar en importancia, entretanto, las importaciones peruanas tambiénocupan el sexto lugar en el ranking.IMPORTACIONES DE PANAMÁ DESDE PERÚDe acuerdo a datos preliminares <strong>de</strong>l año 2010, Panamá importó <strong>de</strong> Perú un total <strong>de</strong> 45.6millones <strong>de</strong> balboas. Según <strong>de</strong>scripción arancelaria, los principales productos importados<strong>de</strong> Perú se observan en la Tabla y Grafico No. 2:Tabla No.2TOTAL DE LAS IMPORTACIONES DE PANAMÁ DESDE PERÚAño: 2010 (P)(en balboas)No. FRACCIÓN DESCRIPCIÓN FOBTOTAL 45,638,1831 39233060 PREFORMAS PET 4,328,6012 39202090 DEMAS LAMINAS DE PLASTICO 3,795,6083 16042094 PREPARACIONES DE SARDINAS 3,534,1304 28070000 ACIDO SULFURICO 2,115,1135 30049099 OTROS MEDICAMENTOS 1,824,9786 08061000 UVAS 1,616,3227 85021300 GRUPOS ELECTROGENOS - MOTOR DE EMBOLO 1,398,1558 11010020 HARINA DE TRIGO ENRIQUECIDA 1,120,0979 19021900 PASTAS ALIMENTICIAS SIN COCER 958,04410 03074910 JIBIAS, CALAMARES CONGELADOS 924,869Otros 24,022,266Fuente: Instituto Nacional <strong>de</strong> Estadísticas y Censo (INEC).4 Consi<strong>de</strong>rando el comercio con la Unión Europea (UE-27) como un solo bloque <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l ranking.13


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúGrafico No.2TOTAL DE LAS IMPORTACIONES DE PANAMÁ DESDE PERÚAño: 2010 (P)(en balboas)EXPORTACIONES DE PANAMÁ HACIA PERÚDe acuerdo a datos preliminares <strong>de</strong>l año 2010, Panamá exportó a Perú un total <strong>de</strong> 1.5millones <strong>de</strong> balboas. Según <strong>de</strong>scripción arancelaria, los productos exportados a Perú sepresentan en la Tabla y Grafico No. 3:Tabla No. 3TOTAL DE LAS EXPORTACIONES DE PANAMÁ DESDE PERÚAño: 2010 (P)(en balboas)No. FRACCIÓN DESCRIPCIÓN ARANCELARIA FOBTOTAL 1,565,4731 30049099 OTROS MEDICAMENTOS 1,532,4292 28500019HIDRUROS, EXCEPTO DE LITIO,ALUMINIO22,0123 03037900 PESCADOS CONGELADOS 7,2524 39233090 BOTELLAS DE PLASTICO 3,2005 22090010 VINAGRE COMESTIBLE 580Fuente: Instituto Nacional <strong>de</strong> Estadísticas y Censo (INEC).14


Grafico No.3TOTAL DE LAS EXPORTACIONES DE PANAMÁ DESDE PERÚAño: 2010 (P)(en balboas)15


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúIV. ASPECTOS PRINCIPALES DEL TRATADODE LIBRE COMERCIO ENTRE PANAMÁ Y PERÚEl Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre Panamá y PERÚ está conformado por veinticuatrocapítulos:Capítulo 1. Disposiciones Iniciales y Definiciones GeneralesCapítulo 2. Acceso a Mercado <strong>de</strong> MercancíasCapítulo 3. Reglas <strong>de</strong> Origen y Procedimientos <strong>de</strong> OrigenCapítulo 4. Facilitación <strong>de</strong>l Comercio y Procedimientos AduanerosCapítulo 5. Cooperación y Asistencia Mutua en Asuntos AduanerosCapítulo 6. Medidas Sanitarias y FitosanitariasCapítulo 7. Obstáculos técnicos al ComercioCapítulo 8. Defensa ComercialCapítulo 9. Propiedad IntelectualCapítulo 10. Contrataciones PúblicasCapítulo 11. Política <strong>de</strong> CompetenciaCapítulo 12. InversiónCapítulo 13. Comercio Transfronterizo <strong>de</strong> ServiciosCapítulo 14. Servicios FinancierosCapítulo 15. Servicios MarítimosCapítulo 16. TelecomunicacionesCapítulo 17. Entrada Temporal <strong>de</strong> Personas <strong>de</strong> NegociosCapítulo 18. Solución <strong>de</strong> ControversiasCapítulo 19. TransparenciaCapítulo 20. Administración <strong>de</strong>l TratadoCapítulo 21. ExcepcionesCapítulo 22. Disposiciones FinalesA<strong>de</strong>más, este Tratado cuenta con diversos anexos, según se <strong>de</strong>scriben más a<strong>de</strong>lante.La referencia a “Partes” en este documento son Panamá y El Perú. Por otro lado, lasreferencias a una “Parte” lo son a Panamá o El Perú, según el contexto.A continuación presentamos el resumen <strong>de</strong> cada uno <strong>de</strong> los capítulos antes mencionados:16


V. RESUMEN DE CADA CAPÍTULOCapítulo 1DISPOSICIONES INICIALES Y DEFINICIONES GENERALESI. OBJETIVOEl objetivo <strong>de</strong> este capítulo, es <strong>de</strong>finir conceptos, establecer lineamientos iniciales ygenerales que sirven <strong>de</strong> base para el Tratado.II. ESTRUCTURAEn su estructura general el capítulo cuenta dos secciones, cinco artículos y un anexo.III. ALCANCE Y COBERTURAEste capítulo dispone el establecimiento <strong>de</strong> una zona <strong>de</strong> libre comercio entre las Partes, <strong>de</strong>sarrollalos objetivos <strong>de</strong>l Tratado, la relación <strong>de</strong>l Tratado con otros acuerdos comerciales internacionales yel alcance <strong>de</strong> las obligaciones. También, se <strong>de</strong>finen conceptos <strong>de</strong> aplicación general <strong>de</strong>l Tratado,salvo que se especifique otra <strong>de</strong>finición en algún capitulo <strong>de</strong>l mismo.Capítulo 2ACCESO A MERCADOS DE MERCANCIASI. OBJETIVORegular los términos <strong>de</strong>l acceso <strong>de</strong> los productos <strong>de</strong> una Parte al mercado <strong>de</strong> la otra, alotorgar un tratamiento no discriminatorio a las mercancías importadas <strong>de</strong> la otra Parteen relación con los nacionales, la aplicación <strong>de</strong> un programa <strong>de</strong> eliminación arancelaria, yla eliminación <strong>de</strong> otras medidas no arancelarias que restringen el comercio.II. ESTRUCTURAEn su estructura general, el capítulo está dividido en ocho secciones, cuenta con diecisieteartículos y dos anexos.17


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúIII. ALCANCE Y COBERTURALas disposiciones contenidas en este capítulo se aplican al comercio <strong>de</strong> bienes <strong>de</strong> unaParte, salvo que se especifique lo contrario en este Tratado. Cada Parte se comprometea otorgar trato nacional a las mercancías <strong>de</strong> la otra Parte, <strong>de</strong> conformidad con el ArtículoIII <strong>de</strong>l GATT <strong>de</strong> 1994.Se establecen las preferencias que se le otorgan a las mercancías originarias <strong>de</strong> ambasPartes, mediante disposiciones que reglamentan el intercambio comercial a una serie <strong>de</strong>bienes. Disposiciones como la eliminación arancelaria, regímenes especiales, medidas noarancelarias, otras medidas, agricultura, disposiciones institucionales, <strong>de</strong>finiciones.Los artículos compren<strong>de</strong>n temas como: importación libre <strong>de</strong> aranceles para ciertasmuestras comerciales <strong>de</strong> valor insignificante y materiales <strong>de</strong> publicidad impresos, bienesreimportados <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> haber sido reparados o alterados. También se contemplanartículos <strong>de</strong> restricciones a la importación y a la exportación, bebidas <strong>de</strong>stiladas,impuestos a la exportación, tasa y valoración aduanera que comprometen a las partes aevitar distorsiones comerciales que encarezcan y obstaculicen el comercio.Incluye disposiciones mediante las cuales las Partes comparten el objetivo sobre laeliminación multilateral <strong>de</strong> los subsidios a las exportaciones agrícolas, y la cooperaciónen las negociaciones agrícolas <strong>de</strong> la OMC para lograr la eliminación <strong>de</strong> los mismos.Se establece un Comité <strong>de</strong> Comercio <strong>de</strong> Mercancías integrado por representantes <strong>de</strong>cada Parte con el propósito <strong>de</strong> monitorear la implementación y administración <strong>de</strong> esteCapítulo, promover el comercio <strong>de</strong> mercancías entre las Partes, revisar la conversión yposteriores revisiones a la nomenclaturas <strong>de</strong>l Sistema Armonizado, y tratar cualquiertema relacionado con este Capítulo.El Anexo 2.3 <strong>de</strong>nominado “Eliminación Arancelaria” contiene el tratamiento arancelarioque cada Parte otorgará a la otra, mediante la utilización <strong>de</strong> la Lista <strong>de</strong> Perú para loscasos que se <strong>de</strong>sea exportar producto originario <strong>de</strong> Panamá hacia Perú, o la Lista <strong>de</strong>Panamá para los casos en que se <strong>de</strong>sea importar producto originario <strong>de</strong>l Perú haciaPanamá.Capítulo 3REGLAS DE ORIGEN Y PROCEDIMIENTOS DE ORIGENI. OBJETIVOEstablecer criterios para la <strong>de</strong>terminación <strong>de</strong> origen <strong>de</strong> las mercancías, con el fin <strong>de</strong>obtener el trato arancelario preferencial acordado entre las Partes en el Tratado.18


iI. ESTRUCTURAEl capítulo está conformado por dos secciones, treinta y cinco artículos, y tres anexos.III. ALCANCE Y COBERTURASe establece que a menos que se disponga lo contrario en este capítulo: un bien seráoriginario <strong>de</strong>l territorio <strong>de</strong> una Parte cuando el bien se obtenga en su totalidad o se produzcaenteramente en el territorio <strong>de</strong> una Parte; cuando el bien sea producido enteramenteen territorio <strong>de</strong> una o ambas Partes, exclusivamente a partir <strong>de</strong> materiales originarios;cuando cada uno <strong>de</strong> los materiales no originarios utilizados en la producción <strong>de</strong>l biensufran el cambio correspondiente <strong>de</strong> clasificación arancelaria; o cuando el cumplan loscriterios <strong>de</strong> Valor <strong>de</strong> Contenido Regional u otras reglas específicas contenidas en esteCapítulo.Para obtener la calificación <strong>de</strong> origen <strong>de</strong> las mercancías, la Sección A <strong>de</strong>l Capítuloestablece disposiciones como: la fórmula para <strong>de</strong>terminar el valor <strong>de</strong> contenido regional;la acumulación <strong>de</strong> materiales con el Perú; la regla <strong>de</strong> minimis, disposiciones para losbienes y materiales fungibles; accesorios, repuestos y herramientas; juegos o surtidos<strong>de</strong> bienes; materiales indirectos; intermedios usados en la producción; materiales <strong>de</strong>empaque; embalaje, tránsito y transbordo.La Sección B <strong>de</strong>l Capitulo contiene lo relativo a Procedimientos <strong>de</strong> Origen, con el objeto<strong>de</strong> establecer los documentos y trámites que se <strong>de</strong>ben seguir para que las mercancíaspuedan ser introducidas <strong>de</strong> forma ágil y expedita en el territorio <strong>de</strong> las Partes signatarias<strong>de</strong>l TratadoSe establece un Certificado <strong>de</strong> Origen o una Declaración <strong>de</strong> Origen con el propósito <strong>de</strong>certificar que un bien exportado <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el territorio <strong>de</strong> una Parte al territorio <strong>de</strong> la otraParte califica como bien originario y pueda recibir un trato arancelario preferencial almomento <strong>de</strong> la importación.Certificado <strong>de</strong> Origen: Para solicitar un trato arancelario preferencial, cada Parte <strong>de</strong>beexigir que un exportador en su territorio llene y firme un Certificado <strong>de</strong> Origen parala exportación <strong>de</strong> un bien, el cual <strong>de</strong>berá ser refrendado y sellado por la Autoridad oEntidad Certificadora Autorizada para tal efecto. En el caso particular <strong>de</strong> Panamá,la Autoridad Certificadora será la Ventanilla Única <strong>de</strong> Exportación <strong>de</strong>l <strong>Ministerio</strong> <strong>de</strong>Comercio e Industrias, previo el cumplimiento <strong>de</strong> la Determinación <strong>de</strong> Origen realizadapor la Dirección General <strong>de</strong> Industrias.Declaración <strong>de</strong> Origen: El <strong>TLC</strong> Panamá - Perú contempla a<strong>de</strong>más la figura <strong>de</strong> ExportadorAutorizado, el cual se responsabilizará <strong>de</strong>l llenado <strong>de</strong> la Declaración <strong>de</strong> Origen, que serápresentado ante las autorida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> la aduana importadora como prueba <strong>de</strong> origen parareclamar la preferencia arancelaria <strong>de</strong>l Tratado. Para tal reconocimiento <strong>de</strong> ExportadorAutorizado se requiere que el mismo aparezca inscrito en el registro <strong>de</strong> alguna EntidadCertificadora autorizada por el Estado.19


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúCuando se haya admitido como bien originario en el momento <strong>de</strong> su importación alterritorio <strong>de</strong> una <strong>de</strong> las Partes pero no se haya solicitado un trato arancelario preferencialen el momento <strong>de</strong> la importación, la Parte importadora <strong>de</strong>berá permitir al importador,<strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l plazo máximo <strong>de</strong> un año contado a partir <strong>de</strong> la fecha <strong>de</strong> importación, presentaruna solicitud <strong>de</strong> reembolso <strong>de</strong> los aranceles pagados en exceso porque no se otorgó eltrato arancelario preferencial al bien.En aquellos casos en los cuales el Certificado <strong>de</strong> Origen o la Declaración <strong>de</strong> Origenpresente errores <strong>de</strong> forma que no generen dudas con respecto a la exactitud <strong>de</strong> lainformación incluida en las mismas, tales como errores mecanográficos, podrán seraceptadas por la autoridad aduanera <strong>de</strong> la Parte importadora.Para <strong>de</strong>terminar si un bien importado califica como bien originario una Parte podráefectuar verificaciones recurriendo a medidas establecidos en este capítulo.Dispone que las Partes podrán establecer, mediante sus respectivas leyes y reglamentosnacionales, a la fecha <strong>de</strong> entrada en vigor <strong>de</strong>l Tratado o en cualquier otra fecha quelas Partes acuer<strong>de</strong>n, las Reglamentaciones Uniformes referentes a la interpretación,aplicación y administración <strong>de</strong> este capítulo. También, instituye un Comité <strong>de</strong> Reglas<strong>de</strong> Origen con el propósito <strong>de</strong> monitorear la implementación y administración <strong>de</strong> esteCapítulo.Capítulo 4FACILITACIÓN DEL COMERCIO Y PROCEDIMIENTOS ADUANEROSI. OBJETIVOFacilitar el comercio entre las Partes mediante la adopción y aplicación <strong>de</strong> procedimientosaduaneros que permitan un <strong>de</strong>spacho <strong>de</strong> mercancía y control <strong>de</strong> transporte ágil yeficiente.II. ESTRUCTURAEn su estructura general, este capítulo cuenta con doce artículos.III. ALCANCE Y COBERTURAPara alcanzar los objetivos <strong>de</strong> este capítulo, las Partes se comprometen a publicar sulegislación relativa a regulaciones y procedimientos aduaneros; <strong>de</strong>signar y mantenerpuntos <strong>de</strong> consulta para aten<strong>de</strong>r asuntos aduaneros; se esforzarán por garantizar quesus procedimientos aduaneros sean transparentes, faciliten el comercio y no seandiscriminatorios.El capítulo regula operaciones comerciales como el <strong>de</strong>spacho <strong>de</strong> mercancías,administración o gestión <strong>de</strong> riesgos, tránsito <strong>de</strong> mercancías, envíos <strong>de</strong> entrega rápida.20


Promueve que cada Parte se esfuerce por utilizar tecnología <strong>de</strong> la información para el<strong>de</strong>spacho <strong>de</strong> mercancías.Establece otras disposiciones como la implementación <strong>de</strong> Operadores EconómicosAutorizados <strong>de</strong> conformidad con el marco Normativo <strong>de</strong> la Organización Mundial <strong>de</strong>Aduanas. También incluye la creación <strong>de</strong> una Ventanilla <strong>de</strong> Comercio Exterior.Se instituye el Comité <strong>de</strong> Facilitación <strong>de</strong>l Comercio y Procedimientos Aduaneros, el cualtiene entre sus funciones: monitorear la implementación y administración <strong>de</strong> este capítuloy el capítulo 5 (Cooperación y Asistencia Administrativa Mutua en Asuntos Aduaneros),aten<strong>de</strong>r asuntos propuestos por las Partes para la adopción, aplicación o ejecución <strong>de</strong>los capítulos referidos, impulsar la cooperación conjunta <strong>de</strong> las Partes para el <strong>de</strong>sarrolloy mejoramiento <strong>de</strong> todos los temas concernientes a procedimientos aduaneros.Incorpora artículos sobre actos administrativos <strong>de</strong> las autorida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> las Partes en lorelativo a revisión y apelación, resoluciones anticipadas, y sanciones.Capítulo 5COOPERACIÓN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROSI. OBJETIVOEstablecer los términos para que las Partes se brin<strong>de</strong>n <strong>de</strong> forma conjunta cooperaciónadministrativa y técnica en materia aduanera.II. ESTRUCTURAEn su estructura general, este capítulo cuenta con catorce artículos.III. ALCANCE Y COBERTURAConforme a lo dispuesto en el capítulo 4, las Partes signatarias <strong>de</strong> este Tratado <strong>de</strong>beránbrindar cooperación y asistencia mutua en temas aduaneros en general, a través <strong>de</strong> susautorida<strong>de</strong>s aduaneras.Los temas aduaneros sujetos a cooperación y asistencia mutua incluye el suministro<strong>de</strong> estadísticas e información semejante que esté disponible, en consonancia con lalegislación nacional <strong>de</strong> cada Parte.A solicitud, la Parte requerida, <strong>de</strong>berá proporcionar toda la información sobre legislaciónaduanera, regulaciones y procedimientos aplicables, concernientes a las investigacionesrelacionadas a un posible ilícito aduanero o infracción aduanera que ocurran en elterritorio <strong>de</strong> la Parte solicitante.21


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúEl capítulo establece la forma <strong>de</strong> realizar las solicitu<strong>de</strong>s <strong>de</strong> información, verificación <strong>de</strong>documentos oficiales, excepción <strong>de</strong> obligación para proporcionar asistencia, uso <strong>de</strong> lainformación y confi<strong>de</strong>ncialidad.El cumplimiento <strong>de</strong> los compromisos <strong>de</strong> cooperación y asistencia técnica no <strong>de</strong>beráinfringir las soberanía nacional, or<strong>de</strong>n público, seguridad u otros intereses nacionalessubstanciales, o viole los secretos comerciales protegidos legalmente en el territorio <strong>de</strong>las PartesCapítulo 6MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIASI. OBJETIVOProteger la vida y la salud <strong>de</strong> las personas, animales y preservar los vegetales en losterritorios <strong>de</strong> las Partes; facilitar e incrementar el comercio entre las Partes, atendiendo yresolviendo los problemas que se presenten como consecuencia <strong>de</strong> la aplicación <strong>de</strong> lasmedidas sanitarias y fitosanitarias; colaborar en una mayor implementación <strong>de</strong>l AcuerdoMedidas Sanitarias y Fitosanitarias <strong>de</strong> la OMC (MSF); y crear un Comité para abordar<strong>de</strong> manera transparente los temas referidos a las medidas sanitarias y fitosanitarias; porúltimo busca promover la mejora constante <strong>de</strong> la situación sanitaria y fitosanitaria en lasPartes.II. ESTRUCTURAEn su estructura general, este capítulo cuenta con trece artículos y un anexo.III. ALCANCE Y COBERTURAEl capítulo se aplica a todas aquellas medidas sanitarias y fitosanitarias (MSF) que pudieraafectar directa o indirectamente el comercio entre las Partes.Estas acuerdan el <strong>de</strong>ber que tienen <strong>de</strong> garantizar que sus medidas sanitarias yfitosanitarias no se constituyan en una restricción encubierta al comercio o creenobstáculos innecesarios al mismo.El capítulo incluye disposiciones sobre los lineamientos para evaluación <strong>de</strong> riesgo y<strong>de</strong>terminación <strong>de</strong>l nivel a<strong>de</strong>cuado <strong>de</strong> protección sanitaria y fitosanitaria; adaptación a lascondiciones regionales con inclusión <strong>de</strong> zonas libres <strong>de</strong> plagas o enfermeda<strong>de</strong>s y zonas<strong>de</strong> escasa prevalencia <strong>de</strong> plagas o enfermeda<strong>de</strong>s; inspección control y aprobación.22


Capítulo 7OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIOI. OBJETIVOFacilitar e incrementar el comercio <strong>de</strong> mercancías i<strong>de</strong>ntificando, evitando y eliminandoobstáculos innecesarios al comercio entre las Partes que puedan surgir comoconsecuencia <strong>de</strong> la preparación, adopción y aplicación <strong>de</strong> reglamentos técnicos, y elimpulso <strong>de</strong> cooperación conjunta entre las Partes, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los términos <strong>de</strong>l Acuerdosobre Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC) <strong>de</strong> la OMC.II. ESTRUCTURAEl capítulo está conformado por doce artículos y un anexo.III. ALCANCE Y COBERTURALas disposiciones <strong>de</strong> este capítulo se aplican en lo relativo a preparación, adopción yaplicación <strong>de</strong> todas las normas, reglamentos técnicos y procedimientos <strong>de</strong> evaluación<strong>de</strong> la conformidad, incluyendo aquellos relacionados a metrología, que puedan afectarel comercio entre las Partes.Las Partes utilizarán las normas, guías y recomendaciones internacionales relevantescomo base para sus reglamentos técnicos y procedimientos <strong>de</strong> evaluación <strong>de</strong> laconformidad <strong>de</strong> acuerdo a los Artículos 2.4 y 5.4 <strong>de</strong>l Acuerdo OTC <strong>de</strong> la OMC.Instituye un Comité <strong>de</strong> Obstáculos Técnicos al Comercio que tienen entre sus propósitosmonitorear la implementación y administración <strong>de</strong> este Capítulo, tratar con rapi<strong>de</strong>zasuntos que una Parte proponga respecto a <strong>de</strong>sarrollo y aplicación <strong>de</strong> normas técnicas,resolver consultas en virtud <strong>de</strong> este Capítulo, entre otras.Capítulo 8DEFENSA COMERCIALI. OBJETIVOEstablecer las reglas, condiciones y limitaciones para la aplicación <strong>de</strong> las medidas <strong>de</strong>salvaguardia, antidumping y <strong>de</strong>rechos compensatorios.II. ESTRUCTURAEl capítulo está conformado por cuatro secciones y diez artículos.23


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúIII. ALCANCE Y COBERTURALas Partes confirman sus <strong>de</strong>rechos y obligaciones <strong>de</strong> conformidad con lo estipulado enel Artículo XIX <strong>de</strong>l GATT <strong>de</strong> 1994 y el Acuerdo sobre Salvaguardia, los cuales regulan laaplicación <strong>de</strong> medidas <strong>de</strong> salvaguardia globales, incluyendo la solución <strong>de</strong> controversias.El capítulo también establece disposiciones sobre medidas <strong>de</strong> emergencia bilaterales, laforma <strong>de</strong> notificación, las normas para una medida <strong>de</strong> emergencia y la administración <strong>de</strong>su procedimiento.Capítulo 9PROPIEDAD INTELECTUALI. OBJETIVOTiene como objetivo la aplicación <strong>de</strong> medidas que garanticen la a<strong>de</strong>cuada observancia yprotección <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> propiedad intelectual entre las Partes.Asimismo, contribuir a la generación <strong>de</strong> conocimiento, la promoción <strong>de</strong> la innovación,transferencia y difusión <strong>de</strong> tecnología y al progreso cultural, en beneficio recíproco <strong>de</strong> losproductores y <strong>de</strong> los usuarios <strong>de</strong> conocimientos tecnológicos y culturales, favoreciendoel <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong>l bienestar social y económico y el balance <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos y obligaciones.II. ESTRUCTURAEste capítulo está conformado por 9 artículos y un anexo.III. ALCANCE Y COBERTURAEstablece disposiciones que regulan las disciplinas relativas a marcas, indicacionesgeográficas, conocimientos tradicionales, <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> autor y <strong>de</strong>rechos conexos, asícomo medidas relacionadas con la protección a la biodiversidad y los conocimientostradicionales, entre otros.Contiene un reconocimiento <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos y obligaciones consagrados en el Acuerdo<strong>de</strong> la Organización Mundial <strong>de</strong>l Comercio (OMC) sobre los Aspectos <strong>de</strong> los Derechos <strong>de</strong>Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), en el Convenio sobre laDiversidad Biológica, y en cualquier otro acuerdo multilateral sobre propiedad intelectualo en los tratados administrados por la Organización Mundial <strong>de</strong> la Propiedad Intelectual(OMPI) <strong>de</strong> los que las Partes sean partes.En este capítulo se protegen las indicaciones geográficas, por lo que las Partes nopermitirán la importación, fabricación o venta <strong>de</strong> productos bajo dichas indicacionesgeográficas, incluyendo las <strong>de</strong>nominaciones <strong>de</strong> origen, a menos que tales productoshayan sido elaborados y certificados en el país <strong>de</strong> origen, conforme a la legislaciónnacional aplicable a esos productos.24


El artículo relacionado con las indicaciones geográficas, incluye el Anexo 9.4. En laSección A <strong>de</strong>l Anexo 9.4 se establecen las indicaciones geográficas protegidas en el Perúque Panamá se compromete a proteger en su territorio y en la Sección B se encuentranaquellas indicaciones protegidas por Panamá que Perú se compromete a otorgarleprotección en su territorio. Panamá logró la protección <strong>de</strong> la indicación <strong>de</strong> proce<strong>de</strong>nciapara “SECO”, que provenga originalmente <strong>de</strong> Panamá.Este capítulo también contempla la protección <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos colectivos <strong>de</strong> propiedadintelectual y el conocimiento tradicional <strong>de</strong> los pueblos indígenas sobre sus creaciones.Este capítulo también contempla la protección <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos colectivos <strong>de</strong> propiedadintelectual y el conocimiento tradicional <strong>de</strong> los pueblos indígenas sobre sus creaciones.A<strong>de</strong>más cada Parte asegurará la protección efectiva <strong>de</strong> todas las expresiones ymanifestaciones folclóricas y <strong>de</strong> las manifestaciones artísticas <strong>de</strong> la cultura tradicional ypopular <strong>de</strong> las comunida<strong>de</strong>s indígenas y locales.La República <strong>de</strong> Panamá <strong>de</strong>claró <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los conocimientos tradicionales protegidos laMOLA KUNA PANAMÁ; NAHUA; CHACARA; CHAQUIRA; SOMBRERO NGOBE Y BUGLÉ;TALLA DE MADERA; TAGUA; HOSIG DÍ o JIW’A (CESTA); HAMACA KUNAS PANAMÁ; yINSTRUMENTOS MUSICALES KUNAS PANAMÁ.Las Partes se encuentran facultadas para <strong>de</strong>sarrollar en su legislación nacional, medidas,procedimientos y recursos necesarios, con el objetivo <strong>de</strong> asegurar la observación <strong>de</strong>los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> propiedad intelectual. De igual manera, las Partes se comprometena adoptar procedimientos que permitan al titular <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho, solicitar o <strong>de</strong>nunciar lasuspensión <strong>de</strong>l <strong>de</strong>spacho <strong>de</strong> mercancías que tenga motivos válidos para sospechar quese prepara la importación, exportación, o tránsito <strong>de</strong> marcas falsificadas o mercancíaspiratas que lesionan el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> autor.Adicionalmente, las Partes podrán realizar activida<strong>de</strong>s que tengan como propósitocoordinar e impulsar la cooperación y asistencia en materia <strong>de</strong> propiedad intelectual.Capítulo 10CONTRATACIONES PÚBLICASI. OBJETIVOCrear y mantener un mercado <strong>de</strong> contrataciones gubernamentales entre ambos países,con el objetivo <strong>de</strong> potenciar las oportunida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> los proveedores <strong>de</strong> bienes, servicios yconstrucción <strong>de</strong> obras públicas requeridos por las entida<strong>de</strong>s públicas cubiertas y que seencuentran en el ámbito <strong>de</strong> aplicación <strong>de</strong>l Tratado.25


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúII. ESTRUCTURAEl capítulo está conformado por veintidós artículos y dos anexos.III. ALCANCE Y COBERTURAEn este capítulo las Partes establecen los lineamientos para llevar a cabo contratacionespúblicas bajo el amparo <strong>de</strong>l Tratado.Para los efectos <strong>de</strong> este capítulo, contratación pública cubierta significa una contrataciónpública <strong>de</strong> mercancías, servicios o ambos: no contratados con miras a la venta o reventacomercial, realizada a través <strong>de</strong> cualquier medio contractual, incluyendo la compra,el arrendamiento, con o sin opción <strong>de</strong> compra; y los contratos <strong>de</strong> concesión <strong>de</strong> obraspúblicas; para los cuales el valor, sea igual o exceda el valor <strong>de</strong>l umbral acordado porlas Partes; que se lleve a cabo por una entidad contratante; y que no esté expresamenteexcluida <strong>de</strong> la cobertura.Una <strong>de</strong> las medidas más importantes que otorga el Tratado en este capítulo, es queninguna <strong>de</strong> la Partes otorgará un trato no menos favorable que el más favorable queotorgue a su propio bien, servicio o proveedor. Lo anterior, da como resultado que todaentidad contratante <strong>de</strong>berá realizar las contrataciones públicas <strong>de</strong> manera transparentee imparcial y compatible con el Tratado, evitando conflicto <strong>de</strong> intereses y prácticasanticompetitivas.Para cada contratación, la entidad contratante <strong>de</strong>berá publicar <strong>de</strong> manera oportunaun aviso invitando a los proveedores a presentar ofertas o un aviso convocando apresentar solicitu<strong>de</strong>s para participar en la contratación pública. Dichos avisos <strong>de</strong>beránser publicados en un medio electrónico.Adicionalmente, la entidad contratante proporcionará oportunamente a los proveedoresinteresados en participar en una contratación pública, documentos <strong>de</strong> contratación queincluyan toda la información necesaria que les permita preparar y presentar ofertasa<strong>de</strong>cuadas.Es importante resaltar, que una entidad contratante no <strong>de</strong>berá preparar, adoptar ni aplicarespecificaciones técnicas, ni establecer procedimientos <strong>de</strong> evaluación <strong>de</strong> la conformidadcuyo propósito o efecto sea crear obstáculos innecesarios al comercio internacionalentre las Partes.En cuanto a las modificaciones <strong>de</strong> los criterios y requerimientos técnicos indicados en elaviso o documento <strong>de</strong> en el curso <strong>de</strong> la contratación, se estipula que la entidad contratante<strong>de</strong>berá transmitir tales modificaciones por escrito a los proveedores participantes <strong>de</strong> lamisma.26


La entidad contratante <strong>de</strong>berá garantizar que la apertura <strong>de</strong> las ofertas se realice bajoprocedimientos <strong>de</strong> igualdad e imparcialidad <strong>de</strong>l proceso <strong>de</strong> contratación pública, y laconfi<strong>de</strong>ncialidad <strong>de</strong> las ofertas.Para la adjudicación <strong>de</strong>l contrato es necesario que el proveedor presente la oferta porescrito, cumplimento todas las condiciones <strong>de</strong> participación y al momento <strong>de</strong> la apertura,<strong>de</strong>berá cumplir con los requisitos esenciales especificados en los avisos y documentos <strong>de</strong>contratación. La <strong>de</strong>cisión sobre la adjudicación será informada por la entidad contratantesin <strong>de</strong>mora a los proveedores participantes acerca y lo hará por escrito a solicitud <strong>de</strong>linteresado.Luego <strong>de</strong> la adjudicación, tan pronto como sea posible se publicará por medio electrónicoun aviso que incluya: el nombre <strong>de</strong> la entidad contratante; una <strong>de</strong>scripción <strong>de</strong> lasmercancías o servicios contratados; la fecha <strong>de</strong> la adjudicación; el nombre <strong>de</strong>l proveedoral cual se adjudicó el contrato; y el valor <strong>de</strong>l contrato.Las Partes podrán realizar contrataciones directas bajo el amparo <strong>de</strong>l Tratado, <strong>de</strong> acuerdoa las siguientes circunstancias: cuando no se haya presentado ninguna oferta o ningúnproveedor haya solicitado participar en una contratación, cuando no se haya presentadoninguna oferta que cumpla los requisitos esenciales por el documento <strong>de</strong> licitación,cuando ningún proveedor haya cumplido los requisitos <strong>de</strong> participación, etc.Las Partes se comprometen a asegurar que sus entida<strong>de</strong>s contratantes consi<strong>de</strong>ren <strong>de</strong>manera imparcial y oportuna cualquier reclamo que tengan sus proveedores con respectoa una alegación <strong>de</strong> incumplimiento <strong>de</strong> este Capítulo que surja en el contexto <strong>de</strong> unacontratación pública cubierta en la que tengan o hayan tenido interés.En este capítulo se logró el reconocimiento <strong>de</strong> la importancia <strong>de</strong> la participación <strong>de</strong> lasmicro, pequeñas y medianas empresas en la contratación pública y <strong>de</strong> la cooperaciónpara conseguir un mejor entendimiento <strong>de</strong> los sistemas <strong>de</strong> contratación pública, así comoun mejor acceso a sus respectivos mercados, en particular para las micro, pequeñas ymedianas empresas.De igual manera, se instituye un Comité <strong>de</strong> Contratación Pública encargado <strong>de</strong> abordarlas cuestiones relativas a la implementación <strong>de</strong>l Capítulo.Capítulo 11POLÍTICA DE COMPETENCIAI. OBJETIVOEl objetivo <strong>de</strong> este Capítulo está expresamente establecido indicando como tal:“asegurar que los beneficios <strong>de</strong> la liberalización comercial en virtud <strong>de</strong>l Tratado no seanmenoscabados por prácticas anticompetitivas, así como promover la cooperación entrelas Partes en materia <strong>de</strong> aplicación <strong>de</strong> sus respectivas legislaciones <strong>de</strong> competencia”.27


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúII. ESTRUCTURAEste capítulo cuenta con siete artículos.III. ALCANCE Y COBERTURASe manifiesta la disposición <strong>de</strong> las Partes <strong>de</strong> adoptar o mantener legislación nacional enmateria <strong>de</strong> competencia y mantener una autoridad responsable <strong>de</strong> su aplicación.Las Partes asegurarán que sus autorida<strong>de</strong>s nacionales <strong>de</strong> competencia actúen <strong>de</strong>conformidad con los principios <strong>de</strong> transparencia, no discriminación y <strong>de</strong>bido proceso, enla aplicación <strong>de</strong> sus respectivas legislaciones <strong>de</strong> competencia.También se previó el intercambio <strong>de</strong> información a solicitud <strong>de</strong> una <strong>de</strong> las Partes,reconociendo el valor <strong>de</strong> la transparencia en las políticas <strong>de</strong> competencia, cuando estono vaya en contra <strong>de</strong> la legislación nacional ni afecte ninguna investigación en curso.Las activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> aplicación <strong>de</strong> la legislación <strong>de</strong> competencia <strong>de</strong> una Parte <strong>de</strong>be sercomunicada a la otra Parte, si se consi<strong>de</strong>ra que pue<strong>de</strong> afectar intereses importantes <strong>de</strong> laotra Parte. Esta comunicación se <strong>de</strong>be realizar en una fase temprana <strong>de</strong>l procedimientoadministrativo, siempre que no sea contraria a la legislación nacional <strong>de</strong> las Partes, niafecte a ninguna investigación en curso.Cuando surjan asuntos específicos <strong>de</strong> este Capítulo que una Parte consi<strong>de</strong>ra que afectael comercio entre relacionados, podrá solicitar a la otra Parte el inicio <strong>de</strong> consultas, conel propósito <strong>de</strong> fomentar el entendimiento entre las mismas.Capítulo 12INVERSIÓNI. OBJETIVOAsegurar la transparencia y certeza jurídica para los inversionistas <strong>de</strong> ambas Partes ygarantizar que en la aplicación <strong>de</strong> cualquier tipo <strong>de</strong> medidas no exista discriminación enperjuicio <strong>de</strong> los inversionistas ni <strong>de</strong> las inversiones <strong>de</strong> ninguna <strong>de</strong> las Partes.II. ESTRUCTURAEste capítulo está dividido en tres secciones, cuenta con treinta artículos y cuatro anexos.III. ALCANCE Y COBERTURAEl capítulo reglamenta la protección real que los inversionistas y sus inversiones recibiránal momento <strong>de</strong> ingresar y <strong>de</strong>sarrollarse en el territorio <strong>de</strong> las Partes. Una Parte no pue<strong>de</strong>otorgar a un inversionista o a las inversiones <strong>de</strong> la otra Parte un trato menos favorable que28


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúCapítulo 13COMERCIO TRANSFRONTERIZO DE SERVICIOSI. OBJETIVO:Establecer el marco normativo que regule el comercio transfronterizo <strong>de</strong> servicios entrelas Partes.II. ESTRUCTURAEste capítulo consta <strong>de</strong> quince artículos y un anexo.III. ALCANCE Y COBERTURAEl capítulo se aplica a las medidas adoptadas o mantenidas por una Parte que afectenel comercio transfronterizo <strong>de</strong> servicios que realicen los proveedores <strong>de</strong> servicios <strong>de</strong> laotra Parte.Se establecen disposiciones por las que una Parte no pue<strong>de</strong> otorgar a un proveedor<strong>de</strong> servicios <strong>de</strong> la otra Parte un trato menos favorable que el que le otorga, encircunstancias similares, a sus proveedores <strong>de</strong> servicios. A<strong>de</strong>más, cada Parte conce<strong>de</strong>ráa los proveedores <strong>de</strong> servicios <strong>de</strong> la otra Parte un trato no menos favorable que el queconceda, en circunstancias similares, a los proveedores <strong>de</strong> servicios <strong>de</strong> un país que nosea Parte.Las Partes acordaron no adoptar o mantener medidas que impongan limitaciones<strong>de</strong> acceso al mercado, y a no exigir a un proveedor <strong>de</strong> servicios presencia local en suterritorio.Se aseguran las transferencias y pagos relacionados con el suministro transfronterizo <strong>de</strong>servicios, permitiendo las Partes que estos se hagan libremente y sin <strong>de</strong>mora, hacia y<strong>de</strong>s<strong>de</strong> sus territorios.Por otro lado, las Partes se reservaron sectores, subsectores o activida<strong>de</strong>s en lascuales pue<strong>de</strong>n mantener o adoptar medidas respecto a la aplicación <strong>de</strong> las disciplinascontempladas en este capítulo.En caso <strong>de</strong> que una Parte realice una enmienda, modificación <strong>de</strong> cualquier medidaexistente o adopte una medida luego <strong>de</strong> la entrada en vigor <strong>de</strong>l Tratado, <strong>de</strong>berá notificarloa la otra Parte <strong>de</strong> conformidad <strong>de</strong> lo establecido en este capítulo.30


Capítulo 14SERVICIOS FINANCIEROSI. OBJETIVOEl capítulo <strong>de</strong> Servicios Financieros tiene como propósito garantizar el acceso, estabilidady no discriminación <strong>de</strong> los servicios financieros en ambos países.II. ESTRUCTURAEste capítulo consta <strong>de</strong> diecinueve artículos y tres anexos.III. ALCANCE Y COBERTURAEl capítulo se aplica a los inversionistas, a las inversiones <strong>de</strong> los inversionistas, así comoa las operaciones transfronterizas <strong>de</strong> servicios financieros realizadas por las Partes,asegurando que a las instituciones financieras <strong>de</strong> una Parte, tales como: bancos,aseguradoras, empresas <strong>de</strong> valores y otros prestadores <strong>de</strong> servicios financieros, puedanprestar libremente sus servicios con la garantía <strong>de</strong>l trato nacional y trato a la naciónmás favorecida, respecto al establecimiento, adquisición, expansión, administración,operación y venta <strong>de</strong> instituciones financieras en el territorio <strong>de</strong> la otra Parte.Se reconocen disciplinas entre las que po<strong>de</strong>mos mencionar el trato nacional, trato <strong>de</strong> lanación más favorecida, <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> establecimiento, Comercio transfronterizo, nuevosservicios financieros, entres otros.Se establece, igualmente, el principio <strong>de</strong> que a los inversionistas se les permita estableceruna institución financiera en el territorio <strong>de</strong> la otra Parte, mediante cualquiera <strong>de</strong> lasmodalida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> establecimiento y <strong>de</strong> operación que la legislación <strong>de</strong> esta Parte permita.Otra <strong>de</strong> las disciplinas protegidas por este capítulo consiste en que ninguna Partepodrá exigir a una institución financiera que contrate personas <strong>de</strong> una <strong>de</strong>terminadanacionalidad para altos cargos ejecutivos u otro personal esencial o que una minoría<strong>de</strong> la junta directiva <strong>de</strong> una institución financiera <strong>de</strong> la otra Parte esté integrada pornacionales <strong>de</strong> la Parte, por resi<strong>de</strong>ntes en su territorio, o por una combinación <strong>de</strong> ambas.Se permite que una institución financiera <strong>de</strong> una Parte establecida en el territorio <strong>de</strong>la otra Parte, suministre un nuevo servicio financiero que la primera Parte permitiríasuministrar, en circunstancias similares <strong>de</strong> conformidad con su legislación.Adicionalmente, las Partes se comprometieron a otorgar a una institución financiera <strong>de</strong>la otra Parte establecida en su territorio, acceso a los sistemas <strong>de</strong> pago y compensaciónadministrados por entida<strong>de</strong>s públicas y a los medios oficiales <strong>de</strong> financiamiento yrefinanciamiento disponibles en el curso normal <strong>de</strong> operaciones comerciales.31


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúEntre otras disciplinas, se comprometen a mantener procedimientos transparentes parala divulgación <strong>de</strong> las regulaciones, así como <strong>de</strong> proyectos <strong>de</strong> regulaciones, para quepuedan ser analizados por personas <strong>de</strong> cualquiera <strong>de</strong> las Partes que puedan resultarafectadas por dichas medidas.Este Capítulo no obliga a las Partes a divulgar o permitir acceso <strong>de</strong> información respectoa los asuntos financieros y cuentas <strong>de</strong> un cliente individual <strong>de</strong> una institución financierao <strong>de</strong> un proveedor transfronterizo <strong>de</strong> servicios financieros; o cualquier informaciónconfi<strong>de</strong>ncial cuya divulgación pueda impedir el cumplimiento <strong>de</strong> la legislación o ser <strong>de</strong>otra manera contraria al interés público o lesionar los intereses comerciales legítimos <strong>de</strong>una empresa <strong>de</strong>terminada.Por otra parte, se establecen excepciones que no impi<strong>de</strong>n a las Pates adoptar o mantenermedidas por razones pru<strong>de</strong>nciales para la protección <strong>de</strong> inversionistas, <strong>de</strong>positantes,tenedores <strong>de</strong> pólizas o personas con las que una institución financiera o un proveedortransfronterizo <strong>de</strong> servicios financieros tenga contraída una obligación fiduciaria, opara garantizar la seguridad, solvencia, integridad y estabilidad <strong>de</strong>l sistema financiero,así como la responsabilidad financiera <strong>de</strong> instituciones financieras individuales o <strong>de</strong>proveedores transfronterizos <strong>de</strong> servicios financieros.De igual forma, se crea el Comité <strong>de</strong> Servicios Financieros que será el principalrepresentante <strong>de</strong> cada Parte, a través <strong>de</strong> un funcionario <strong>de</strong> la autoridad <strong>de</strong> la Parteresponsable.En cuanto a la solución <strong>de</strong> controversias, una parte podrá solicitar consultas a la otra Parterespecto <strong>de</strong> cualquier asunto relacionado con la afectación <strong>de</strong> algún servicio financiero yse establecen los medios para que las Partes puedan solucionar sus controversias.Capítulo 15SERVICIOS MARÍTIMOSI. OBJETIVODefinir la normativa bajo la cual se prestarán los servicios <strong>de</strong> transporte marítimo.II. ESTRUCTURAEn este Tratado se introdujo un capítulo específico sobre Servicios Marítimos, el cualconsta <strong>de</strong> diez artículos.III. ALCANCE Y COBERTURAEste Capítulo se aplica a las medidas adoptadas o mantenidas por cualquiera <strong>de</strong> lasPartes que afecten los servicios <strong>de</strong> transporte marítimo <strong>de</strong> mercancías y los serviciosmarítimos auxiliares suministrados por un proveedor <strong>de</strong> servicios <strong>de</strong> transporte marítimo32


<strong>de</strong> una Parte y, por proveedores <strong>de</strong> servicios conexos al transporte marítimo o serviciosmarítimos auxiliares <strong>de</strong> una Parte. A estas medidas también les será aplicable lasdisposiciones relevantes <strong>de</strong> los Capítulos 12 (Inversión) y 13 (Comercio Transfronterizo <strong>de</strong>Servicios), y estarán sujetas a cualquier excepción o medidas disconformes estipuladas eneste Tratado. No obstante, en caso <strong>de</strong> que exista incompatibilidad entre las disposiciones<strong>de</strong> estos capítulos, será aplicable las <strong>de</strong>l capítulo <strong>de</strong> Servicios Marítimos.En el mismo las Partes se acordaron cooperar para impedir los obstáculos al comerciomarítimo entre sus puertos y procurar garantizar la seguridad y/o protección <strong>de</strong> susbuques e instalaciones portuarias, la protección <strong>de</strong>l medio ambiente marino, la seguridad<strong>de</strong> la vida humana en el mar y el trabajo <strong>de</strong> la gente <strong>de</strong> mar.Se reconoce la disciplina <strong>de</strong> Trato Nacional, mediante el cual una Parte conce<strong>de</strong>rá en suspuertos a los buques <strong>de</strong> la otra Parte, un trato no menos favorable que el que otorgue asus propios buques con respecto al libre acceso a los puertos, permanencia y abandono<strong>de</strong> los puertos, el uso <strong>de</strong> las facilida<strong>de</strong>s portuarias y todas las facilida<strong>de</strong>s garantizadas poréste en conexión con las operaciones comerciales y <strong>de</strong> navegación, para los buques, sutripulación y carga. Se extien<strong>de</strong> este principio a la asignación <strong>de</strong> muelles y las facilida<strong>de</strong>s<strong>de</strong> carga y <strong>de</strong>scarga.Este capítulo también se aplica para permitir que un proveedor <strong>de</strong> servicios <strong>de</strong> transportemarítimo que opere en el territorio <strong>de</strong> otra Parte pueda establecer su representación enel territorio <strong>de</strong> esa otra Parte, <strong>de</strong> conformidad con su legislación nacional.Se estipulan disciplinas relativas al reconocimiento <strong>de</strong> documentos <strong>de</strong> los buques(nacionalidad) y <strong>de</strong> viaje <strong>de</strong> los miembros <strong>de</strong> la tripulación <strong>de</strong> un buque <strong>de</strong> una Parte.En caso <strong>de</strong> que surja cualquier controversia <strong>de</strong>l contrato <strong>de</strong> empleo, entre un armador <strong>de</strong>una Parte y un tripulante <strong>de</strong> la otra Parte, será remitida para su solución, a las autorida<strong>de</strong>sjudiciales o administrativas respectivas <strong>de</strong> la Parte a cuya ban<strong>de</strong>ra pertenece el buque.Las Partes reconocen la importancia <strong>de</strong>l transporte marítimo internacionalcomprometiéndose ambos países en trabajar en conjunto para superar los obstáculosque enfrenten las empresas al utilizar el servicio <strong>de</strong> transporte marítimo y compartirconocimientos <strong>de</strong> buenas prácticas; compartir información y experiencias sobre leyes,regulaciones y programas que hagan eficiente la prestación <strong>de</strong> los servicios portuarios,marítimos y <strong>de</strong> navegación, así como promover oportunida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> estudio y capacitaciónpara el personal vinculado al tema <strong>de</strong> servicios portuarios, marítimos y <strong>de</strong> navegación,que se <strong>de</strong>sarrollen en los centros especializados para el efecto; trabajar para mantenerflujos transfronterizos <strong>de</strong> información; promover el intercambio <strong>de</strong> alumnos <strong>de</strong> lasescuelas <strong>de</strong> marina mercante <strong>de</strong> las Partes; entre otros.33


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúCapítulo16TELECOMUNICACIONESI. OBJETIVODefinir la normativa bajo la cual se dará acceso a, y el uso <strong>de</strong>, las re<strong>de</strong>s o serviciospúblicos <strong>de</strong> telecomunicaciones prestados en el territorio <strong>de</strong> una Parte.II. ESTRUCTURAEl capítulo consta <strong>de</strong> catorce artículos.III. ALCANCE Y COBERTURAEl capítulo, no se aplica a las medidas en relación con la radiodifusión o la distribuciónpor cable, <strong>de</strong> programación <strong>de</strong> radio o televisión, salvo que tengan por objeto que laspersonas que operen estas estaciones tengan acceso al uso <strong>de</strong> las re<strong>de</strong>s y serviciospúblicos <strong>de</strong> telecomunicaciones.Se establecen los procedimiento relativos a las licencias o concesiones o <strong>de</strong> algún tipo <strong>de</strong>autorización para proveer el servicio; adicional, <strong>de</strong>be existir un trato no menos favorableque el otorgado por los proveedores a sus subsidiarias y así, se establecen mecanismos<strong>de</strong> salvaguarda competitivas entre los proveedores.Se da la existencia <strong>de</strong> un Organismo Regulador, don<strong>de</strong> cada Parte <strong>de</strong>berá garantizarque las <strong>de</strong>cisiones y procedimientos sean imparciales. El capítulo también cuenta condisposiciones relativas a la solución <strong>de</strong> controversias nacionales sobre telecomunicacionesy se garantiza que cualquier proveedor <strong>de</strong> re<strong>de</strong>s o servicios públicos <strong>de</strong> telecomunicacionesque se vea perjudicado por una resolución <strong>de</strong>l organismo regulador, pue<strong>de</strong> solicitarla reconsi<strong>de</strong>ración <strong>de</strong> la resolución dictada excepto las situaciones establecidas en elcapítulo.Capítulo 17ENTRADA TEMPORAL DE PERSONAS DE NEGOCIOSI. OBJETIVOEl capítulo establece la conveniencia <strong>de</strong> facilitar la entrada temporal <strong>de</strong> personas sobrebases <strong>de</strong> reciprocidad y <strong>de</strong> establecer criterios y procedimientos transparentes para laentrada temporal <strong>de</strong> personas <strong>de</strong> una Parte que vayan a hacer negocios en el territorio <strong>de</strong>la otra Parte, sin que ello implique modificaciones <strong>de</strong> las leyes y reglamentos migratoriosy laborales <strong>de</strong> alguna <strong>de</strong> las Partes. Estas medidas no afectarán los temas relacionadosa ciudadanía, nacionalidad, resi<strong>de</strong>ncia permanente o empleo <strong>de</strong> forma permanente.34


II. ESTRUCTURAEste capítulo consta <strong>de</strong> diez artículos y un anexo.III. ALCANCE Y COBERTURACada Parte <strong>de</strong>berá crear las medidas necesarias para evitar <strong>de</strong>moras o menoscabos en elcomercio o servicios o en la realización <strong>de</strong> activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> inversión. Siempre y cuandose cumplan con las medidas migratorias aplicables, y otras medidas relacionadas con lasalud, seguridad pública y seguridad nacional.Es importante para ambas Partes la transparencia en la información sobre la entradatemporal y la información necesaria <strong>de</strong> las personas <strong>de</strong> negocios.Las categorías <strong>de</strong> personas <strong>de</strong> negocios que se establecen en este capítulo son lassiguientes: visitantes <strong>de</strong> negocios, comerciantes e inversionistas, transferencias <strong>de</strong>personal <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> una empresa, personas que llevan a cabo ocupaciones especializadas.De igual forma, los plazos <strong>de</strong> permanencia.Las Partes establecerán un Comité <strong>de</strong> Entrada Temporal <strong>de</strong> Personas <strong>de</strong> Negocios,integrado por representantes <strong>de</strong> ambas Partes. Entre algunas <strong>de</strong> sus funciones, po<strong>de</strong>mosmencionar: reportar a la Comisión, establecer procedimientos para el intercambio <strong>de</strong>información, observancia <strong>de</strong> los asuntos establecidos en este capítulo.Capítulo 18SOLUCIÓN DE CONTROVERSIASI. OBJETIVOEstablecer <strong>de</strong> común acuerdo entre las Partes, la solución <strong>de</strong> controversias que surjansobre la interpretación y aplicación <strong>de</strong>l Tratado; así como, realizar esfuerzos mediantela cooperación y consultas, para alcanzar una solución mutuamente satisfactoria <strong>de</strong> unasunto que pudiese afectar el buen funcionamiento <strong>de</strong>l Tratado.II. ESTRUCTURAEste capítulo cuenta con dieciséis artículos.III. ALCANCE Y COBERTURALas Partes mediante cooperación y consultas, procurarán llegar a acuerdos sobre lainterpretación y aplicación <strong>de</strong>l Tratado, como medida <strong>de</strong> prevención o solución a futurascontroversias.35


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúSalvo se establezca algo distinto, las disposiciones <strong>de</strong>l capítulo se aplican a todas lascontroversias que surjan <strong>de</strong> la aplicación e interpretación <strong>de</strong>l Tratado. En consecuencia,se establecen plazos para las diferentes etapas <strong>de</strong>l procedimiento en los casos en queexista controversia.Las Partes elegirán un Foro para resolver las consultas que surjan <strong>de</strong> este Tratado; <strong>de</strong>igual forma, a solicitud <strong>de</strong> cualquiera <strong>de</strong> las Partes se podrá solicitar el establecimiento <strong>de</strong>un Panel, cuando la Comisión no haya resuelto la controversia en el tiempo establecido.El Panel estará compuesto por tres (3) miembros, los cuales <strong>de</strong>berán tenerconocimientos especializados o experiencia en <strong>de</strong>recho, comercio internacional u otrosasuntos cubiertos por el Tratado o en solución <strong>de</strong> controversias anteriores. Los tres (3)panelistas serán <strong>de</strong>signados por las Partes y uno <strong>de</strong> ellos presidirá el Panel en calidad<strong>de</strong> Presi<strong>de</strong>nte. Todos los panelistas <strong>de</strong>ben cumplir con el Código <strong>de</strong> Conducta y no sernacionales <strong>de</strong> las Partes.El Panel <strong>de</strong>berá hacer un análisis objetivo <strong>de</strong> la controversia presentada, incluyendoun examen <strong>de</strong> los hechos <strong>de</strong>l caso y <strong>de</strong> la aplicabilidad <strong>de</strong>l Tratado. Se estableceránreglas <strong>de</strong> procedimiento que garantizarán el <strong>de</strong>recho a una audiencia y la oportunidad<strong>de</strong> presentar alegatos y réplicas por escrito.Dentro <strong>de</strong> un plazo <strong>de</strong> ciento veinte días (120) establecido <strong>de</strong> conformidad con elTratado, el Panel emitirá un informe inicial <strong>de</strong> carácter confi<strong>de</strong>ncial don<strong>de</strong> formularáconclusiones, resoluciones y recomendaciones al caso.Si se <strong>de</strong>termina que una Parte contendiente no ha cumplido con sus obligacionesconforme al Tratado o que ha causado anulación o menoscabo <strong>de</strong> las mismas, lasolución será eliminar el incumplimiento o la medida. Las Partes contendientes al recibirel informe final, acordarán la forma para el cumplimiento. De no lograrlo, intentaránestablecer una compensación mutuamente satisfactoria aceptable.Se establece, que ninguna Parte podrá otorgar <strong>de</strong>recho a entablar una acción contra laotra Parte, en virtud <strong>de</strong> su legislación interna, aduciendo que la actuación u omisión <strong>de</strong>dicha Parte es incompatible con este Tratado.Se reconocen medios alternativos para la solución <strong>de</strong> controversias, como el arbitrajeinternacional.36


Capítulo 19TRANSPARENCIAI. OBJETIVOAsegurar que cada ley, regulación, procedimiento o resolución administrativa <strong>de</strong> aplicacióngeneral sea publicada o puesta en conocimiento <strong>de</strong> todas las personas interesadas y <strong>de</strong>la otra Parte.II. ESTRUCTURAEl capítulo cuenta con siete artículos.III. ALCANCE Y COBERTURADe acuerdo con este capítulo, las Partes <strong>de</strong>signarán <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los sesenta (60) díassiguientes a la entrada en vigor, un punto <strong>de</strong> contacto para facilitar las comunicacionesentre las Partes.De igual forma, establece disposiciones sobre las publicaciones <strong>de</strong> las leyes, reglamentos,procedimientos y resoluciones administrativas, notificaciones <strong>de</strong> medidas que puedanafectar la aplicación <strong>de</strong>l Tratado, procedimientos administrativos, revisión e impugnacióny cooperación para promover una mayor transparencia.Adicional, se dice que las disposiciones <strong>de</strong> este Capítulo se entien<strong>de</strong>n sin perjuicio <strong>de</strong> lasnormas específicas establecidas en otros capítulos <strong>de</strong>l Tratado.Capítulo 20ADMINISTRACIÓN DEL TRATADOI. OBJETIVOEstablecer y <strong>de</strong>finir las funciones <strong>de</strong> la Comisión Administradora <strong>de</strong>l Tratado, <strong>de</strong> losCoordinadores <strong>de</strong>l Tratado y la posibilidad <strong>de</strong> crear comités o grupos <strong>de</strong> trabajo paraaten<strong>de</strong>r asuntos específicos.II. ESTRUCTURAEste capítulo cuenta con tres artículos y dos anexos.III. ALCANCE Y COBERTURALa Comisión Administradora <strong>de</strong>l Tratado podrá crear comités, subcomités o grupos <strong>de</strong>trabajos distintos a los ya establecidos en el Tratado, con funciones específicas para37


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l Perútratar temas inherentes al Tratado. Adicional, cada parte <strong>de</strong>signará un coordinador <strong>de</strong>lTratado y estos, trabajarán <strong>de</strong> manera conjunta con la Comisión y darán seguimientoapropiado a las <strong>de</strong>cisiones que ésta adopte.Capítulo 21EXCEPCIONESI. OBJETIVOExceptuar la aplicación <strong>de</strong> las disposiciones <strong>de</strong>l Tratado con relación a ciertas materias.II. ESTRUCTURAEste capítulo cuenta con cinco artículos.III. ALCANCE Y COBERTURADentro <strong>de</strong> las disposiciones <strong>de</strong> este capítulo, se establecen las materias que se exceptúan<strong>de</strong> la aplicación <strong>de</strong>l Tratado. Se incluyen excepciones generales, <strong>de</strong> seguridad esencial,tributación (expropiación e in<strong>de</strong>mnización), divulgación <strong>de</strong> información, medidas parasalvaguardar la balanza <strong>de</strong> pagos <strong>de</strong> conformidad a la OMC y el Convenio <strong>de</strong>l FondoMonetario Internacional y exenciones generales <strong>de</strong> la Organización Mundial <strong>de</strong> Comercio.Capítulo 22DISPOSICIONES FINALESI. OBJETIVOEstablecer los supuestos que rigen el Tratado y a<strong>de</strong>más, establecer las condiciones <strong>de</strong>entrada en vigencia <strong>de</strong>l mismo, así como las <strong>de</strong> sus enmiendas y disolución.II. ESTRUCTURAEste capítulo cuenta con seis artículos.III. ALCANCE Y COBERTURAEste Tratado prevé disposiciones finales relativas a posibles enmiendas que se haganen el Acuerdo, bajo el principio <strong>de</strong>l consenso <strong>de</strong> las Partes. Así mismo, contienedisposiciones referentes a los siguientes artículos: anexos, apéndices y notas al pie <strong>de</strong>página, enmiendas, reservas y <strong>de</strong>claraciones unilaterales, entrada en vigencia y <strong>de</strong>nuncia.38


VI.ANEXOS• Programa <strong>de</strong> eliminación ArancelariaCategorías <strong>de</strong> DesgravaciónContingentes Arancelarios• Productos Sensibles para Panamá• Lista <strong>de</strong> Medidas Disconformes• Oportunida<strong>de</strong>s para Panamá39


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúPROGRAMA DE ELIMINACIÓN ARANCELARIALos <strong>de</strong>rechos arancelarios aplicados por ambas Partes a las mercancías serán eliminados<strong>de</strong> conformidad con los plazos y condiciones establecidas en los programas <strong>de</strong>Desgravación Arancelaria <strong>de</strong> cada país.El Programa <strong>de</strong> Desgravación Arancelaria contiene las listas <strong>de</strong> productos negociadosentre ambos países, las cuales muestran el arancel base <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el cual se inicia la reducción<strong>de</strong> los aranceles y el plazo en el cual cada producto será <strong>de</strong>sgravado hasta alcanzar ellibre comercio.1. Acceso <strong>de</strong>l producto panameño al mercado peruano:Panamá tiene acceso inmediato a CERO (0) arancel <strong>de</strong>l 76.9% <strong>de</strong>l universo arancelario yen 5 años dicho acceso será <strong>de</strong>l 91.1%.Estos compromisos significan que bajo la categoría A, el 76.9% <strong>de</strong> los productospanameños entrarán libres al mercado peruano. Los productos excluidos representan un1.8% <strong>de</strong> las líneas arancelarias <strong>de</strong> Perú.1.1. Principales productos incluidos en el programa <strong>de</strong> <strong>de</strong>sgravación:LIBRE COMERCIO INMEDIATOProductos pesqueros (incluyendo atún enlatado), flores y plantas ornamentales, frutasy frutos comestibles frescos (coco, banana, plátano, piña, sandía, mango, toronja, limón,melón, papaya), maíz dulce, especias, remolacha, caña <strong>de</strong> azúcar, jugo <strong>de</strong> limón, huevos<strong>de</strong> aves para incubar, aceite <strong>de</strong> soya, aceite refinado <strong>de</strong> palma, preparaciones y conservas<strong>de</strong> carne <strong>de</strong> pollo <strong>de</strong>shuesado, pastas alimenticias, ketchup, ron <strong>de</strong> caña, vinagre, sopas,agua, alimentos para animales, <strong>de</strong>sinfectantes, papel y cartón, insecticidas y herbicidas,llantas, preparaciones y conservas <strong>de</strong> pescados <strong>de</strong> sardinas, sardinelas y espadines( ensalsa <strong>de</strong> tomate, entero o en trozos, excepto el pescado picado, en envase tipo “oval”).5 AÑOSCueros <strong>de</strong> bovino, peletería, ma<strong>de</strong>ra, papel y cartón corrugado, artículos <strong>de</strong> fundición <strong>de</strong>hierro y acero (tornillos), jaleas y mermeladas, palmitos preparados, tabaco.40


Anexos10 AÑOSPapas, artículos escolares <strong>de</strong> papel, pintura <strong>de</strong> agua, jabón <strong>de</strong> lavar, preparaciones yconservas <strong>de</strong> las <strong>de</strong>más aves en trozos sazonados y congelados.En la siguiente tabla se pue<strong>de</strong>n observar las categorías negociadas.LISTA DE PERÚCATEGORÍAS PERIODO DE DESGRAVACIÓN LIBRE DE ARANCELAB2B3B5B7B8Libre <strong>de</strong> arancel a la fecha<strong>de</strong> entrada en vigencia <strong>de</strong>lTratado.Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte serán eliminadosen dos (2) etapas anualesiguales, a partir la fecha<strong>de</strong> entrada en vigencia<strong>de</strong> este Tratado.Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte serán eliminadosen tres (3) etapas anualesiguales, a partir la fecha<strong>de</strong> entrada en vigencia <strong>de</strong>este Tratado.Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte serán eliminadosen cinco (5) etapas anualesiguales, a partir <strong>de</strong> la fecha<strong>de</strong> entrada en vigencia <strong>de</strong>este Tratado.Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte serán eliminadosen siete (7) etapas anualesiguales, a partir <strong>de</strong> la fecha<strong>de</strong> entrada en vigencia <strong>de</strong>este Tratado.Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte serán eliminadosen ocho (8) etapas anualesiguales, a partir <strong>de</strong> la fecha<strong>de</strong> entrada en vigencia <strong>de</strong>este Tratado.Cero arancelinmediatamenteLibre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1° <strong>de</strong>enero <strong>de</strong>l año (2)Libre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1° <strong>de</strong>enero <strong>de</strong>l año (3)Libre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1° <strong>de</strong>enero <strong>de</strong>l año (5)Libre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1° <strong>de</strong>enero <strong>de</strong>l año (7)Libre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1° <strong>de</strong>enero <strong>de</strong>l año (8)TOTAL DEFRACCIONESPorcentaje <strong>de</strong>líneas (%)% ACUM5,667 76.9% 76.9%1 0.0% 76.9%2 0.0% 76.9%1,044 14.2% 91.1%34 0.5% 91.6%3 0.0% 91.6%41


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúCATEGORÍAS PERIODO DE DESGRAVACIÓN LIBRE DE ARANCELB10B12B15CEF2F3F4Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte serán eliminadosen diez (10) etapas anualesiguales, a partir <strong>de</strong> la fecha<strong>de</strong> entrada en vigencia <strong>de</strong>este Tratado.Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte serán eliminadosen doce (12) etapas anualesiguales, a partir <strong>de</strong> la fecha<strong>de</strong> entrada en vigencia <strong>de</strong>este Tratado.Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte serán eliminadosen quince (15) etapasanuales iguales, a partir<strong>de</strong> la fecha <strong>de</strong> entrada envigencia <strong>de</strong> este Tratado.Los aranceles en la Lista<strong>de</strong> Perú para mercancíasoriginarias <strong>de</strong> Panamá seráneliminados <strong>de</strong> conformidadcon el Cuadro 1 <strong>de</strong>l Anexo2.3 <strong>de</strong>l Tratado.Las fracciones arancelarias<strong>de</strong> esta categoría enla Lista <strong>de</strong> una Parteserán excluidas <strong>de</strong> la<strong>de</strong>sgravación arancelaria, ycontinuarán recibiendo untratamiento <strong>de</strong> nación másfavorecida (NMF)Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte se mantendránen su tasa base durantelos años uno (1) a cinco(5). A partir <strong>de</strong>l 1 <strong>de</strong> enero<strong>de</strong>l año seis (6) seráneliminados en diez (10)etapas anuales iguales.Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte se mantendránen su tasa base durante losaños uno (1) a catorce (14).A partir <strong>de</strong>l 1 <strong>de</strong> enero <strong>de</strong>laño quince (15) quedarálibre <strong>de</strong> arancel.Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte se mantendránen su tasa base durantelos años uno (1) a cinco(5). A partir <strong>de</strong>l 1 <strong>de</strong> enero<strong>de</strong>l año seis (6) seráneliminados en trece (13)etapas anuales iguales.Libre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1° <strong>de</strong>enero <strong>de</strong>l año (10)Libre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1° <strong>de</strong>enero <strong>de</strong>l año (12)Libre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1° <strong>de</strong>enero <strong>de</strong>l año (15)Ver el Cuadro 1<strong>de</strong>l Anexo 2.3 <strong>de</strong>lTratadoExcluidos <strong>de</strong>preferenciasarancelariasLibre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1° <strong>de</strong>enero <strong>de</strong>l año (15)Libre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1° <strong>de</strong>enero <strong>de</strong>l año (15)Libre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1° <strong>de</strong>enero <strong>de</strong>l año (18)TOTAL DEFRACCIONESPorcentaje <strong>de</strong>líneas (%)% ACUM406 5.5% 97.1%9 0.1% 97.2%21 0.3% 97.5%13 0.2% 97.7%131 1.8% 99.5%21 0.3% 99.8%1 0.0% 99.8%2 0.0% 99.8%42


AnexosCATEGORÍAS PERIODO DE DESGRAVACIÓN LIBRE DE ARANCELCONTINGENTEVer cuadro adjunto <strong>de</strong> cateorías<strong>de</strong> <strong>de</strong>sgravación queaplica cuando la cantidadimportada supera el límite<strong>de</strong>l contingente.TOTAL DEFRACCIONESTotal 7,370 100%Porcentaje <strong>de</strong>líneas (%)% ACUM15 0.2% 100.0%CATEGORÍAS DE DESGRAVACIÓN PARA LOS PRODUCTOS SUJETOS A CONTINGENTESARANCELARIOS OTORGADOS POR PERÚ A PANAMÁCATEGORÍASEPERIODO DE DESGRAVACIÓNLas fracciones arancelarias<strong>de</strong> esta categoría en laLista <strong>de</strong> una Parte seránexcluidas <strong>de</strong> la <strong>de</strong>sgravaciónarancelaria, y continuaránrecibiendo un tratamiento<strong>de</strong> nación más favorecida(NMF)LIBRE DEARANCELExcluidos <strong>de</strong>preferenciasarancelariasTotal 15TOTAL DEFRACCIONESPorcentaje <strong>de</strong>líneas (%)% ACUM15 100.0% 100.0%2. Acceso <strong>de</strong>l producto peruano al mercado panameño:Con el Acuerdo, Perú tiene acceso inmediato a CERO (0) arancel al 57.0% <strong>de</strong>l universoarancelario y en 10 años el acceso será <strong>de</strong>l 95.2%.El acceso <strong>de</strong>l producto peruano al mercado nacional se realizará <strong>de</strong> acuerdo con suubicación en las categorías <strong>de</strong> <strong>de</strong>sgravación acordadas, conforme se indican en lasiguiente tabla:43


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúLISTA DE PANAMÁCATEGORÍAS PERIODO DE DESGRAVACIÓN LIBRE DE ARANCELAB5B7B10B12B15ELibre <strong>de</strong> arancel a la fecha<strong>de</strong> entrada en vigencia <strong>de</strong>lTratado.Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte serán eliminadosen cinco (5) etapas anualesiguales, a partir <strong>de</strong> la fecha<strong>de</strong> entrada en vigencia <strong>de</strong>este Tratado.Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte serán eliminadosen siete (7) etapas anualesiguales, a partir <strong>de</strong> la fecha<strong>de</strong> entrada en vigencia <strong>de</strong>este Tratado.Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte serán eliminadosen diez (10) etapas anualesiguales, a partir <strong>de</strong> la fecha<strong>de</strong> entrada en vigencia <strong>de</strong>este Tratado.Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte serán eliminadosen doce (12) etapas anualesiguales, a partir <strong>de</strong> la fecha<strong>de</strong> entrada en vigencia <strong>de</strong>este Tratado.Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte serán eliminadosen quince (15) etapasanuales iguales, a partir<strong>de</strong> la fecha <strong>de</strong> entrada envigencia <strong>de</strong> este Tratado.Las fracciones arancelarias<strong>de</strong> esta categoría enla Lista <strong>de</strong> una Parteserán excluidas <strong>de</strong> la<strong>de</strong>sgravación arancelaria, ycontinuarán recibiendo untratamiento <strong>de</strong> nación másfavorecida (NMF)Cero arancelinmediatamenteLibre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1° <strong>de</strong>enero <strong>de</strong>l año (5)Libre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1° <strong>de</strong>enero <strong>de</strong>l año (7)Libre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1°<strong>de</strong> enero <strong>de</strong>l año(10)Libre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1°<strong>de</strong> enero <strong>de</strong>l año(12)Libre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1° <strong>de</strong>enero <strong>de</strong>l año (15)Excluidos <strong>de</strong>preferenciasarancelariasTOTAL DEFRACCIONESPorcentaje<strong>de</strong> líneas(%)%Acum5,112 57.0% 57%2,438 27.2% 84.2%2 0.0% 84.2%983 11.0% 95.2%14 0.2% 95.4%55 0.6% 96.0%293 3.3% 99.2%44


AnexosCATEGORÍAS PERIODO DE DESGRAVACIÓN LIBRE DE ARANCELF1F2F3F4CUOTALos aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte se mantendránen su tasa base durante losaños uno (1) al cinco (5). Apartir <strong>de</strong>l 1 <strong>de</strong> enero <strong>de</strong>l añoseis (6) serán eliminadosen ocho (8) etapas anualesiguales.Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte se mantendránen su tasa base durante losaños uno (1) a cinco (5). Apartir <strong>de</strong>l 1 <strong>de</strong> enero <strong>de</strong>l añoseis (6) serán eliminados endiez (10) etapas anualesiguales.Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte se mantendránen su tasa base durante losaños uno (1) a catorce (14).A partir <strong>de</strong>l 1 <strong>de</strong> enero <strong>de</strong>laño quince (15) quedarálibre <strong>de</strong> arancel.Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte se mantendránen su tasa base durante losaños uno (1) a cinco (5). Apartir <strong>de</strong>l 1 <strong>de</strong> enero <strong>de</strong>l añoseis (6) serán eliminados entrece (13) etapas anualesiguales.Ver cuadro adjunto <strong>de</strong>categorías <strong>de</strong> <strong>de</strong>sgravaciónque aplica cuando lacantidad importada superael límite <strong>de</strong>l contingente.Libre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1° <strong>de</strong>enero <strong>de</strong>l año (13)Libre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1°<strong>de</strong> enero <strong>de</strong>l año(15)Libre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1°<strong>de</strong> enero <strong>de</strong>l año(15)Libre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1°<strong>de</strong> enero <strong>de</strong>l año(18)TOTAL DEFRACCIONESPorcentaje<strong>de</strong> líneas(%)%Acum2 0.0% 99.3%35 0.4% 99.7%2 0.0% 99.7%6 0.1% 99.7%23 0.3% 100.0%Total 8,965 100.0%45


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúCATEGORÍAS DE DESGRAVACIÓN PARA LOS PRODUCTOS SUJETOS A CONTINGENTESARANCELARIOS OTORGADOS POR PANAMÁ A PERÚCATEGORÍAS PERIODO DE DESGRAVACIÓN LIBRE DE ARANCELTOTAL DEFRACCIONESPorcentaje<strong>de</strong> líneas (%)% ACUMB12Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte serán eliminadosen doce (12) etapas anualesiguales, a partir <strong>de</strong> la fecha<strong>de</strong> entrada en vigencia <strong>de</strong>este Tratado.Libre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1°<strong>de</strong> enero <strong>de</strong>l año(12)6B15Los aranceles en la Lista <strong>de</strong>una Parte serán eliminadosen quince (15) etapasanuales iguales, a partir<strong>de</strong> la fecha <strong>de</strong> entrada envigencia <strong>de</strong> este Tratado.Libre <strong>de</strong> arancela partir <strong>de</strong>l 1°<strong>de</strong> enero <strong>de</strong>l año(15)2ELas fracciones arancelarias<strong>de</strong> esta categoría enla Lista <strong>de</strong> una Parteserán excluidas <strong>de</strong> la<strong>de</strong>sgravación arancelaria, ycontinuarán recibiendo untratamiento <strong>de</strong> nación másfavorecida (NMF)Excluidos <strong>de</strong>preferenciasarancelarias15Total 2346


AnexosTRATAMIENTO ARANCELARIO PARA MERCANCÍAS ORIGINARIAS DE PANAMÁCLASIFICADAS EN LA CATEGORÍA CfracciónArancelaria020622000004081100000408190000DescripciónHígados<strong>de</strong> bovino,congeladasYemas <strong>de</strong>huevo secasYemas <strong>de</strong>huevo,frescos, secos,cocidos enagua o vapor,mol<strong>de</strong>ados,congelados oconservados<strong>de</strong> otro modo,incluso conadición <strong>de</strong>azúcar u otroedulcoranteArancel Preferencial por Año (%)2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 20258.4 7.2 6.3 5.4 4.5 3.6 2.7 1.8 0.9 0.08.4 7.2 6.0 4.8 3.6 2.4 1.2 0.08.4 7.2 6.0 4.8 3.6 2.4 1.2 0.004089100000408990000Huevos <strong>de</strong> avesin cáscara(cascarón),secosHuevos <strong>de</strong> avesin cáscara(cascarón),frescos,cocidos enagua o vapor,mol<strong>de</strong>ados,congelados oconservados<strong>de</strong> otro modo,incluso conadición <strong>de</strong>azúcar u otroedulcorante7.5 6.0 4.5 3.0 1.5 0.08.4 7.2 6.0 4.8 3.6 2.4 1.2 0.047


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúfracciónArancelaria050400100010059090001104230000160231100016023190001602321011DescripciónEstómagos(mondongos)<strong>de</strong> animales,enteros oen trozos,frescos,refrigerados,congelados,salados o ensalmuera,secos oahumados.Demásmaíces,excepto parasiembraMaízmondados,perlados,troceados oquebrantadosPreparacionesy conservas<strong>de</strong> pavo(gallipavo),en trozossazonados ycongeladosDemáspreparacionesy conservas<strong>de</strong> pavo(gallipavo)Preparacionesy conservas<strong>de</strong> carneen trozossazonados ycongelados,<strong>de</strong>spojoso sangre,cuartostraseros sin<strong>de</strong>shuesar, <strong>de</strong>gallo y gallinaArancel Preferencial por Año (%)2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 20258.4 7.2 6.0 4.8 3.6 2.4 1.2 0.07.2 6.3 5.4 4.5 3.6 2.7 1.8 0.9 0.017.0 15.0 12.5 10.0 7.5 5.0 2.5 0.010.0 5.0 0.010.0 5.0 0.017.0 17.0 17.0 17.0 17.0 17.0 17.0 15.1 13.2 11.3 9.4 7.6 5.7 3.8 0.048


AnexosfracciónArancelaria16023290113502190000DescripciónLas <strong>de</strong>máspreparacionesy conservas<strong>de</strong> carne,<strong>de</strong>spojoso sangre,cuartostraseros sin<strong>de</strong>shuesar, <strong>de</strong>gallo y gallinaDemásovulinasArancel Preferencial por Año (%)2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 202517.0 17.0 17.0 17.0 17.0 17.0 17.0 15.1 13.2 11.3 9.4 7.6 5.7 3.8 0.04.8 2.4 0.0PRODUCTOS SUJETOS CONTINGENTES ARANCELARIOSCONTINGENTES DE EXPORTACIÓN A PERÚ DESDE PANAMÁProductoFracciónArancelariaVolumenArancelintracuotaArancel <strong>de</strong>lproducto queexceda <strong>de</strong> la cuotaCarne <strong>de</strong>Bovino0201.10.00.000201.20.00.000201.30.00.100201.30.00.900202.10.00.000202.20.00.000202.30.00.100202.30.00.90899 TM,crecimiento anualno exce<strong>de</strong>rálas cantida<strong>de</strong>sanuales<strong>de</strong>terminadas enel subpárrafo(a) Apéndice1A Panamá:ContingentesArancelarios0%Para el volumen queexceda las cantida<strong>de</strong>sestablecidas en elsubpárrafo (a), eltratamiento seráel establecido enla categoría <strong>de</strong><strong>de</strong>sgravación E <strong>de</strong>lAnexo 2.3.Jamón 0210.11.00.00100 TM, sincrecimiento0%Para el volumen queexceda las cantida<strong>de</strong>sestablecidas en elsubpárrafo (a), eltratamiento seráel establecido enla categoría <strong>de</strong><strong>de</strong>sgravación E <strong>de</strong>lAnexo 2.3.49


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúCONTINGENTES DE EXPORTACIÓN A PERÚ DESDE PANAMÁProductoFracciónArancelariaVolumenArancelintracuotaArancel <strong>de</strong>lproducto queexceda <strong>de</strong> la cuotaLecheCon<strong>de</strong>nsada0402.99.10.00100 TM,crecimiento anualno exce<strong>de</strong>rálas cantida<strong>de</strong>sanuales<strong>de</strong>terminadas enel subpárrafo(a) Apéndice1A Panamá:ContingentesArancelarios0%Para el volumen queexceda las cantida<strong>de</strong>sestablecidas en elsubpárrafo (a), eltratamiento seráel establecido enla categoría <strong>de</strong><strong>de</strong>sgravación E <strong>de</strong>lAnexo 2.3.Fécula<strong>de</strong> maíz ypatata1103.13.00.001108.12.00.001108.13.00.00100 TM, sincrecimiento0%Para el volumen queexceda las cantida<strong>de</strong>sestablecidas en elsubpárrafo (a), eltratamiento seráel establecido enla categoría <strong>de</strong><strong>de</strong>sgravación E <strong>de</strong>lAnexo 2.3.ManjarBlanco1901.90.20.0050 TM, sincrecimiento0%Para el volumen queexceda las cantida<strong>de</strong>sestablecidas en elsubpárrafo (a), eltratamiento seráel establecido enla categoría <strong>de</strong><strong>de</strong>sgravación E <strong>de</strong>lAnexo 2.3.Alimentopara Animales2309.90.90.005000 TM, sincrecimiento0%Para el volumen queexceda las cantida<strong>de</strong>sestablecidas en elsubpárrafo (a), eltratamiento seráel establecido enla categoría <strong>de</strong><strong>de</strong>sgravación E <strong>de</strong>lAnexo 2.3.50


AnexosCONTINGENTES DE IMPORTACIÓN A PANAMÁ DESDE PERÚProductoFracciónArancelariaVolumenArancelintracuotaArancel <strong>de</strong>l productoque exceda <strong>de</strong> la cuotaCarne <strong>de</strong>Bovino0201.10.000201.20.000201.30.000202.10.000202.20.000202.30.00899TM, crecimientoanual no exce<strong>de</strong>rá lascantida<strong>de</strong>s anuales<strong>de</strong>terminadas enel subpárrafo (a)Apéndice 1A Panamá:ContingentesArancelarios0%Para el volumen queexceda las cantida<strong>de</strong>sestablecidas en elsubpárrafo (a), eltratamiento será elestablecido en lacategoría <strong>de</strong> <strong>de</strong>sgravaciónE <strong>de</strong>l Anexo 2.3.LecheCon<strong>de</strong>nsada0402.99.93100TM, crecimientoanual no exce<strong>de</strong>rá lascantida<strong>de</strong>s anuales<strong>de</strong>terminadas enel subpárrafo (a)Apéndice 1A Panamá:ContingentesArancelarios0%Para el volumen queexceda las cantida<strong>de</strong>sestablecidas en elsubpárrafo (a), eltratamiento será elestablecido en lacategoría <strong>de</strong> <strong>de</strong>sgravaciónE <strong>de</strong>l Anexo 2.3.ManjarBlanco1901.90.90A 50TM, sin crecimiento 0%Para el volumen queexceda las cantida<strong>de</strong>sestablecidas en elsubpárrafo (a), eltratamiento será elestablecido en lacategoría <strong>de</strong> <strong>de</strong>sgravaciónE <strong>de</strong>l Anexo 2.3.PastasAlimenticias1902.11.001902.19.00800TM, crecimientoanual no exce<strong>de</strong>rá lascantida<strong>de</strong>s anuales<strong>de</strong>terminadas enel subpárrafo (a)Apéndice 1A Panamá:ContingentesArancelarios0%Para el volumen queexceda las cantida<strong>de</strong>sestablecidas en elsubpárrafo (a), eltratamiento será elestablecido en lacategoría <strong>de</strong> <strong>de</strong>sgravaciónB12 <strong>de</strong>l Anexo 2.3.GalletasDulces1905.31.001905.32.001905.90.301905.90.40300TM, crecimientoanual no exce<strong>de</strong>rá lascantida<strong>de</strong>s anuales<strong>de</strong>terminadas enel subpárrafo (a)Apéndice 1A Panamá:ContingentesArancelarios0%Para el volumen queexceda las cantida<strong>de</strong>sestablecidas en elsubpárrafo (a), eltratamiento será elestablecido en lacategoría <strong>de</strong> <strong>de</strong>sgravaciónB12 <strong>de</strong>l Anexo 2.3.51


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúCONTINGENTES DE IMPORTACIÓN A PANAMÁ DESDE PERÚProductoFracciónArancelariaVolumenArancelintracuotaArancel <strong>de</strong>l productoque exceda <strong>de</strong> la cuotaJamónCurado0210.11.110210.11.190210.11.90100TM, sincrecimiento0%Para el volumen queexceda las cantida<strong>de</strong>sestablecidas en elsubpárrafo (a), eltratamiento será elestablecido en lacategoría <strong>de</strong> <strong>de</strong>sgravaciónE <strong>de</strong>l Anexo 2.3.Harina <strong>de</strong>Pescado2301.201 200TM, crecimientoanual no exce<strong>de</strong>rá lascantida<strong>de</strong>s anuales<strong>de</strong>terminadas enel subpárrafo (a)2301.20.90 Apéndice 1A Panamá:ContingentesArancelarios0%Para el volumen queexceda las cantida<strong>de</strong>sestablecidas en elsubpárrafo (a), eltratamiento será elestablecido en lacategoría <strong>de</strong> <strong>de</strong>sgravaciónB15 <strong>de</strong>l Anexo 2.3.Alimentopara Animales2309.90.995000TM, sincrecimiento0%Para el volumen queexceda las cantida<strong>de</strong>sestablecidas en elsubpárrafo (a), eltratamiento será elestablecido en lacategoría <strong>de</strong> <strong>de</strong>sgravaciónE <strong>de</strong>l Anexo 2.3.Fécula<strong>de</strong> Maíz ypatata1103.13.101103.13.901108.12.001108.13.00100TM, sincrecimiento0%Para el volumen queexceda las cantida<strong>de</strong>sestablecidas en elsubpárrafo (a), eltratamiento será elestablecido en lacategoría <strong>de</strong> <strong>de</strong>sgravaciónE <strong>de</strong>l Anexo 2.3.52


AnexosPRODUCTOS SENSIBLES PARA PANAMÁTRATAMIENTO APLICABLE A PRODUCTOS SENSIBLES PARA PANAMÁRubro Sensitivopara PanamáCarne bovinaCarne <strong>de</strong> CerdoCondición <strong>de</strong> Acceso aMercado en PanamáExclusión - concontingentes en algunasfracciones arancelariasExclusión - con contingentesen Jamón curado en Salcon un mínimo <strong>de</strong> secadonatural <strong>de</strong> diez (10)meses (tipo serrano)Condición <strong>de</strong> Accesoa Mercado en PerúExclusión - concontingentes en algunasfracciones arancelariasExclusión - concontingentes en Jamones,paletas, y sus trozos, sin<strong>de</strong>shuesar, <strong>de</strong> porcinoCarne <strong>de</strong> gallo ogallina (Pollo)ExclusiónExclusiónLácteos y<strong>de</strong>rivadosExclusión - con contingenteen Leche con<strong>de</strong>nsadaExclusión - con contingenteen Leche con<strong>de</strong>nsadaPapas frescas orefrigeradasExclusiónExclusiónCebollas ychalotesExclusiónExclusiónPorotos colorados Exclusión ExclusiónMaíz Exclusión ExclusiónArroz Exclusión ExclusiónCafé Exclusión ExclusiónCafé instantáneo Exclusión ExclusiónHarina <strong>de</strong> trigo Exclusión- con contingente Exclusión- con contingenteAceites comestiblesExclusiónExclusiónEmbutidos Exclusión ExclusiónAzúcar Exclusión ExclusiónPastas Exclusión - Contingente Libre ComercioGalletas Exclusión - Contingente Libre ComercioTomate enteros,trozos, purésExclusiónExclusiónKétchup y salsaspreparadasExclusiónLibre ComercioAlcohol etílico Exclusión ExclusiónJabones y<strong>de</strong>tergentesExclusiónPrograma <strong>de</strong> <strong>de</strong>sgravación53


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúRubro Sensitivopara PanamáCondición <strong>de</strong> Acceso aMercado en PanamáCondición <strong>de</strong> Accesoa Mercado en PerúVajillas y artículos<strong>de</strong> plásticoExclusiónExclusiónCajas <strong>de</strong> cartón Exclusión ExclusiónEtiquetas <strong>de</strong>papel o cartónExclusiónExclusiónBombonas (damajuanas),botellas,frascos, envases<strong>de</strong> vidrio.ExclusiónExclusión54


AnexosLISTA DE MEDIDAS DISCONFORMES RELATIVAS A SERVICIOS,INVERSIÓN Y SERVICIOS FINANCIEROSEn la Lista <strong>de</strong> Medidas Disconformes <strong>de</strong> un país se reflejan las reservas tomadas por esaParte con respecto a, sectores, subsectores o activida<strong>de</strong>s específicas.Ello le permite mantener medidas existentes o adoptar medidas nuevas o más restrictivasque no sean conformes con las obligaciones impuestas.Las reservas pue<strong>de</strong>n ser en relación al Trato Nacional (TN), Trato <strong>de</strong> Nación más Favorecida(NMF), Presencia local (PL); Requisitos <strong>de</strong> <strong>de</strong>sempeño (RD); Acceso a Mercados(AM) oAltos ejecutivos y consejos <strong>de</strong> administración o juntas directivas.RESUMEN DE LAS MEDIDAS DISCONFORMES CONTENIDASEN LOS ANEXOS I II Y III DE PANAMÁSECTOR/SUBSECTORTIPO DE RESERVAAnexo I Reservas a las Medidas ExistentesTodos los Sectores/ Comercio al por menorPropiedad InmobiliariaEmpresas y Servicios PúblicosTodos los SectoresActivida<strong>de</strong>s ArtísticasComunicaciones/ Servicios <strong>de</strong> Transmisión<strong>de</strong> Programas <strong>de</strong> Radio y TelevisiónComunicaciones/TelecomunicacionesEducaciónEnergía EléctricaPetróleo Crudo, Hidrocarburos y Gas NaturalOperación <strong>de</strong> Minas/ Extracción <strong>de</strong>minerales no metálicos y metálicos(excepto minerales preciosos), mineralesaluviales preciosos, minerales no aluvialespreciosos, combustibles minerales(excepto hidrocarburos) y minerales <strong>de</strong>reserva y servicios relacionadosExploración y Explotación <strong>de</strong> mineralesno metálicos utilizados como materiales<strong>de</strong> construcción, cerámica, refractarios ymetalúrgicosPescaAgencias Privadas <strong>de</strong> SeguridadTN /Altos Ejecutivos y Juntas DirectivasTNTNTN / Altos Ejecutivos y Juntas DirectivasTNTN/NMF/ Altos Ejecutivos y Juntas DirectivasTNTNAMPL/RDTN/Altos Ejecutivos y Juntas DirectivasTNTN/RDTN/ Altos Ejecutivos y Juntas Directivas55


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúSECTOR/SUBSECTORServicios <strong>de</strong> PublicidadTransporte Marítimo/ PracticajeTransporte MarítimoTransporte/Servicios <strong>de</strong> Transporte AéreoServicios <strong>de</strong> TransporteServicios Prestados a las Empresas-ServiciosProfesionales/ Servicios JurídicosServicios Prestados a las Empresas/ ServiciosProfesionalesServicios Profesionales/ Ingenieros y ArquitectosServicios <strong>de</strong> TelecomunicacionesServicios <strong>de</strong> TelecomunicacionesServicios Comerciales; Discotecas, Bares,Pubs, Cantinas y Bo<strong>de</strong>gasServicios Comunitarios, Sociales y PersonalesServicios <strong>de</strong> Comunicaciones/ ServiciosPostalesPuertos y AeropuertosTIPO DE RESERVATNTNTN/PLTNTNTN/ Altos Ejecutivos y Juntas DirectivasTN/NMF/PLTN/NMF/PLAMPLAMAMAMAMAnexo II Reservas para Medidas a FuturoServicios SocialesPoblaciones Autóctonas y MinoríasAsuntos relacionados con el Canal <strong>de</strong> PanamáEmpresas <strong>de</strong>l EstadoServicios <strong>de</strong> ConstrucciónPesca y Servicios Relacionados con la PescaTodos los SectoresTodos los SectoresServicios <strong>de</strong> Transporte/ Servicios <strong>de</strong>Transporte TerrestrePublicaciones y Servicios Prestados a lasEmpresas/ Servicios ProfesionalesTN/NMF/PL/RD/AM/Altos Ejecutivos y JuntasDirectivasTN/NMF/PL/RD/ AM/Altos Ejecutivos y JuntasDirectivasTN /PL/RD/ AM/Altos Ejecutivos y JuntasDirectivasTN/PL/RD/Altos Ejecutivos y Juntas DirectivasTN/PLTN/NMFNMFAMTN/PL/RD/AM/Altos Ejecutivos y JuntasDirectivasTN/NMF/PL/Altos Ejecutivos y Juntas DirectivasAnexo III Servicios Financieros: Medidas DisconformesServicios Financieros/ Servicios BancariosServicios Financieros/ Servicios BancariosServicios Financieros/ Servicios BancariosTNAltos Ejecutivos y Juntas DirectivasAltos Ejecutivos y Juntas Directivas56


AnexosSECTOR/SUBSECTORServicios Financieros/ Compañías <strong>de</strong> Seguros,Administradores <strong>de</strong> Empresas <strong>de</strong>Seguros, Agentes <strong>de</strong> Seguros o Ajustadores<strong>de</strong> SegurosServicios Financieros/ Reaseguroso Entida<strong>de</strong>s Reaseguradoras,Administradores <strong>de</strong> Reaseguros, Agentes<strong>de</strong> ReasegurosServicios Financieros/ Seguros y ServiciosBancariosTIPO DE RESERVAComercio Transfronterizo/TN/ Altos Ejecutivosy Juntas DirectivasTNComercio TransfronterizoRESUMEN DE LAS MEDIDAS DISCONFORMES CONTENIDASEN LOS ANEXOS I, II Y III DE PERÚSECTOR/SUBSECTORTIPO DE RESERVAAnexo I Reservas a las Medidas ExistentesTodos los SectoresPesca y Servicios Relacionados con laPescaServicios <strong>de</strong> RadiodifusiónServicios AudiovisualesServicios <strong>de</strong> RadiodifusiónTodos los SectoresServicios Profesionales/Servicios LegalesServicios Profesionales/Servicios <strong>de</strong>ArquitecturaTNTNTN/PLTN/RDTN/NMFTN/Altos Ejecutivos y Juntas DirectivasTNTNServicios Profesionales/Servicio <strong>de</strong>AuditoríaTN/PLServicios <strong>de</strong> Seguridad/Servicio <strong>de</strong>Protección Personal, Vigilancia Privada,Transporte <strong>de</strong> Dinero y Valores,Protección por Cuenta Propia, Tecnologíaen Seguridad, Consultoría y Asesoría enTemas <strong>de</strong> Seguridad PrivadaTN/PL/Altos Ejecutivos y JuntasDirectivasServicios <strong>de</strong> Esparcimiento, Culturalesy Deportivos/Servicios <strong>de</strong> ProducciónArtística NacionalTN57


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúSECTOR/SUBSECTORTIPO DE RESERVAServicios <strong>de</strong> Esparcimiento, Culturalesy Deportivos/Servicios <strong>de</strong> EspectáculosCircensesServicios <strong>de</strong> Publicidad ComercialServicios <strong>de</strong> Esparcimiento, Culturales yDeportivos/Espectáculos TaurinosServicios <strong>de</strong> RadiodifusiónServicios <strong>de</strong> Almacenes AduanerosServicios <strong>de</strong> TelecomunicacionesTransporte/ Transporte AéreoTransporte/ Transporte AcuáticoTransporte/ Transporte AcuáticoTransporte/ Transporte AcuáticoTransporte/ Transporte AcuáticoTransporte/ Transporte Terrestre <strong>de</strong>PasajerosTransporte/ Transporte TerrestreServicios <strong>de</strong> Investigación y Desarrollo/Servicios ArqueológicosServicios Relacionados con la EnergíaTNTNTNTN/RDPLTNTN/Altos Ejecutivos y Juntas DirectivasTN/PL/ Altos Ejecutivos y JuntasDirectivasTN/PLTN/PLTNPLTNTNTN/PLAnexo II Reservas para Medidas a FuturoTodos los SectoresAsuntos Relacionados con Comunida<strong>de</strong>sIndígenas, Campesinas, Nativas yMinoríasNMFTN/NMF/RD/PL/Altos Ejecutivos yJuntas DirectivasPesca y Servicios Relacionados con laPescaIndustrias CulturalesArtesaníaIndustria AudiovisualDiseño <strong>de</strong> Joyería, Artes Escénicas, ArtesVisuales, Industria Musical, IndustriaEditorialIndustria Audiovisual, Industria Editorial,Industria MusicalServicios SocialesTN/NMF/RDNMFTN/RDTN/RDTN/RDTN/NMFTN/NMF/PL/RD/Altos Ejecutivos yJuntas Directivas58


AnexosSECTOR/SUBSECTORServicio Público <strong>de</strong> Agua PotableServicio Público <strong>de</strong> AlcantarilladoTelecomunicacionesServicios <strong>de</strong> EducaciónTransporte/Servicios <strong>de</strong> Transporte porCarreteraTransporte/Servicios <strong>de</strong> TransporteInternacional por CarreteraTodos los SectoresTIPO DE RESERVAPLPLTN/PLTN/NMF/PLTNTN/NMF/PLAcceso a MercadosAnexo III Servicios Financieros: Medidas DisconformesSección IServicios Financieros/ ServiciosBancarios y <strong>de</strong>más Servicios Financieros(excluidos los seguros)Servicios Financieros/ Servicios <strong>de</strong>Seguros y Relacionados con los SegurosServicios Financieros/ ServiciosBancarios y <strong>de</strong>más Servicios Financieros(excluidos los seguros)Servicios Financieros/ ServiciosBancarios y <strong>de</strong>más Servicios Financieros(excluidos los seguros)Servicios Financieros/ ServiciosBancarios y <strong>de</strong>más Servicios Financieros(excluidos los seguros)Servicios Financieros/TodosDerecho <strong>de</strong> EstablecimientoDerecho <strong>de</strong> EstablecimientosComercio TransfronterizoTNDerecho <strong>de</strong> EstablecimientoComercio TransfronterizoSección IIServicios Financieros/ Servicios <strong>de</strong>Seguros y Relacionados con SegurosComercio Transfronterizo59


Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entre la República <strong>de</strong> Panamá y la República <strong>de</strong>l PerúOPORTUNIDADES PARA PANAMÁAcceso a Mercados Reglas <strong>de</strong> Origen Facilitación al ComercioAcceso inmediato paranuestras exportacionesactuales hacia Perú.Perú libera el 77% <strong>de</strong> suuniverso arancelario abriendonuevas oportunida<strong>de</strong>s paraexportaciones panameñas.Inversión Propiedad Intelectual Servicios Marítimos Servicios FinancierosIncluye disciplinas mo<strong>de</strong>rnasque garantizan la protección yseguridad jurídica <strong>de</strong> losnegocios entre empresarios<strong>de</strong> ambos países.Acceso directo <strong>de</strong>lInversionista a un sistema <strong>de</strong>Solución <strong>de</strong> ControversiasInversionista-Estado.El Capítulo <strong>de</strong> TransporteMarítimo garantizará un tratono discriminatorio al os buques<strong>de</strong> ban<strong>de</strong>ra panameña, conrespecto al libre acceso a lospuertos, y todas las facilida<strong>de</strong>sgarantizadas por éste.Garantiza la aplicación <strong>de</strong>medidas que permitan elestablecimiento <strong>de</strong> empresasque ofrecen serviciosbancarios, así como lacontratación transfronteriza<strong>de</strong> ciertos seguros como el <strong>de</strong>transporte marítimo <strong>de</strong>mercancías, reaseguros yretrocesión.60


AnexosDESCARGO DE RESPONSABILIDAD“El presente <strong>Documento</strong> Explicativo, es <strong>de</strong> uso ilustrativo, por lo cual su contenido no<strong>de</strong>be ser interpretado <strong>de</strong> manera vinculante ni como reemplazo <strong>de</strong>l Tratado <strong>de</strong> LibreComercio suscrito entre Panamá y Perú. En caso <strong>de</strong> conflictos entre la informacióncontenida en el presente <strong>Documento</strong> Explicativo y el Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio entrePanamá - Perú, prevalecerá en todo momento este último”.Para mayor información, véase el sitio WEB <strong>de</strong>l <strong>Ministerio</strong> <strong>de</strong> Comercio e Industrias www.mici.gob.pa.Para consultas proce<strong>de</strong>r a contactar a la Dirección General <strong>de</strong> Administración <strong>de</strong> TratadosComerciales Internacionales al teléfono: 560-061061


<strong>Ministerio</strong> <strong>de</strong> Comercio e IndustriasOficina <strong>de</strong> Negociaciones Comerciales InternacionalesPanamá, Vía Ricardo J. Alfaro, Plaza Edison, Segundo PisoTel.: (507) 560-0600www.mici.gob.pa

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