210- porque la ·ley no ha hecho salvedad alguna ... - Biblioteca Digital

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- 266-teria regida por la constituci6n, sea contradicha por parte interesada.337. La suprema corte es juez competente para su eonoeimientoY resolución.338. La jurisdicción de la corte puede ejercerse originariamentco en virtud de apelación.339. Procede del primer modo:En todos los casos en que los poderes legislativo y ejecurivos,municipales, corporaciones n otras autoridades públicasdict(,D leyes, decretos o reglamentos, y las partes interesadascomprendidas en sus disposiciones y a quienes deban aplicarse,sc consideren agraviadas por ser contrarios a derechos, exencienes o garantías que estén acordadas por alguna cláusula dela constitución.340. Procede del segundo modo:1° Cuando en un litigio se haya cuestionado la validez deuna ley, decreto o reglamento, bajo la pretensión de ser contrariosa la constitución, en el caso que forme la materia de aquel~. la decisión de los tribunales en última instancia sea en favorde la ley, decreto o reglamento;2~ Cuando en litigio se haya puesto en cuestión la inteligenciade alguna cláusula de la constituciór-, y la resolución delos tribunales en última instancia sea contraria a la validez,1('1 título, derecho, garantía, o exención, que fuere materia delcaso, y que se funde en dicha cláusula;3° Cuando las resoluciones pronunciadas por los tribunaleslo hayan sido con violación de la forma y solemnidadesprcscriptas por la constitución.341. Este recurso puede interponerse, sea confirmatoria osea revocatoria la decisión del tribunal en última instancia, sobre el punto controvertido.342. Cuando se trata del caso del inciso 3.° del art. 340,d,ebc deducirse previamente recurso de nulidad ante el supe­1'101'I'l'spectivo, siempre que la violación pretendida sea de resolu"iónpronunciada en primera instancia.343. El plazo para la interposición de la queja en los casos--~ODi;;~~ ~f~¡o:::i6~~' -;u~ce~o~o s:~~~:to~l e~r~~zd~ei~r:f::::ci:~"o~r::arece de le:atido.

- 266-del arto 339 spd el de un mes, que empezará a correr desdeel día en que la. ley, decreto o reglamento afecte los interesesdel querellante,344. La parte que se considere agraviada presentará escritoa la corte, mencionando la ley, decreto o reglamento impug.nados; citará además la cláusula de la constitución que sostengahaberse infringido, fundando en términos claros y concretosla petición.345. El presidente de la suprema corte substanciará la que.ja oyendo al fiscal de gobierno ruando RC trate de actos pro.venientes de los poderes legislativo y ejecutivo: a los repre.sentantes legales de las municipalidades o corporaciones, y alos funcionarios que ejerzan la autoridad pública, o apoderadosque deberán constituir, citándolos y emplazándolos, paraque se apersonen a responder,346. El término para comparecer y contestar será de nueve(lías, ampliándose en la forma del inciso 1.°, art. 79, Y dirigiéndosecartas de citación cuando fuese necesario.347. Las disposiciones de esta ley sobre constitución dedomicilio legal, formas de las notificaciones y rebeldía, regiorán en la substanciación, con la única excepción de que el fiscalde gobierno será notificado en su despacho y no fijará domieiliolegal.348. El procurador general de la corte será oído en estagestión.349. En seguida se dictará la providencia de "auto!!",observándose 10 (li~nnp!:to pn Ins Ari 9q7 n ~, ~ ;nI"111l.ive dl'¡

- 266-del arto 339 spd el de un mes, que empezará a correr desdeel día en que <strong>la</strong>. ley, decreto o reg<strong>la</strong>mento afecte los interesesdel querel<strong>la</strong>nte,344. La parte que se considere agraviada presentará escritoa <strong>la</strong> corte, mencionando <strong>la</strong> ley, decreto o reg<strong>la</strong>mento impug.nados; citará además <strong>la</strong> cláusu<strong>la</strong> de <strong>la</strong> constitución que sostenga<strong>ha</strong>berse infringido, fundando en térmi<strong>no</strong>s c<strong>la</strong>ros y concretos<strong>la</strong> petición.345. El presidente de <strong>la</strong> suprema corte substanciará <strong>la</strong> que.ja oyendo al fiscal de gobier<strong>no</strong> ruando RC trate de actos pro.venientes de los poderes legis<strong>la</strong>tivo y ejecutivo: a los repre.sentantes legales de <strong>la</strong>s municipalidades o corporaciones, y alos funcionarios que ejerzan <strong>la</strong> autoridad pública, o apoderadosque deberán constituir, citándolos y emp<strong>la</strong>zándolos, paraque se apersonen a responder,346. El térmi<strong>no</strong> para comparecer y contestar será de nueve(lías, ampliándose en <strong>la</strong> forma del inciso 1.°, art. 79, Y dirigiéndosecartas de citación cuando fuese necesario.347. Las disposiciones de esta ley sobre constitución dedomicilio legal, formas de <strong>la</strong>s <strong>no</strong>tificaciones y rebeldía, regiorán en <strong>la</strong> substanciación, con <strong>la</strong> única excepción de que el fiscalde gobier<strong>no</strong> será <strong>no</strong>tificado en su despacho y <strong>no</strong> fijará domieiliolegal.348. El procurador general de <strong>la</strong> corte será oído en estagestión.349. En seguida se dictará <strong>la</strong> providencia de "auto!!",observándose 10 (li~nnp!:to pn Ins Ari 9q7 n ~, ~ ;nI"111l.ive dl'¡

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