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210- porque la ·ley no ha hecho salvedad alguna ... - Biblioteca Digital

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-150 -tramitaci6n del juicio se les reparta dívidendos, a cuenta de loque se le debe. Loe acreedores que <strong>no</strong> presentasen los documentosJustificativos de sus créditos o <strong>no</strong> hubiesen <strong>hecho</strong> verificar losmismos, <strong>no</strong> recibirán los dividendos, ni tendrán derecho a rec<strong>la</strong>­I$clos (art. 756 cód. cit.; JURlSPRUDENoCIA ARGENTINA, 1. 6,p. 151).d) La venta de los bienes es solo facultativa para JOS acreedores)" de ahi que en cualquier estado del juicio, los acreedoresquirografarios pueden, previo pago de <strong>la</strong>s costas eauaídieas y de1(1$ créditos privilegiados, pedir <strong>la</strong> adjudicación de los bienes deldeudor, y en tal caso los bienes le serán adjudicados en condominio,pudiendo conservarlos o dividirlos en <strong>la</strong> forma que determinael código civil, en el titulo «del condominio» (art. 765 eód. cit.).Para <strong>la</strong> adjudicación de bienes rige el principio de que pararesolver <strong>la</strong>s dificultades suscitadas durante el concurso, prima<strong>la</strong> voluntad de <strong>la</strong> mayoría de acreedores (JURISPRUDENCIA ARGEN'­TINA, t. 7, p. 362).En esta adjudicación <strong>no</strong> se requiere ni <strong>la</strong> conformidad deldeudor, ni <strong>la</strong> tasación de los bienes; estos se suponen, sin admitirprueba en contra, que representan el valor de 1as deudas (cám.civ, t. 100, p. 70; t. 127, voto del doctor Saavedra). (1)Obsérvese que cuando <strong>no</strong> <strong>ha</strong>y adjudicación, si el producidod-e los bienes es superior al pasivo debe dlevohrterse IUl deudor elexcedente.e) Las obligaciones del deudor se extinguen cuando <strong>ha</strong>n transeurridotres años desde <strong>la</strong> iniciación (2) del concurso. Si h~bieeecolo o fraude, se necesita el transcurso de cinco años, degpllé..;~un cuando RC trate de bienes inmuebles, <strong>no</strong> es necesaria I~escritura pública, puce el eoncursamicnto de una p

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