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210- porque la ·ley no ha hecho salvedad alguna ... - Biblioteca Digital

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- 232-20 Especificar con c<strong>la</strong>ridad los <strong>hecho</strong>s que alegue por "1parte como fundamento de sus excepciones;3° Observar en <strong>la</strong> contestación <strong>la</strong>s formas prescriptaa para<strong>la</strong> demanda;4° Presentar con el escrito de contestación <strong>la</strong>s escrituras ydocumentos que <strong>ha</strong>gan a su derecho, bajo <strong>la</strong>s reg<strong>la</strong>s estableci.das en el art. 72 con respecto al actor.101. En el mismo escrito de contestación deberá el deman.dado deducir <strong>la</strong> reconvención, si se creyese con derecho a pro.poner<strong>la</strong>.No <strong>ha</strong>ciéndolo entonces, le será prohibido deducir<strong>la</strong> después,~81\"0 su derecho que podrá ejercitar en otro juicio.102. Propuesta <strong>la</strong>. reconvención, o presentándose doeumeutospor el demandado, se dará tras<strong>la</strong>do al demandante, con térmi<strong>no</strong> de nueve días.Las excepciones y <strong>la</strong> reconvención se substanciarán simultáneamentey en <strong>la</strong> misma forma que el asunto principal.103. Con el escrito de contestación a <strong>la</strong> demanda, o a <strong>la</strong> reconvenciónen su caso, el pleito quedará. concluso para prueba,si <strong>la</strong> cuestión fuere de <strong>hecho</strong> o mixta. Si fuere de puro dereeho,se correrá un nuevo tras<strong>la</strong>do por su orden, con lo que quedar6concluso para definitiva.SECCION VIIDe <strong>la</strong> prueba.104. Siempre que se <strong>ha</strong>yan alegado <strong>hecho</strong>s conducellh'sacerca de los cuales <strong>no</strong> hubiese conformidad entre <strong>la</strong>s partes,aunque éstas <strong>no</strong> lo pidan, el juez recibirá. <strong>la</strong> causa a prueba,106. Si <strong>alguna</strong> de <strong>la</strong>s partes F;C opusiese dentro de tercerodía, el juez mandará que comparezcan ambas a <strong>la</strong> audiencia queseñale, a fin de oirlns sobre el recibimiento a prueba. De lo qU~expongan se extenderá acta, y dentro de tres días resolverá eljuez lo que crea justo.yfaf¡~t ·uel~;~ d~Ir::r::n;le~9o,d~u~L~~:' ~:yJ=~~;~~atge~~t , \.~t·. 1]804. _ Véue ley nüm , 3983 (Convención con Italia); 11e~núm. 3192 (Tratado de Montevideo>. arto 2. tratado 4.

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