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- 375-de oficio y para mejor proveer, solicite de 188 autoridades dela caja, resolverá sobre la correcta o incorrecta aplicación de laLEY N.o 11.112.Procedimientos en los juicios de desalojo.¡anc1onada en Buenos Aires, en Abril 29 de 1921.. Promulgada en mayo 9 de 1921.Art. 1.0 - En los juicios de desalojo relativos a fincas urbanasen la Capital federal y territorios nacionales, el actor ydemandado deberán manifestar si en la casa, pieza o departamentolocado existen o no sub-inquilinos. En el primer supuesto,el juez de oficio dará a éstos conocimiento por cédula de la demandaentablada al inquilino principal dentro del término decuarenta y ocho horas de interpuesta, sin que ello importe tenvrlospor parte en el juicio.La sentencia de desalojo se hará conocer a los sub-inquilinospor cédula y el término acordado para el desalojo al inquilinoprincipal, empezará a contarse para todos desde

- 376-LBY R.o 11.187.Modificación a la caja nacional de ahorro postal.8aDclonada en BuIlDOS Aires, en agosto 2 4e 1921.Promulgada lID agosto 4 4. 1921.Art. 1.0 - Se modifica el art. 18 de la 1'€!Y 9527 en los térmi.nos siguientes:Art. 18. - Las sumas depositadas hasta la cantidad de 5.000$ no podrán embargarse ni transferirse ni darse en prenda laslibretas. sin que se admita reclamación alguna a este respecto.Será ig-ualmente inembargable la propiedad urbana o rural quese adquiera por un valor no superior a $ 10.000 con las cantidadesdepositadas en la Caja, que goce de ese privilegio, siempreque la cuenta tenga un mínimum de dos años de antigüedad, yque dos tercio s, al menos del importe a aplicarse se encuentredepositado 6 meses antes de la operación de la compra. El privilegiode la inernbargabilidad subsistirá mientras la propiedadpermanezca en poder del adquirente, su esposa e hijos menores.LEY N.O 11.170Arrendamientos agricolaa.Sancionada en Buenos Aires, en septiembre ~8 de 1921Promulgada en octubre 7 de 1921Art. 10. - Se declaran inembargables y no podrán ser objc·toelel derecho de retención los muebles, ropas y útiles doméstieoselel agricultor, un arado, una rastra, una máquina~C'm}¡l'aelora, una cortadora, un sulky con los arneses correspond ir-ntos, un carro chata con los arneses para siete caballos,]5 caballos o tres yuntas ele bueyes y los arneses indispensablespara atarlos al arado, 2 vacas y sus crías, tres cerdos, los ani·males menores y aves para el consumo de la familia duranteun año, :Y la semilla de la cosecha anual próxima en una can·

- 376-LBY R.o 11.187.Modificación a <strong>la</strong> caja nacional de ahorro postal.8aDclonada en BuIlDOS Aires, en agosto 2 4e 1921.Promulgada lID agosto 4 4. 1921.Art. 1.0 - Se modifica el art. 18 de <strong>la</strong> 1'€!Y 9527 en los térmi.<strong>no</strong>s siguientes:Art. 18. - Las sumas depositadas <strong>ha</strong>sta <strong>la</strong> cantidad de 5.000$ <strong>no</strong> podrán embargarse ni transferirse ni darse en prenda <strong>la</strong>slibretas. sin que se admita rec<strong>la</strong>mación <strong>alguna</strong> a este respecto.Será ig-ualmente inembargable <strong>la</strong> propiedad urbana o rural quese adquiera por un valor <strong>no</strong> superior a $ 10.000 con <strong>la</strong>s cantidadesdepositadas en <strong>la</strong> Caja, que goce de ese privilegio, siempreque <strong>la</strong> cuenta tenga un mínimum de dos años de antigüedad, yque dos tercio s, al me<strong>no</strong>s del importe a aplicarse se encuentredepositado 6 meses antes de <strong>la</strong> operación de <strong>la</strong> compra. El privilegiode <strong>la</strong> inernbargabilidad subsistirá mientras <strong>la</strong> propiedadpermanezca en poder del adquirente, su esposa e hijos me<strong>no</strong>res.LEY N.O 11.170Arrendamientos agrico<strong>la</strong>a.Sancionada en Bue<strong>no</strong>s Aires, en septiembre ~8 de 1921Promulgada en octubre 7 de 1921Art. 10. - Se dec<strong>la</strong>ran inembargables y <strong>no</strong> podrán ser objc·toelel derecho de retención los muebles, ropas y útiles doméstieoselel agricultor, un arado, una rastra, una máquina~C'm}¡l'aelora, una cortadora, un sulky con los arneses correspond ir-ntos, un carro c<strong>ha</strong>ta con los arneses para siete caballos,]5 caballos o tres yuntas ele bueyes y los arneses indispensablespara atarlos al arado, 2 vacas y sus crías, tres cerdos, los ani·males me<strong>no</strong>res y aves para el consumo de <strong>la</strong> familia duranteun año, :Y <strong>la</strong> semil<strong>la</strong> de <strong>la</strong> cosec<strong>ha</strong> anual próxima en una can·

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