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210- porque la ·ley no ha hecho salvedad alguna ... - Biblioteca Digital

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- 312-870. Elegido el contador y aceptado el cargo se le entrega.rán los autos, ~. bajo inventario, los papeles ~r documentos rels,tivos al caudal, para que proceda a formar <strong>la</strong> liquidación.671. Para <strong>ha</strong>cer <strong>la</strong>s adjudicaciones, el contador cuidará deoir a los interesados, a fin de obrar de conformidad con ellosen todo lo que estén de acuerdo, o de conciliar en lo posiblesus pretensiones.672. Concluida <strong>la</strong> liquidación y división, el contador <strong>la</strong> prt\.sentará en papel común, y el juez <strong>la</strong> mandará poner de maní.fiesto en <strong>la</strong> escribaráa por cinco a quince días, con <strong>no</strong>ticia delos interesados, para que <strong>la</strong> examinen, sin perjuicio de lo dispuesto en el arto 27.673. Pasado el térmi<strong>no</strong> sin <strong>ha</strong>cerse oposición, el juez aprrbará<strong>la</strong> cuenta mandando agregar<strong>la</strong> a los autos, con reposicióndel papel sel<strong>la</strong>do correspondiente.674. Si dentro del térmi<strong>no</strong> se hiciere oposición, el juez convocaráa junta a los interesados y al contador para que discutan y acuerden lo que más convenga.676. Si todos los interesados llegasen a estar de acuerdorespecto de <strong>la</strong>s cuestiones promovidas, se ejecutará lo acordadoy el contador <strong>ha</strong>rá en <strong>la</strong> cuenta <strong>la</strong>s reformas couveuidas.676. En caso de <strong>no</strong> <strong>ha</strong>ber conformidad, se consignarán enel acta <strong>la</strong>s razones que se aduzcan y <strong>la</strong>s explicaciones del contador;y en seguida se substanciará <strong>la</strong> oposición, considerán·do<strong>la</strong> como una demanda, por los trámites del juicio que corresponda.677. Si .los que hubiesen impugnado In. cuenta partieionariadejaren de concurrir a <strong>la</strong> primera junta de que <strong>ha</strong>b<strong>la</strong> el art6i 4, se les dará por desistidos, siendo a su cargo <strong>la</strong>s costascausadas. En caso de inasistencia de los peritos, perderún ésotos el derecho a los ho<strong>no</strong>rarios de su trabajo.678. Aprobadas definitivamente <strong>la</strong>s reparticiones, se pro·cederá a ejecutar<strong>la</strong>s, entregando a cada interesado lo que le<strong>ha</strong>ya sido adjudicado, con los títulos de propiedad, dcsP~t'lde ponerse en ellos por el escriba<strong>no</strong> constancia de <strong>la</strong> udJll'dicación.679. El ho<strong>no</strong>rario de los contadores podrá ser fijado con·Art. 671. - Véue ley núm. 10.284, art. 4.

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