La Seguridad Pública en Veracruz... Un reto alcanzable - Inap
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RICARDO GARC¸A GUZM˘NLA SOCIEDAD VERACRUZANAV. Las entidades paramunicipales creadas por dos o másayuntamientos;VI. Los Organismos Autónomos del Estado y los queadquieran tal carácter por mandato de ley;VII. Los Partidos, las Agrupaciones y AsociacionesPolíticas con registro en el estado, y los que recibanprerrogativas en la entidad; yVIII. Las organizaciones de la sociedad civil constituidasconforme a las leyes mexicanas que reciban recursospúblicos, por lo que concierne únicamente a lasobligaciones de transparencia previstas en el artículo8 párrafo uno fracciones II, III, IV, V, VI, VIII, IX, X,XI, XII, XIII, XVII, XIX, XX, XXII, XXIII; párrafosdos y cuatro, así como los artículos 28, 29, 30, ydemás aplicables de las normas de la materia”.Atendiendo a lo señalado en este artículo, resulta irrefutable quedichas instituciones encuadran perfectamente en la fracción I deese precepto y por lo mismo carecen de argumentos jurídicossuficientes para justificar ante los sectores público, social yprivado de la entidad, que no estén aplicando lo dispuesto en elartículo 6° de la Constitución Política del Estado, ni tampoco laLTAIPEV.El incumplimiento de esos ordenamientos por parte de las institucionescitadas conlleva que en los hechos y de acuerdo a loque instruye esta legislación, éstas tampoco están atendiendo lodispuesto en el artículo 6° de la LTAIPEV, cuando ordena quelos sujetos obligados deberán:317
LA SEGURIDAD PÐBLICA EN VERACRUZ... UN RETO ALCANZABLE“I. Hacer transparente su gestión mediante la difusión dela información pública que conserven, resguarden ogeneren;II. Facilitar a los particulares el acceso a la informacióncontenida en la rendición de cuentas una vez cumplidaslas formalidades establecidas en la ley por los sujetosobligados;III. Proteger la información reservada y confidencial,incluyendo los datos que, teniendo el carácter depersonales, se encuentren bajo su resguardo y debanconservar secrecía en los términos de esta ley;IV. Integrar, organizar, clasificar y manejar con eficienciasus registros y archivos;V. Establecer una Unidad de Acceso a la InformaciónPública y nombrar a los servidores públicos que laintegren;VI. Documentar todo acto que derive del ejercicio desus facultades, competencias o funciones, incluso losprocesos deliberativos;VII. Capacitar a los servidores públicos en materia detransparencia, acceso a la información y protección dedatos personales;VIII. Permitir que los servidores públicos del Instituto,debidamente acreditados, puedan tener acceso a todala información pública y a los archivos administrativospara verificar el cumplimiento de las obligaciones queles impone la ley;IX. Adoptar el INFOMEX-Veracruz como sistemaelectrónico que permita de manera remota el ejerciciodel derecho de acceso a la información; y318
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RICARDO GARC¸A GUZM˘NLA SOCIEDAD VERACRUZANAV. <strong>La</strong>s <strong>en</strong>tidades paramunicipales creadas por dos o másayuntami<strong>en</strong>tos;VI. Los Organismos Autónomos del Estado y los queadquieran tal carácter por mandato de ley;VII. Los Partidos, las Agrupaciones y AsociacionesPolíticas con registro <strong>en</strong> el estado, y los que recibanprerrogativas <strong>en</strong> la <strong>en</strong>tidad; yVIII. <strong>La</strong>s organizaciones de la sociedad civil constituidasconforme a las leyes mexicanas que reciban recursospúblicos, por lo que concierne únicam<strong>en</strong>te a lasobligaciones de transpar<strong>en</strong>cia previstas <strong>en</strong> el artículo8 párrafo uno fracciones II, III, IV, V, VI, VIII, IX, X,XI, XII, XIII, XVII, XIX, XX, XXII, XXIII; párrafosdos y cuatro, así como los artículos 28, 29, 30, ydemás aplicables de las normas de la materia”.At<strong>en</strong>di<strong>en</strong>do a lo señalado <strong>en</strong> este artículo, resulta irrefutable quedichas instituciones <strong>en</strong>cuadran perfectam<strong>en</strong>te <strong>en</strong> la fracción I deese precepto y por lo mismo carec<strong>en</strong> de argum<strong>en</strong>tos jurídicossufici<strong>en</strong>tes para justificar ante los sectores público, social yprivado de la <strong>en</strong>tidad, que no estén aplicando lo dispuesto <strong>en</strong> elartículo 6° de la Constitución Política del Estado, ni tampoco laLTAIPEV.El incumplimi<strong>en</strong>to de esos ord<strong>en</strong>ami<strong>en</strong>tos por parte de las institucionescitadas conlleva que <strong>en</strong> los hechos y de acuerdo a loque instruye esta legislación, éstas tampoco están at<strong>en</strong>di<strong>en</strong>do lodispuesto <strong>en</strong> el artículo 6° de la LTAIPEV, cuando ord<strong>en</strong>a quelos sujetos obligados deberán:317