Memoria Anual 2011 - Issfam

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INSTI TUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANASMemoria Anual del ISSFAM 2011página 31h. Becas.El Artículo 138 de la Ley del ISSFAM, menciona que: “…el Instituto estaráfacultado para otorgar becas y créditos de capacitación científica y tecnológicapara los hijos de los militares, de acuerdo con sus recursos y el plan de becas ycréditos, aprobado anualmente por el Ejecutivo Federal”.Durante el período del 1º de agosto al 15 de octubre de 2010, se publicó laconvocatoria para el otorgamiento de Becas-ISSFAM a los hijos del personalmilitar en activo y en situación de retiro del Ejército, Fuerza Aérea y Armada deMéxico, correspondientes al ciclo escolar 2010-2011, asimismo con fecha 15 dejulio de 2011 se publicó la convocatoria para el ciclo escolar 2011-2012.Durante el primer semestre de 2011 fueron entregadas 6,586 becas,correspondientes al ciclo escolar 2010-2011 y durante los últimos cuatro mesesdel año se otorgaron 14,100 del ciclo escolar 2011-2012.El comportamiento total de esta prestación durante el año que se informa, escomo sigue:MesCasosSEDENA SEMAR TotalImporteEne-Jun 2011CicloEscolar2010-2011Sep-Dic 2011CicloEscolar2011-20124,926 1,660 6,586 $15’806,400.0010,866 3,234 14,100 $22’560,000.00Fuente: Dirección de Prestaciones

INSTI TUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANASMemoria Anual del ISSFAM 2011página 32B. SEGUROSa. Seguro de Vida Militar.El Seguro de Vida Militar, tiene por objeto proporcionar una ayudaeconómica a los beneficiarios o familiares de los militares por elfallecimiento de éstos, cualquiera que sea la causa de la muerte, así comoa los militares que hayan causado baja del activo y alta en situación deretiro por incapacidad clasificada en primera o segunda categorías,contraídas en actos del servicio o como consecuencia de ellos.De conformidad con el Artículo 62 de la Ley, “Tienen derecho a esteseguro:I. El personal militar en activo y el que se encuentre en situación deretiro con derecho a percibir haber de retiro;II. Los cadetes y alumnos de los planteles militares que no percibanhaberes;III. Los soldados del Servicio Militar Nacional obligatorio que seencuentren bajo bandera encuadrados en las unidades del Servicio MilitarNacional, del Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México;IV. El personal de los Cuerpos de Defensas Rurales que fallezca en actosdel servicio o a consecuencia de ellos, yV. Los militares procesados o sentenciados que no hayan perdido supersonalidad militar.”Este beneficio, se otorga con base en el Artículo 63 de la Ley, la sumaasegurada se calcula de acuerdo a lo siguiente:Para los beneficiarios de los militares en activo, el equivalente a 40 mesesde haber y sobrehaber que perciba en la fecha del fallecimiento de éste.En el caso de los militares en situación de retiro que estuviere percibiendohaber de retiro, la suma asegurada será el equivalente a 40 meses delhaber de retiro.

INSTI TUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS<strong>Memoria</strong> <strong>Anual</strong> del ISSFAM <strong>2011</strong>página 32B. SEGUROSa. Seguro de Vida Militar.El Seguro de Vida Militar, tiene por objeto proporcionar una ayudaeconómica a los beneficiarios o familiares de los militares por elfallecimiento de éstos, cualquiera que sea la causa de la muerte, así comoa los militares que hayan causado baja del activo y alta en situación deretiro por incapacidad clasificada en primera o segunda categorías,contraídas en actos del servicio o como consecuencia de ellos.De conformidad con el Artículo 62 de la Ley, “Tienen derecho a esteseguro:I. El personal militar en activo y el que se encuentre en situación deretiro con derecho a percibir haber de retiro;II. Los cadetes y alumnos de los planteles militares que no percibanhaberes;III. Los soldados del Servicio Militar Nacional obligatorio que seencuentren bajo bandera encuadrados en las unidades del Servicio MilitarNacional, del Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México;IV. El personal de los Cuerpos de Defensas Rurales que fallezca en actosdel servicio o a consecuencia de ellos, yV. Los militares procesados o sentenciados que no hayan perdido supersonalidad militar.”Este beneficio, se otorga con base en el Artículo 63 de la Ley, la sumaasegurada se calcula de acuerdo a lo siguiente:Para los beneficiarios de los militares en activo, el equivalente a 40 mesesde haber y sobrehaber que perciba en la fecha del fallecimiento de éste.En el caso de los militares en situación de retiro que estuviere percibiendohaber de retiro, la suma asegurada será el equivalente a 40 meses delhaber de retiro.

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