studium-veritatis-17-fondo-editorial-ucss

studium-veritatis-17-fondo-editorial-ucss studium-veritatis-17-fondo-editorial-ucss

josantoniobeni1
from josantoniobeni1 More from this publisher
07.07.2015 Views

PROCESO MIGRATORIO DE LOS PERUANOS:Por otro lado, el Parlamento Europeo y el Consejo de la UniónEuropea, mediante la Directiva de Retorno 7 (2008/115/EC), proponen unadefinición de retorno. Esta es la que sigue:Proceso de vuelta de un nacional de un tercer país, bien seaen acatamiento voluntario de una obligación de retorno, biende modo forzoso a su país de origen, o un país de tránsito conarreglo a acuerdos de readmisión comunitarios o bilaterales o deotro tipo, u otro tercer país al que el nacional de un tercer paísdecida volver voluntariamente y en el cual será admitido. (DiarioOficial de la Unión Europea del 24/12/2008 p. L348/101)Entre otras categorías del retorno destacan tres. Estas son las siguientes:(a) retorno voluntario: según la OIM, se trata del regreso, independienteo asistido, al país de origen, de tránsito u a un tercer país, basado en la librevoluntad de la persona que regresa; (b) retorno voluntario asistido: tras elanálisis de los programas de retorno implementados por diversos países deacogida, así como de algunos de los principales países de emisión de flujosmigratorios, el retorno asistido es el que se produce mediante algún tipo deayuda aportada por el estado, una ONG o un Organismo Internacional; (c)retorno productivo: sobre la base de definiciones extraídas de los programasde retorno productivo, implementados por organismos internacionales yestados, 8 así como de documentos de Naciones Unidas y de la ComisiónEuropea sobre Migración y Desarrollo, se trata de las siguientes: retorno al7Dada el 16 de diciembre de 2008 por el Parlamento Europeo y El Consejo de la UniónEuropea relativa a normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para elretorno de los nacionales de terceros países en situación irregular8Se ha analizado fundamentalmente programas de España, Francia, Alemania y Bélgica.Revista STUDIUM VERITATIS, Año 11, N. 17, 2013 (pp.403-440)— 413 —

Norma Velásquez Rodríguezpaís de origen con la idea de abrir o expandir un negocio; retorno al paísde origen para emprender un proyecto empresarial, ya sea microempresa oempresa familiar, proyecto productivo comunitario o cooperativa ligada alcodesarrollo, o bien una mediana empresa.5. LOS PROGRAMAS DE RETORNO DE LA UNIÓN EUROPEAA continuación presentaremos los principales programas de retornoestructurados en la Unión Europea en los últimos años. Se hace referenciaa los programas realizados en España y el proceso de implementación deproyectos y actividades en relación al retorno.Revista STUDIUM VERITATIS, Año 11, N. 17, 2013 (pp.403-440)Las últimas estadísticas difundidas por el Banco Mundial (2011:38) indican que la inmigración al 2010 a Europa y Asia Central es de 27,3millones o 6,8% de la población (comparado con los 215,8 millones o 3,2%a nivel mundial). De ellos el 56,7% son mujeres inmigrantes, un 0,8%son refugiados. La Unión Europea, ha generado una serie de programasy estrategias referidos al retorno, siendo su política 9 la generación de unespacio de «Libertad, Seguridad y Justicia», donde se busca favorecer ygarantizar la libre circulación de las personas en el territorio de la UniónEuropea (ciudadanos de la Unión Europea y de terceros Estados). Porello, ha desarrollado varios mecanismos de integración, en el año 1992 seestablecen nuevas formas de cooperación en materia de asilo y migración a9El Art. 2 del TUE (antiguo art. A del Tratado de Maastricht). La política de la UniónEuropea busca «Mantener y desarrollar la Unión como un espacio de Libertad, seguridady justicia, en el que esté garantizada la libre circulación de las personas conjuntamente conmedidas adecuadas respecto al control de las fronteras exteriores, el asilo, la inmigracióny la prevención y la lucha contra la delincuencia»— 414 —

PROCESO MIGRATORIO DE LOS PERUANOS:Por otro lado, el Parlamento Europeo y el Consejo de la UniónEuropea, mediante la Directiva de Retorno 7 (2008/115/EC), proponen unadefinición de retorno. Esta es la que sigue:Proceso de vuelta de un nacional de un tercer país, bien seaen acatamiento voluntario de una obligación de retorno, biende modo forzoso a su país de origen, o un país de tránsito conarreglo a acuerdos de readmisión comunitarios o bilaterales o deotro tipo, u otro tercer país al que el nacional de un tercer paísdecida volver voluntariamente y en el cual será admitido. (DiarioOficial de la Unión Europea del 24/12/2008 p. L348/101)Entre otras categorías del retorno destacan tres. Estas son las siguientes:(a) retorno voluntario: según la OIM, se trata del regreso, independienteo asistido, al país de origen, de tránsito u a un tercer país, basado en la librevoluntad de la persona que regresa; (b) retorno voluntario asistido: tras elanálisis de los programas de retorno implementados por diversos países deacogida, así como de algunos de los principales países de emisión de flujosmigratorios, el retorno asistido es el que se produce mediante algún tipo deayuda aportada por el estado, una ONG o un Organismo Internacional; (c)retorno productivo: sobre la base de definiciones extraídas de los programasde retorno productivo, implementados por organismos internacionales yestados, 8 así como de documentos de Naciones Unidas y de la ComisiónEuropea sobre Migración y Desarrollo, se trata de las siguientes: retorno al7Dada el 16 de diciembre de 2008 por el Parlamento Europeo y El Consejo de la UniónEuropea relativa a normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para elretorno de los nacionales de terceros países en situación irregular8Se ha analizado fundamentalmente programas de España, Francia, Alemania y Bélgica.Revista STUDIUM VERITATIS, Año 11, N. <strong>17</strong>, 2013 (pp.403-440)— 413 —

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!