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studium-veritatis-17-fondo-editorial-ucss

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HONOR EN LA MUERTE Y EN EL ARTE– Pertenencia a la clase privilegiada con reconocimiento social ypiadoso.– Poder económico y social que podía ser expuesto públicamente conel respaldo del mayor poder virreinal.– Demostración de piedad religiosa y respeto por la Iglesia, porquedependía de la voluntad del sujeto el lugar en el que finalmente seenterraría, y si aceptaba las condiciones, pues ninguna ley que nofuera la costumbre, lo obligaba.– Demostración de solvencia en la medida que se convocara a losartistas más relevantes del medio y se contribuyera con obras decalidad para la zona asignada.8. LA INSTITUCIÓN RECEPTORALa Iglesia, como institución receptora, también limitaba los beneficiosindividuales que podían restringirse al donante, a este y su cónyuge (s);a su familia inmediata (hijos, nueras, yernos, nietos); a sus descendientesperpetuos o decidir que el beneficiado tenía que compartir el espacio conterceros.La condición de usufructo que se establece entonces adoptadiversas modalidades. De acuerdo al prestigio y rango que el beneficiadotuviera, podía obtener libertad para decidir el aspecto arquitectónico y deornamentación y permitírsele la posibilidad de colocar las divisas heráldicasmás o menos resaltadas en el espacio que le era asignado. Pero no todaslas congregaciones aceptaban derivar estas prerrogativas a terceros, aunquemediara un convenio. En estos casos restringía el trabajo arquitectónico yornamental de acuerdo a los planes que tuvieran establecidos, seleccionabanRevista STUDIUM VERITATIS, Año 11, N. <strong>17</strong>, 2013 (pp.287-323)— 309 —

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