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HONOR EN LA MUERTE Y EN EL ARTEa las clases privilegiadas aunque, en ocasiones, la decisión los condujo a lamiseria.5. DISPOSICIONES TESTAMENTARIASEl primer paso relacionado al lugar de sepultura aparece en las disposicionestestamentarias. El testamento es la última voluntad del individuo que sobretodo procurará la remisión de sus pecados y acogerse al perdón por suserrores mundanos, recurriendo a la reafirmación de su fe, a la intercesión dela Virgen Madre y los santos de su religión, así como a la limosna piadosa.Seguidamente, distribuirá sus bienes, ordenará los asuntos pendientes,para terminar dirigiendo sus exequias. A mayor preocupación respecto a laposibilidad de ser absuelto de pecado, responderá la minuciosidad y severidadde las estipulaciones para el ritual funerario. Antes de especificarlo, el sujetohacía una relación justificatoria de los méritos que sustentaban su aspiración,lo que explica que el discurso testamentario suela aludir a la austeridad y lapobreza como normas de vida que el suscrito declaraba compartir, aunquelas hubiera transgredido. El lugar de enterramiento era significativo. Maríade Escobar, viuda de Fernando de Chávez recibió de los padres mercedariosel derecho absoluto de sepultura para ella y su familia, en la capilla mayor,siempre y cuando cumpliera en construirla de acuerdo a especificacionesprecisas y una donación adicional (Barriga 1944: 18-20 y 42-43) y no fuela única. El otro elemento que buscaba compensar la contradicción, era elseleccionar como mortaja el hábito de una orden mendicante —en ello elfranciscano era el preferido— como signo de humildad y de la protección a laque se acogía el alma del difunto. También pudo cubrir consideraciones másamplias, cuando el hábito-mortaja no coincidía con la Orden del templo enel que se estipulaba el enterramiento. No poca influencia tuvo la insistenciaRevista STUDIUM VERITATIS, Año 11, N. <strong>17</strong>, 2013 (pp.287-323)— 303 —

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