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Comparecen don EDUARDO LAZO ESPINOZA, chileno, casado ...

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<strong>Comparecen</strong> <strong>don</strong> <strong>EDUARDO</strong> <strong>LAZO</strong> <strong>ESPINOZA</strong>, <strong>chileno</strong>, <strong>casado</strong>, empleado, cedula nacional de<br />

identidad W 5.449.489-0, en representacion del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa<br />

autonoma del Estado deL giro de su denominacion, rol unico tributario numero noventa y siete<br />

millones treinta mil guion siete, ambos domiciliados en San Carlos 490, Combarbala, por una<br />

parte y en adelante tambien e indistintamente "el arrendador" y/o " el Banco" y por laotra<br />

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COMBARBALA, persona juridica de Derecho Publico, rol unico<br />

tributario numero 69.041.100-8, representada por el ALcaLde <strong>don</strong> HECTOR CRISOSTOMO<br />

CONTADOR PEREZ, <strong>chileno</strong>, <strong>casado</strong>, empleado, cedula nacional de identidad numero 3.083.070-<br />

9, ambos domiciliados en CombarbaLa, PLaza de Armas W 438, Cuarta Region Coquimbo, en<br />

adelante tamb.ien e indistintamente "el arrendatario", Los comparecientes mayores de edad,<br />

quienes me a


CIILI c~a, t"l UJ-lI~\..V lJuura eJercer atguno de Losderechos que se establecen a su favor en la<br />

clausula decimo septima y ademas exigirle el reembolso de todos Losgastos en que se hubiera<br />

incurrido con motivo de la negativa del arrendatario. Si por causa no imputable al BANCO<br />

llegase a ser cierto que la entrega no podra efectuarse, este tendra derecho a solicitar la<br />

terminacion del contrato y el reembolso de parte del arrendatario de todos Losgastos que se<br />

haya incurrido con motivo de la celebracion del contratoy la adquisicion de Los bienes<br />

arrendados.<br />

CUARTO:El presente contrato de arrendamiento, tendra un plazo fijo de vigencia de TREINTA<br />

Y TRES meses, contados desde la fecha en que se entreguen Losbienes arrendados. .<br />

TITULOQUltiT~;;Em;MiENT~}<br />

I .... .,•... "..,.. _.......J<br />

QUINTO: El arrendatario pagara por concepto de precio del arrendamiento Las siguientes<br />

cantidades:<br />

TREINTAY TRES rentas iguales y sucesivas equivalentes en pesos, moneda corriente nacional<br />

de curso legal a SESENTA Y SIETE COMAVEINTITRESunidades de fomento, mas impuesto al<br />

valor agregado, cada una de ellas, que se pagaran Losdias VEINTEde cada mes a contar del<br />

VEINTEde MARZOdel ana DOSMIL2008.<br />

--....----~~_ ..~<br />

Las partes convienen que si entre la fecha del presente contrato y aquella en que el BANCO<br />

deba pagar el impuesto al valor agregada y Losdemas impuestos y derechas que correspondan<br />

por la adquisicion de Los bienes arrendados, estos se aumentaren 0 se establecieran nuevos,<br />

sera de cargo del arrendatario todo mayor costo, pudiendo optar entre pagarlo al contado 0<br />

dentro del plazo del contra to, conjuntamente con Lasrentas pactadas. Los pagos se haran en su<br />

equivalente en pesos, moneda corriente de curso legal, segun el yalQr vigente que tengaJg<br />

unidad de fomento eldia de pago efe~o. En el caso que el dia del pago corresponda a un dia<br />

inhabil bancario; la·rentase~pagara-'eTdia habil bancario inmediatamente siguiente.<br />

Si dejare de existir una fijacion oficial de la unidad de fomento 0 se modificare la forma en que<br />

actualmente se efectua su determinacion, Lasrentas pendientes de vencimiento seril.n iguales a<br />

la ultima suma pagada bajo el regimen de dicha unidad y se reajustaran en igual porcentaje a<br />

Lavariacion experimentada por eL indice de precios aL consumidor que determine eL Instituto<br />

NacionaL de Estadisticas 0 el organismo que haga sus veces entre eL mes anterior a la fecha de<br />

pago de la ultima renta y el mes anterior a la fecha de pago efectivo de cad a una de Lasrentas.<br />

SEXTO:Habiendo side seleccionados libremente por el arrendatario tanto Losbienes como su<br />

fabricante y/o proveedor y si~99uiridos estos por el BANCOpor instrucciones precisas del<br />

arrendatario y con el unico y exclusivo objeto ,reentregar5e1:osen arrendamlefifO, aquel<br />

declara que exime al arrendador de toda responsabilidad por la falta de entrega oportuna, por<br />

defectos de calidad, de fabricacion, de funcionamiento 0 por ineptitud de Losbienes para el<br />

objeto a que estan destinados segun su naturaleza 0 aquel particular que determine el<br />

arrendatario, por fatlas en sus resultados 0 rendimientos, par falta de repuestas, accesarias,<br />

elementos 0 fatlas en el servicio tecnico. Cualquier reclamacion en este sentido sera formulada<br />

directamente al fabricante y/o proveedor. Con tal objeto, el arrendador cede al arrendataria<br />

sin responsabilidad alguna, cuantos derechos le corresponden para exigir del fabricante y/o<br />

proveedpr el cumplimiento de la garantia y/o Los servicios de mantencion adecuados,<br />

subrogando eLarrendatario al BANCOpara estos efectos.


SEPTIMO:El arrendatario debera mantener a su propio cargo y costa Los bienes en perfecto<br />

estado de funcionamiento, efectuando Las reparaciones que fueren necesarias, debiendo<br />

reemplazar los- repuestos y accesorios, realizar Las inspecciones necesarias y ordenar Los<br />

servicios, eLementos y repuestos adecuados para ello, utilizando en todo caso Los servicios,<br />

eLementos y repuestos recomendados 0 autorizados por eL fabricante y/o proveedor. EL<br />

arrendatario no tendra derecho a reemboLso ni indemnizacion aLguna por Las reparaciones y/o<br />

mantenciones que efectue, ni por Los repuestos, accesorios y cuaLquier otro eLemento que<br />

reempLace 0 incorpore a Los bienes arrendados, Los que perteneceran aL BANCOdesde eL<br />

momenta de su incorporaci6n y no. pod rim ser retirados al termino deL arriendo. Las mejoras<br />

que eL arrendatario introdujere a Los bienes arrendados perteneceran aL arrendador desde eL<br />

momenta de su incorporaci6n y sin derecho de reemboLso de su valor, no pudiendo ser<br />

retiradas ni separadas aL termino deL contrato de arrendamiento, saLvo que hubieran side<br />

expresamente autorizadas por escrito y su retiro no cause detrimento de Los bienes. EL<br />

arrendador no tendra ninguna responsabilidad por Losdanos y perjuicios directos 0 indirectos,<br />

previstos 0 imprevistos que por efecto deL uso y goce de Los bienes arrendados 0 de su<br />

funcionamiento puedan causarse en Lapersona 0 bienes deL arrendatario, de sus dependientes,<br />

familia res 0 de terceros, dicha responsabilidad correspondera unica y exclusivamente aL<br />

arrendatario, el que debera reembolsar al arrendador cualquier suma que este deba pagar por<br />

cuaLquier concepto.<br />

OCTAVO:Sin consentimiento escrito del BANCOel arrendatario no podra hacer modificaciones<br />

o aLteraciones a Losbienes, ni introducirle cambios en su funcionamiento.<br />

NOVENO:Sin consentimiento escrito del arrendador, eL arrendatario no podra mantener Los<br />

bienes arrendados en un inmuebLe de- propiedad de terceros. En eLevento que eLarrendatario<br />

soLicite este consentirriiento, debeni entregar al arrendador una declaraci6n del dueno del<br />

inmuebLe comprometiendose a no ejercer ningun tipo de derechos sobre ellos. Asimismo, sin<br />

consentimiento escrito deL arrendador, eL arrendatario no podra subarrendar Los bienes<br />

arrendados.<br />

DECIMO:El arrendatario reconoce que eL dominio de Los bienes pertenece al BANCOy por Lo<br />

tanto, se compromete a no transferirLos, venderLos, enajenarlos ni ejecutar acto aLguno que<br />

pueda alterar la titularidad de su dominio.<br />

DECIMaPRIMERO:En caso que eL arrendatario tuviere conocimiento de acciones 0 hechos por<br />

Los cuaLes se impugnare 0 desconociere el tituLo de dominie deL 0 se deriven 0 pudiere<br />

derivarse situaciones que amenacen 0 turben eLejercicio de su derecho, debera de inmediato<br />

ponerlo en su conocimiento y ejercitar a su propio cargo cuantas acciones, excepciones 0<br />

reclamaciones fuesen necesarias ante cualquier autoridad que correspond a sea administrativa,<br />

politica 0 judicial, para acreditar el dominie del BANCOsobre Losbienes arrendados.<br />

DECIMa SEGUNDO:El BANCOestara facultado para adherir a Los bienes arrendados placas,<br />

etiquetas u otras marcas que indiquen que Lepertenecen y son de su propiedad, no pudiendo el<br />

arrendatario retirarLas bajo ninguna circunstancia. El arrendatario se compromete a permitir el<br />

acceso aLarrendador, sus agentes 0 dependientes dentro deL horario de Lajornada de trabajo<br />

para que inspeccionen Los bienes arrendados y eL Lugar en que se encuentren ubicados. El<br />

arrendatario se compromete a respetar LasLeyesy regLamentos que reguLen el usa de Losbienes


_______ ••_ ••••••••_~, _I..,V~I\.IVU I HU,<br />

que naoilite a los vehiculos arrendados a circular por dichas vias, como asimismo, el<br />

arren.datario fac~lta des~e ya al arrendador para qu~ debite en SUS-Y.eIlta...corrientetoda s!J.!!1a<br />

de dmero que este tuvlere que pagar por cuenta su a. Para todos los efectos legales el<br />

~to que se suscnoa:-CQi'i··lif'concesioiiana y las respectivas boletas y facturas de cobro<br />

debenin emitidas a nombre del arrendatario. El arrendatario debera cancelar todas las multas<br />

e indemnizadOnes--a- que sea condenado el BANCOcon motivo de infracciones cometidas<br />

directamente 0 por medio de terceros, en virtud 0 con ocasion del uso, goce y utilizacion de los<br />

bienes objeto del presente contrato de arrendamiento.<br />

DECIMOTERCERO:Los bienes arrendados seran entregados al arrendatario ase urados por el<br />

BANCOpor toda la vigencia del contrato de arrendamiento segun Lascondiciones de la po iza e<br />

-veniCillo~Pes":rdO;lnscrit.aen elRegisfro- dErPoliZasae a Superintendencia de Valores y Seguros<br />

bajo el codigo POL 1.98.022, considerando ademas las siguientes coberturas adicionales:<br />

Danos al vehiculo (valor tradicional)<br />

Robo, Hurto Uso No autorizado<br />

Responsabilidad Civil Dano Emergente UF 700<br />

Responsabilidad Civil Dano Moral UF 700<br />

Responsabilidad Civil Lucro Cesante UF 700<br />

Robo de Accesorios (Hasta 10% del valor comercial del vehiculo con tope de UF 50)<br />

Danos materiales a consecuenciade huelga y terrorismo<br />

Danos materiales a consecuencia de actos maliciosos<br />

Danos materiales- a consecuencia de riesgos de la naturaleza<br />

Danos materiales a consecuencia de sismo<br />

Danos materiales a consecuencia de Granizo<br />

Danos materiales por la Carga<br />

Defensa Penal y Constitucion de Fianzas (Hasta UF 100) Optativa con cobro de prima.<br />

Danos propios ocasionados por faenas de carga 0 descarga.<br />

Danos a terceros por la propia carga<br />

Danos propios por Conductores Dependientes<br />

Danos a terceros por Conductores Dependientes<br />

Danos ocasionados al vehiculo en recintos 0 caminos privados 0 alternativos, incluyendo todo<br />

trayecto indispensable para efectuar la labor encomendada a' la materia asegurada.<br />

Todos los riesgos de perdida, destrucci6nj deterioro 0 dano de los bienes, total 0 parcial<br />

cualquiera que sea la causa a que respondan y sin limitacion alguna, incluido el caso fortuito y<br />

fuerza mayor, por hecho 0 culpa del arrendatario, de sus dependienteso terceros,seran<br />

soportados por el. El arrendatario asume tambien l()s riesgos por cualquier accidente producido<br />

por la posesi6n, utilizacion u operacion de los bienes arrendados que ocasione danos en las<br />

personas 0 en los bienes de terceros, los que seran de su entera responsabilidad.


'acuerdo que -e5e"1 equivare~n peso;~E'CIENTOS NOVENT~,~~~xa~~~~T~~~a,~~~<br />

SIETE OCHO unidades de fomento quedando el BANCO facultado expresamente por el<br />

arrendatario para ajustar dicha cantidad si variasen las actuales condiciones.<br />

DECIMO CUARTO: Las partes dejan expresa constancia que los montos y coberturas senaladas<br />

han side determinadas de comun acuerdo por ellas y que, aun cuando el seguro sera tomado<br />

por el arrendador y a ·su nombre, este obra con el expreso consentimiento del arrendatario en<br />

la materia, sin perjuicio de que dichas coberturas 0 las condiciones generales de los seguros<br />

sean modificadas por determinacion de la autoridad correspondiente. El arrendatario se<br />

compromete a respetar todas las condiciones de las polizas de seguro contratadas, cuidando de<br />

evitar que pueda producirse su· resolucion 0 caducidad.EL arrendatario podni, a su propio<br />

cargo, asegurar Los bienes contra cuaLquier otro riesgo. 5in embargo, eL hecho de no hacerlo no<br />

la Liberara de- la responsabilidad estabLecida en La clausuLa septima. Seran de cargo del<br />

arrendatario cuaLquier otro seguro que se tome como consecuencia de La aplicacion deL<br />

presente contrato 0 quepudiera estabLecerse en caracter de obligatorio y que no este<br />

comprendido dentro de Lo estipulado en la presente clausula. Asimismo, la rehabilitacion de<br />

todos Los seguros despues de ocurrido un siniestro sera de cargo y costa deL arrendatario.<br />

DECIMO QUINTO: En caso de siniestro, danG 0 perdida de los bienes, cualquiera sea su causa y<br />

su gravedad, eL arrendatario debera informar de inmediato 0 a mas tardar aLdia siguiente habit<br />

eL accidente "Sobrevenido, indicando su fecha, lugar y circunstancias, asi como La naturaleza y<br />

monto estimado de los danos. 5i eL siniestro fuere parcial, el contrato de arrendamiento<br />

continuara vigente en Los mismos terminos pactados debiendo el arrendatario continuar<br />

pagando con los mlsmos venclmientos las rentas de arrendamiento estipuladas en La clausula<br />

quinta. En caso de que La compania aseguradora no pague la indemnizacion, el arrendatario<br />

debera reparar los bienes arrendados a sus expensas. En el evento que la indemnizacion pagada<br />

sea insuficiente para reparar los bienes, el arrendatario 10 hara a su costa y eL BANCO Ie<br />

entregara dicha indemnizacion cuando los bienes hayan sido' reparadosa su plena y total<br />

satisfaccion. 5i el siniestro fuere totaL y como consecuencia de ello el contrato de<br />

arrendamiento terminare, el arrendatario debera continuar pagando las mismas cantidades<br />

estipuLadas en La clausula quinta y en Las mismas oportunidades alli senaLadas, hasta la fecha<br />

en que La compania aseguradora. pague .al.BANCO la correspondiente indemnizacion. Una vez<br />

efectuado el pago por la compania aseguradora el arrendatario podra soLicitar, dentro de un<br />

pLazo de treil'}ta dias, que el BANCO Le ceda La correspondiente indemnizacion. En tal caso, eL<br />

precio de La cesion sera iguaL a la suma de las siguientes cantidades: 10 pagado entre La fecha<br />

deL siniestro y aquella en que la compania aseguradora pague al BANCO la indemnizacion, mas<br />

el equivalente alas rentas vencidas y/o pendientes de vencimiento hasta el termino<br />

inicialmente pactado y el precio de La venta indicado en la clausula decima sexta. 5i el<br />

arrendatario no solicitare La senalada cesion dentro del pLazo indicado, el BANCO Ie restituira<br />

sin intereses Las cantidades pagadas entre la fecha de ocurrencia del siniestro y aquella en que<br />

la compania aseguradora pague la correspondienteindemnizacion,previa deduccion detoda<br />

cantidad queel arrendatario Ie adeude, por cuaLquier concepto. Atendido que Las partes han<br />

acordado Las coberturas y montos que se contrataran con· la compania aseguradora, eL<br />

arrendatario se compromete a aceptar como siniestro totaL 0 parcial 10 que al respecto<br />

determine La compania aseguradora. En caso que La .indemnizacion que· esta pague por un<br />

siniestro cualquiera, total 0 parciaL fuere insuficiente para reparar integramente 0 sustituir Los<br />

bienes arrendados, eL arrendatario debera hacerlo a sus expensas, en cuyo caso continua ran<br />

apLicandose Las normas del presente contrato, 0 completar aL arrendador una indemnizacion<br />

equivaLente alas rentas pendientes de pago mas eL precio de La venta indicado en la clausula<br />

decima sexta.


DECIMO5EXTO: El presente contrato finalizara irrevocablemente al termino del plazo que se<br />

estipula en la clausula cuarta, sin necesidad de requerimiento previa alguno. Al termino del<br />

plazo, si el arrendatario hubiera cumplido con todas las obligaciones que para el emanan del<br />

presente contrato, podra optar por alguna de las siguientes alternativas:<br />

a) devolver los bienes;<br />

b) celebrar un nuevo contrato de arrendamiento, 0<br />

c) adquirir los bienes arrendados.<br />

Si el arrendatario decidiere hacer uso de la primera opcion, debera entregar los bienes dentro<br />

de los cinco dias habiles siguientes, en el lugar que Ie indique el arrendador, en perfecto<br />

estado de mantencion y funcionamiento sin mas desgaste que el normal de su propio uso. Por la<br />

mora 0 simple retardo en la restitucion de los bienes, el arrendatario debera pagar a titulo de<br />

indemnizacion moratoria por los perjuicios avaluados,' anticipadamente por las· partes, una<br />

suma equivalente al diez por ciento de la ultima renta de arrendamiento, par cada dia 0<br />

fraccion de diade retraso.<br />

5i el arrendatario opta por celebrar un nuevo contrato de arrendamiento, este se regira por las<br />

estipulaciones que oportunamente se acuerden entre las partes y a falta de acuerdo se<br />

entendera que restituye los bienes en las condiciones pactadas precedentemente.<br />

5i el arrendatario opta por adquirir los bienes, para cuyo efecto el Banco Ie formula una oferta<br />

irrevocable, el precio de la compraventa sera igual a la ultima renta pagada en virtud de lo<br />

dispuesto en la clausula quinta mas el impuesto al valor agregado y cualquier otro impuesto<br />

que corresponda como asimismo, cualquier otra cantidad que el arrendatario adeude por<br />

cualquier concepto y su pago se hara al contado dentro de los treinta dias siguientes al<br />

vencimiento de la ultima renta de arrendamiento. La oferta caducara en caso que el<br />

arrendatario incurra en cualquier incumplimiento de-las obligaciones que para elemanan del<br />

presente contrato.<br />

En caso que el arrendatario optare por la alternativa establecida en la letra c) precedente,<br />

debera encontrarse al dia en el cumplimiento de todas, cualesquiera y cada una de las<br />

obligaciones asumidas para con el BANCOcualquiera sea su origen, causa 0 naturaleza.El<br />

arrendatario debera comunicar su decision por escrito dentro de los ultimos treinta dias de<br />

vigencia del contrato. Si no 10 hiciere, se entendera que ha optado por la alternativa indicada<br />

en la letra a), por lo que debera restituir los bienes en la forma y condiciones que se senalan<br />

en esta clausula para ese supuesto.<br />

DECIMO 5EPTIMO: El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que asume el<br />

arrendatario enel presente contrato y especialmente la falta de pago oportuno de una<br />

cualquiera de las rentas pactadas en la clausula quinta, facultara al BANCOpara ejercer a su<br />

opcion, uno cualquiera de los siguientes derechos:<br />

a) dar por terminadoipso-facto el contrato, sin necesidad de tramite ni declaracion judicial<br />

alguna y por 10 tanto exigir la inmediata devolucion de los bienes arrendados retirandolos del<br />

lugar en que se encuentren para trasladarlos allugar de su eleccion, el pago de la totalidad de<br />

las rentas vencidas y en concepto de clausula penal, un treinta por ciento de las rentas que se<br />

encontraban pendientes de vencimiento a la fecha del incumplimiento. En tal caso el<br />

arrendador estara facultado para entrar a los lugares en que se encontraren ubicados los bienes


) exigir de.inmediato y sin sujeci6n a tnimite ni declaraci6n alguna el pago de todas Lasrentas<br />

vencidas y el pago anticipado de todas Las rentas pendientes de vencimiento hasta la<br />

terminaci6n deL contrato, todas Las cuales se consideranin de plazo vencido. En este caso, si<br />

todas Las rentas fuesen pagadas, el arrendatario conservara su derecho a ejercer una de Las<br />

opciones pactadas en La clausula decima sexta, en Losmismos terminos, plazos y condiciones<br />

alli seiiaLadas.<br />

DECIMOOCTAVO:Cualquier pago que el arrendatario realice con posterioridad. a la .fe.~ha<br />

~ctada en eL presente contra to, dara derecho aL arrendador para cobrar el interes maximo<br />

que la ley permite estipular sobre el total de la obligacion insoluta y hasta la fecha de su pago<br />

efectivo. Igual regla se aplicara al reembolso de cualquier gasto que el arrendador deba<br />

realizar por cuenta del arrendatario. El arrendatario declara conocer que en caso de retardo en<br />

el pago de sus obligaciones, el arrendador podra encargar el cobro a terceros, a Losque el<br />

arrendatario queda desde ya obligado a pagarles Loshonorarios y gastos que procedan.<br />

DECIMONOVENO:El arrendador se reserva la facultad de ceder a terceros el derecho de cobrar<br />

Las rentas pactadas en la clausula quinta y/o Los demas derechos que para el emanan del<br />

presente contrato, ya sea en dominio 0 en garantia 0 bien para designar un diputado para su<br />

cobra. Por su parte, el arrendatario no podra ceder a ningun titulo Losderechos que para el<br />

emanan de este contra to. Las partes convienen expresamente que si en virtud del derecho que<br />

se le otorga en la presente clausula, el BANCOprendare a favor de un tercero Loscreditos que<br />

en virtud de este contrato tiene en contra del arrendatario, sera notificacion suficiente para<br />

este el aviso que se le enviare por carta certificada.<br />

VIGESIMO:Seran de cargo del BANCO Los gastos, derechos e impuestos derivados de ·la<br />

celebraci6n del presente contrato de arrendamiento. Los demas gastos e impuestos que tengan<br />

su origen en el contrato de arrendamiento, incluidos aquellos que graven 0 afecten los.<br />

documentos que deban suscribirse 0 aceptarse seran de cargo del arrendatario, asi como<br />

tambien Losque tengan su causa en el incumplimiento de Lasobligaciones que para el emanan<br />

del mismo, incluidas Lascostas procesales y personales.<br />

VIGESIMOPRIMERO: Por el presente instrumento la ILUSTREMUNICIPALIDADE COMBARBALA,<br />

debidamente representada por su Alcalde, confiere mandato especial e irrevocable al BANCO,<br />

jluien lo acepta, para que cargue en ~~!l~miCtpa~la Ilustre ~~.mcipalidp..9<br />

~mb~Tba(a manb~~~tp.r..C?pi,2J~AN_(?_Q~L~~It:~_Q..t£!'J,:!!S ?.9!.:X-S~9~ier,.§.~p. de<br />

dinero que se le adeude al Banco con motlvo de!...gmtJ:a.t:J.l..,dearrendamlento con 0pclOn de<br />

c:Oii1praque da cuenta eLpresente instrumentO:-~-<br />

El mandato conferido es gratuito y sin obligaci6n de rendir cuenta y se mantendra vigente<br />

mientras no se extingan totalmente LasobLigaciones que dan cuenta este instrumento. Se deja<br />

constancia que ha sido otorgado en interes de ambas partes, de manera que es irrevocable en Los<br />

terminos del articulo doscientos cuarenta y uno del C6digo de Comercio.


VIGESIMO SEGUNDO: Para todos Los efectos legales derivados del presente instrumento, Los<br />

comparecientes constituyen domicilio en la ciudad y comuna de Combarbala y se someten a la<br />

competencia de sus TribunaLes de Justicia.<br />

Se facuLta aL portadorde copia autorizada deL presente instrumento para requerirtodas Las<br />

inscripciones, subinscripciones y anotaciones que en derecho correspondan.<br />

La personeria del Alcalde de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COMBARBALA <strong>don</strong> HECTOR<br />

CRISOSTOMOCONTADOR PEREZ consta deL Acta de Proclamacion de fecha 26 de Noviembre del<br />

2004 del Tribunal Electoral de la Cuarta Region Coquimbo y del Acuerdo del Consejo Comunal W<br />

446 de fecha 17 de Octubre del 2007.<br />

La personeria del Agente del Banco Estado de Chile, Oficina Combarbala <strong>don</strong> <strong>EDUARDO</strong> <strong>LAZO</strong><br />

<strong>ESPINOZA</strong>, por Escritura Publica de fecha 25 de Abril de 2007, otorgada en La decimo novena<br />

Notaria de la ciudad de Santiago, de<strong>don</strong> Pedro Ricardo Reveco Hormazabal.<br />

<strong>Comparecen</strong> <strong>don</strong> -Eduardo Lazo Espinoza, etc., en representacion del BANCO DEL ESTADO DE<br />

CHILE, empresa autonoma del Estado del giro de su denominacion, rol unico tributario numero<br />

noventa y siete millones treinta mil guion siete,· ambos domiciliadosen San Carlos A90,<br />

Combarbala por una parte y por la otra ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COMBARBALA, persona<br />

juridica de Derecho Publico, rol unico tributario numero 69.041.100-8, representada por el<br />

Alcalde <strong>don</strong> HECTOR CRISOSTOMO CONTADOR PEREZ, <strong>chileno</strong>, <strong>casado</strong>, empleado, cedula<br />

nacional de identidad numero 3.083.070-9, ambos domiciliados en Combarbala, Plaza de Armas<br />

W 438, Cuarta Region Coquimbo, Los comparecientes mayores de edad, quienes me acreditaron<br />

sus respectivas identidades con Las cedulas mencionadas yexponen:<br />

PRIMERO: Por escritura publica de esta fecha otorgada en esta Notaria, Las partes celebraron un<br />

contrato de arrendamiento sobre un camion marca Mercedes Benz, modele ATEGO 1725 M/48,<br />

ano comercial 2008, nuevo y sin uso, pagandose el precio del arrendamieto con TREINTA Y TRES<br />

rentas iguales y sucesivas equivalentes en pesos, moneda corriente nacional de curso legal a<br />

SESENTA Y SIETE COMAVEINTITRESunidades de fomento, mas impuesto aL vaLor agregado, cada<br />

una de ellas.<br />

Los senalados bienes seran adquiridos por el BANCO DEL ESTADO DE CHILE a solicitud del<br />

arrendatario y con el exclusivo objeto de entregarselos en arrendamiento.<br />

SEGUNDO: Las rentas indicadas en la clausula anterior fueron calculadas considerando que Los<br />

bienes arrendados seran adquiridos por el BANCO DEL ESTADO DE CHILE por un precio equivaLente<br />

a SETENTA Y NUEVEMIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO COMA CERO UN d6lares de Los<br />

Estados Unidos de America, mas impuesto al valor agregado, considerando el valor del dolar a<br />

cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos con ochenta y siete centavos y con una relacion de CERO<br />

COMA CERO DOS DOS CINCO CERO unidades de fomento por cada dolar de Los Estados Unidos de<br />

America.


TERCERO:PoreL presente instrumento Laspartes convienen que, si entre esta fecha y eL segundo<br />

dfa habil siguiente a aqueL en que eL arrendatario comunique aL BANCODEL ESTADODE CHILE La<br />

entrega de Los bienes arrendados, eL precio indicado, impuesto al vaLor agregado, Los demas<br />

impuestos, derechos y gastos que correspondan, la relacion del tipo de cambio variaren, Lasrentas<br />

de arrendamiento seran revisadas considerando el precio efectivamente pagado.<br />

Dicho precio sera acreditado por el BANCO DEL ESTADO DE CHILE con la documentacion<br />

correspondiente. Por Lotanto, Laspartes se obligan a efectuar LaseiiaLada revision y a modificar el<br />

contrato de arrendamiento, si correspondiere, dentro de Los treinta dfas siguientes a la entrega de<br />

Losbienes arrendados.<br />

<strong>EDUARDO</strong><strong>LAZO</strong> <strong>ESPINOZA</strong>,<br />

"BANCOESTADO

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