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EL CODIGO PENAL y LA JURISPRUDENCIA 425<br />

Malversación de caudales. - Si el Fiscal al formular la acusación<br />

solicita para el procesado una pena que no excede de tres<br />

años de prisión, es procedente la excarcelación bajo fianza, y<br />

corresponde confirmar con costas el auto apelado. - Caso:<br />

Poeta J., excarcelación. - Pronunciamiento de la Cámara Criminal<br />

de Rosario, que se registra en el Libro de Autos N9 1,<br />

al (olio 245, y con fecha 25 de Abril de 1933.<br />

Malversación de caudales. - Atento el poco monto del perjuicIo<br />

ocasionado, y los antecedentes del procesado el Tribunal considera<br />

que prima facie la sanción penal aplicable no excederá<br />

de tres años de prisión, por lo que considera que debe<br />

concederse la excarcelaclón bajo fianza y revoca en consecuencia<br />

el auto denegatorio apelado. - Caso: Gaggiani J., excarcelación.<br />

- Pronunciamiento de la Cámara Criminal de Rosario,<br />

que se registra en el Libro de Autos N'! 1, al folio 503, y<br />

con fecha 18 de Agosto de 193:L<br />

Depositar'io infiel. - La negativa de la excarcelación que se funda<br />

en el d ictámen F'lsca! que dice: .. no III'O('('d('" carece en absoluto<br />

de fundamento. l

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