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EL CODICO PENAL y LA JURISPRUDENCIA 407<br />

artículo 63 del C. Penal, por lo que el procesado no puede ser<br />

.considerado reincidente; corresponde conceder la excarcelación<br />

solicitada y revocar el auto que la deniega. - Caso: Fernández<br />

E., excarcelación. - Resolución de la Cámara de Apelaciones,<br />

(1' Sala), que se registra al Libro de Autos Criminales<br />

en el tomo 1, follo 149, y con fecha 21 de Mayo de 1923.<br />

Estafa, condena anterior, reincidencia. - El hecho de haber sufrido<br />

una condena anterior de dos meses de prisión, no es una<br />

razón para considerarlo como un reincidente si ha transcurrido<br />

el tiempo que fija el artículo 53 del C. Penal. En atención<br />

al poco monto de la defraudación es procedente la excarcelación<br />

solicitada. - Caso: J. Callegari, excarcelación. - Resolución<br />

de la Cámara de Apelaciones, (1' Sala), que se registra<br />

en el Libro de Autos Criminales al tomo 11, folio 289, y<br />

con fecha 8 de Abril de 1931.<br />

Doble condena, reincidencia. - Cuando el procesado ha sufrido<br />

con anterioridad dos condenas, es inaplicable la disposición del<br />

artículo 53, y debe ser considerado como reincidente: corresponde<br />

rechazar la excarcelación bajo fianza solicitada. - Caso:<br />

Padilla J., excarcelación. - Resolución de la Cámara de<br />

Apelaciones, (1' Sala), que se registra en el Libro de Autos<br />

Criminales al tomo 11, folio 240, y con fecha 24 de Octubre de<br />

1924.<br />

Reincidencia múltiple, inprescriptibilldad. - Habiendo resuelto la<br />

jurisprudencia de estos tribunales en casos similares, que sólo<br />

la primera condena goza de los beneficios de la prescripción,<br />

debe considerarse al reo como reincidente y por lo tanto declarar<br />

que no es procedente la excarcelación. - Caso: Abruzzesi<br />

R., excarcelación. - Resolución de la Cámara de Apelaciones,<br />

(1' Sala», que se registra en el Libro de Autos Criminales<br />

al tomo 111, follo 693, y con fecha 16 de Enero de<br />

1931.<br />

Defraudación, proceso anterior, reincidencia. - Aunque el procesado<br />

haya tenido un proceso anterior no habiendo sentencia<br />

definitiva en el mismo, no puede ser considerado como reincidente;<br />

teniendo en cuenta el monto de la defraudación, 600 $,<br />

debe concederse la excarcelación bajo fianza y revocarse el<br />

auto que la deniega. - Caso: J. DI Bella, excarcelación. ­<br />

Resolución de la Cámara de Apelaciones, (2' Sala) que se registra<br />

en el Libro de Autos Criminales al tomo XII, follo lO, y<br />

con fecha 12 de Enero de 1926.<br />

Reincidencia en el menor. - La reincidencia de un menor de diez<br />

y ocho años, no puede tomarse en cuenta para resolver su excarcelación.<br />

Pero tratándose de un menor moralmente aban-

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