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EL CODIGO PENAL y LA JURISPRUDENCIA 401 ra de Apelaciones, (3' Sala), que se registra en el Libro de Autos Criminales, al tomo XIV, folio 358, y con fecha 23 de Julio de 1931. Hurtos reiterados. - No procede la excarcelación bajo fianza en el delito de hurto reiterado de cosas avaluadas en sumas mayores y menores de cien pesos. - Caso: Sosa B., excarcelacion. - Resolución de la Cámara de Apelaciones, (1' Sala). que se registra en el Libro de Autos Criminales. al tomo l. folio 35, y con fecha 28 de Diciembre de 1921. Hurtos reiterados. - Habiendo sido rescatadas las bicicletas hurtadas, y teniendo en cuenta el monto de la sustracción, la edad del imputado, y demás circunstancias de individualización, es procedente la excarcelación solicitada por estimar que prima facie no merece una pena superior a tres años de prisión. Caso: Ribota B., excarcelación. - Resolución de la Cámara de Apelaciones. (2' Sala). que se registra en el Libro de Autos Criminales, al tomo XIII, folio 2 O2, Y con fecha 16 de DIciembre de 1929. Robo, excarcelación. - Ante la confesión del procesado que se reconoce participe del delito de robo, y teniendo en cuenta la calificación dada por el articulo 163 inciso 3 9 no procede la excarcelación solicitada. - Caso: Revil L, excarcelación. - Resolución de la Cámara de Apelaciones, (1' Sala), que se registra en el Libro de Autos Criminales, al tomo 11, folio 171, 'Y con fecha 27 de Junio de 1925. Defraudación, excarcelación. - Dado el monto de la defraudación. 8.500 $, la forma como se ha cometido el delito con abuso de confianza. desde que el procesado sabia que estaba obligado a entregar dicha suma a su poderdante, y teniendo en cuenta que de acuerdo a la disposición del articulo 172 del C. Penal la pena puede exceder a tres años de prisión, no corresponde la excarcelación y se revoca el auto que la concede. Caso: P. B. Echagüe, excarcelación. - Resolución de la Cámara de Apelaciones, (1' Sala), que se registra en el Libro de Autos Criminales, al tomo 111, folio 480. y con fecha 6 de Mayo de 1930. Defrau
402 EL CODIGO PENAL y LA JURISPRUDENCIA ma facie a tres años de prisión por lo que corresponde conceder la excarcelación bajo fianza y revocar el auto que la deniega. Caso: Charosky F., excarcelación. - Resolución de la Cámara de Apelaciones, (1' Sala), que se registra en el Libro de Autos Criminales, al tomo 111, folio 756, y con fecha 23 de Mayo de 1932. Defraudación, monto, excarcelación. - Cuando la defraudación alcanza a la suma de dos mil pesos, no procede la excarcelación porque prima facie puede corresponderle una pena superior a tres años de prisión; debe revocarse el auto que la concede. Caso: Felipe Lorenzo, excarcelación. - Resolución de la CAmara de Apelaciones, (2' Sala), que se registra en el Libro de Autos Criminales, al tomo XII, folio 284, y con fecha 10 de Junio de 1926. Defraudación, antecedentes. - Deben influir en la excarcelación bajo fianza los antecedentes del procesado, y aunque el monto de la defraudación alcance a 8.000 $, procede la excarcelación al criterio del tribunal porque prima facie no merecerá una pena mayor de tres años de prisión; corresponde confirmar el auto que la concede. En desidencia el vocal Dr. Del Campo. - Caso: E. R. Schmidt, excarcelación. - Resolución de la Cámara de Apelaciones, (2' Sala), que se registra en el Libro de Autos Criminales, al tomo XII, folio 343, y con fecha 11 de Septiembre de 1926. Defraudación, sentencia condenatoria. - Cuando el Juez ha condenado en su sentencia a tres años de prisión, no puede influir el monto de la defraudación en la excarcelación solicitada y si de las constancias de autos y antecedentes del procesado se desprende que la Cámara no ha de imponer una pena superior, procede la excarcelación y debe confirmarse el auto apelado. - Caso: N. Staffora, excarcelación. - Resolución de la Cámara de Apelaciones, (2' Sala), que se registra en el Libro de Autos Criminales, al tomo XII, folio 362, y con fecha 28 de Septiembre de 1926. Defraudación. - Es excarcelable el delito de defraudación cuando atento al monto de lo defraudado, prima facia no merezca una pena superior a tres años de prisión. - Caso: Garbliatti L., excarcelación. - Resolución de la Cámara da Apelaciones, (3' Sala), que se registra en el Libro de Autos Criminales, al tomo XI, folio 134, y con fecha 21 de Diciembre de 1926. Defraudación y ejercicio Degal de la medicina. - Cuando el agente se encuentra procesado por el delito reiterado de defrauda-
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ma facie a tres años de prisión por lo que corresponde conceder<br />
la excarcelación bajo fianza y revocar el auto que la deniega.<br />
Caso: Charosky F., excarcelación. - Resolución de la<br />
Cámara de Apelaciones, (1' Sala), que se registra en el Libro<br />
de Autos Criminales, al tomo 111, folio 756, y con fecha 23<br />
de Mayo de 1932.<br />
Defraudación, monto, excarcelación. - Cuando la defraudación alcanza<br />
a la suma de dos mil pesos, no procede la excarcelación<br />
porque prima facie puede corresponderle una pena superior a<br />
tres años de prisión; debe revocarse el auto que la concede. <br />
Caso: Felipe Lorenzo, excarcelación. - Resolución de la CAmara<br />
de Apelaciones, (2' Sala), que se registra en el Libro<br />
de Autos Criminales, al tomo XII, folio 284, y con fecha 10<br />
de Junio de 1926.<br />
Defraudación, antecedentes. - Deben influir en la excarcelación bajo<br />
fianza los antecedentes del procesado, y aunque el monto<br />
de la defraudación alcance a 8.000 $, procede la excarcelación<br />
al criterio del tribunal porque prima facie no merecerá<br />
una pena mayor de tres años de prisión; corresponde confirmar<br />
el auto que la concede. En desidencia el vocal Dr. Del<br />
Campo. - Caso: E. R. Schmidt, excarcelación. - Resolución<br />
de la Cámara de Apelaciones, (2' Sala), que se registra en el<br />
Libro de Autos Criminales, al tomo XII, folio 343, y con fecha<br />
11 de Septiembre de 1926.<br />
Defraudación, sentencia condenatoria. - Cuando el Juez ha condenado<br />
en su sentencia a tres años de prisión, no puede influir<br />
el monto de la defraudación en la excarcelación solicitada y si<br />
de las constancias de autos y antecedentes del procesado se<br />
desprende que la Cámara no ha de imponer una pena superior,<br />
procede la excarcelación y debe confirmarse el auto apelado.<br />
- Caso: N. Staffora, excarcelación. - Resolución de la Cámara<br />
de Apelaciones, (2' Sala), que se registra en el Libro de<br />
Autos Criminales, al tomo XII, folio 362, y con fecha 28 de<br />
Septiembre de 1926.<br />
Defraudación. - Es excarcelable el delito de defraudación cuando<br />
atento al monto de lo defraudado, prima facia no merezca una<br />
pena superior a tres años de prisión. - Caso: Garbliatti L.,<br />
excarcelación. - Resolución de la Cámara da Apelaciones,<br />
(3' Sala), que se registra en el Libro de Autos Criminales, al<br />
tomo XI, folio 134, y con fecha 21 de Diciembre de 1926.<br />
Defraudación y ejercicio Degal de la medicina. - Cuando el agente<br />
se encuentra procesado por el delito reiterado de defrauda-