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296 JUAN F. GONZALEZ<br />

cho anteriormente, en este problema se aleja de la doctrina<br />

y está reñido con la técnica.<br />

Entre nosotros ni la voluntad de la víctima, ni la autoridad<br />

paterna, pueden llegar a constituir el derecho lesionado,<br />

desde que nuestro código funda sólo la responsabilidad<br />

en la honestidad de la menor.<br />

* * *<br />

El requisito de la honestidad. - El rapto consensual<br />

según la disposición del artículo que estudiamos, lo constituye<br />

la sustracción o retención con el consentimiento de<br />

la menor. De modo que a este enunciado cabe preguntar<br />

si es necesario también el requisito de la honestidad de la<br />

víctima para configurar el delito.<br />

Creo que si bien es cierto que el artículo no lo menciona<br />

directamente, no podemos olvidar que el rapto<br />

figura bajo el título general de los atentados contra la honestidad<br />

y en consecuencia debemos tener en cuenta, ante<br />

el consentimiento de la menor, el requisito indispensable de<br />

la honestidad como elemento constitutivo del atentado.<br />

El sistema seguido en el rapto consensual, es el que se<br />

sigue en el estupro, y lógicamente no podemos pensar de<br />

otra manera.<br />

Si el legislador como hemos visto, no funda la responsabilidad<br />

en la incapacidad de la menor para otorgar su libre<br />

consentimiento, si tampoco tiene en cuenta la violación de<br />

la autoridad paterna, si ha suprimido una de las finalidades<br />

universalmente reconocidas del delito que son los propósitos<br />

matrimoniales, para fundar la responsabilidad sólo en<br />

las maniobras deshonestas, debemos concluir lógicamente<br />

que la honestidad, y sólo la honestidad, es lo que ampara<br />

el legislador en el rapto consensual.<br />

La falta de honestidad en la menor desvanece la responsabilidad<br />

en el delito de estupro que es un atentado<br />

grave: ¿porqué no podemos aceptar la misma solución en el<br />

rapto? Son infracciones similares y con idénticas finalidades<br />

y en consecuencia debemos aceptar la misma solución.

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