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284 JUAN F. GONZALEZ<br />

no podemos negar en este caso que el derecho lesionado es<br />

la autoridad paterna.<br />

La patria potestad es una autoridad que se confiere<br />

al padre sobre la persona y bienes de sus hijos, y en este<br />

sentido estos están obligados a vivir bajo el mismo techo.<br />

Sustraerlos, retenerlos, fuera del alcance de la voluntad paterna,<br />

aunque sea con el consentimiento de los mismos, es<br />

atentar contra esa autoridad creada y reconocida por la ley.<br />

Nuestro legislador hace caso omiso del concepto del<br />

delito en la doctrina y considera el rapto como un atentado<br />

contra la honestidad. Para llegar a esta clasificación ha tenido<br />

que modificar la ideología que del delito se tiene en<br />

el campo doctrinario. Ha suprimido una de las dos finalidades<br />

universalmente reconocidas, la de la sustracción o<br />

retención realizada con el propósito de contraer matrimonio<br />

con la raptada, para fundar sólo el delito en la sustracción<br />

o retención con propósitos deshonestos.<br />

Esto sentado, el bien jurídico protegido es para nosotros<br />

el de la honestidad, ya que el intérprete no puede corregir<br />

la plana al legislador.<br />

* * *<br />

Sujeto activo y pasivo. - Encuéntrase identificado en<br />

la disposición del artículo que estudiamos, el sujeto activo y<br />

pasivo de este delito. Se refiere al hombre que para satisfacer<br />

sus apetitos carnales, recurre al secuestro como medio<br />

de ejecución y en consecuencia cuando actúa como sujeto<br />

activo del delito otra persona del mismo sexo, debemos desistir<br />

de esta clasificación.<br />

La víctima está siempre identificada en la mujer. Sin<br />

embargo algunos autores como afirma Irureta Goyena, e)<br />

han sostenido que el hombre puede llegar a desempeñar el<br />

papel de víctima en este delito, pero entre nosotros no es<br />

admisible esta manera de pensar, desde gue el legislador ha<br />

identificado expresamente a la mujer como sujeto pasivo.<br />

El Código Italiano desecha el rapto del hombre adulto, pe-<br />

(1) Obras Completas, tomo VI, pá.g.. 77.

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