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EL CODlGO PENAL y LA JURISPRUDENCIA 27<br />

título VI de la partida VII, trata de los enfamados y dice<br />

que (disfamados son algunos omes, por otros yerros que<br />

facen, que no son tan grandes como los de trayciones los<br />

aleues). Según la ley primera la fama (es el buen estado del<br />

ome que biue directamente sugund ley ,e buenas costumbres.<br />

non auiendo en si mancilla, nin mala estanca. E difamamiento<br />

tanto quiere decir, como profacamiento que es<br />

hecho contra la fama del ome, que dizen en latín infamia) .<br />

La infamia podiá venir de un hecho o de la ley y por derecho;<br />

pero no de la palabra y de la voluntad de otro: (desfamado<br />

tortizerarnente un ome a otro de tal yerro que si le<br />

fuese prouado deuria morir o ser desterrado para siempre,<br />

por ende decimos que deue recebir essa mesma pena aquel<br />

que lo enfamó) .<br />

Vése por estas leyes que la fama de cada uno era la<br />

justa opinión que se debía tener sobre su conducta: vivir<br />

derechamente, según la ley y las buenas costumbres. Sin mala<br />

estanca quería decir sin menoscabo.<br />

La difamación tiene, como se vé, antiguas raices en el<br />

idioma, como término que expresa el hecho de herir la fama,<br />

la reputación, la opinión que se tiene de alguno; y es<br />

por la legislación que se comprueba la conformidad del concepto<br />

jurídico con el usual y corriente.<br />

Entre tanto la única referencia a delito contra la fama<br />

que haya quedado en el código penal, es la que se encuentra<br />

en el artículo 472, inciso 2 9 , que sirve para calificar de graves<br />

las injurias, imputación de un juicio o falta de moralidad,<br />

cuyas consecuencias puedan perjudicar considerablemente<br />

la fama, crédito o interés del agraviado. Difamar es, según<br />

los diccionarios modernos (desacreditar a uno publicando<br />

cosas contra su buena opinión y fama) .<br />

3. A la vez que la difamación perdía valor en el tecnicismo<br />

jurídico, surgía en el derecho moderno la palabra calumnia,<br />

con una acepción particular que no corresponde a<br />

la común y antigua del idioma. Más aún, el término no se<br />

hallaba en las leyes; por lo menos no he podido encontrarlo<br />

cuando lo he buscado en ellas.<br />

Los escritores de derecho penal anteriores a la codificación<br />

moderna, llamaban calumnia a la acusación falsa,

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