09.05.2015 Views

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

228 JUAN F. GONZALEZ<br />

coerción, o de la violencia, en estos casos, sería proclamar<br />

la impunidad del delito, porque las mismas víctimas se encargarían<br />

de manifestar su conformidad en virtud del dominio<br />

que ejercen sobre ellas.<br />

Por eso el legislador considera que el esposo o concubino,<br />

por el sólo hecho de vivir de la prostitución de su<br />

mujer, se constituye en reo de lenocinio y así lo establece<br />

en su informe la Comisión de la H. Cámara de Diputados,<br />

que en mi entender nos explica con precisión el verdadero<br />

alcance de la disposición legal que estudiamos, constituyendo<br />

así su más autorizado comentario.<br />

Dice el informe: e) te En esta parte la Comisión ha<br />

introducido modificaciones de importancia sobre el Proyecto<br />

de 1906, que había sido ya modificado por el Diputado<br />

Moreno".<br />

~( ~~ s~'primido d~(sde luego~,la instituc~ón n casas de<br />

prosntucion y la de regentes de las mismas. Mantener<br />

esos enunciados equivale a legalizar ese comercio y darle<br />

una situación de estabilidad inconveniente".<br />

n La reglamentación de la prostitución corresponde<br />

a las municipalidades y éstas pueden hasta prohibir el funcionamiento<br />

de las casas donde se practica. De manera que<br />

la ley no debe erigirlas en instituciones consagrándolas como<br />

tales".<br />

n La Comisión ha introducido también la pena alternativa,<br />

de acuerdo con los principios generales y se ha referido<br />

al factor engaño que es uno de los que más intervienen<br />

cuando se trata de prostituir. Ha tenido a la vista para proyectar<br />

las modificaciones, el proyecto que ha presentado<br />

en las sesiones de este año, contra la trata de blancas, el Diputado<br />

Dr. Angel M. Gimenez". ce Teniendo en cuenta<br />

que en muchos casos la prostitución es impuesta a la mujer<br />

por el individuo que hace con ella vida marital, se castiga<br />

especialmente a éste, aún cuando hubiere mediado el<br />

consentimiento de la mujer".<br />

u Nuestras leyes se han preocupado hasta ahora de<br />

(1) Código Penal, edición otícíal, pá.g. ·189 Y 190.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!