09.05.2015 Views

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

EL CODICO PENAL y LA JURISPRUDENCH 217<br />

hoy excluye la penalidad cuando se trata de la persona de<br />

un menor que es ya moralmente corrompido.<br />

El propio legislador Italiano, percatándose de las dificultades<br />

que trae en la práctica el antiguo sistema realista de<br />

la corrupción efectiva, ha modificado en su reciente código<br />

el precepto y castiga a u cualquiera que comete actos<br />

de libido sobre persona o en presencia de persona menor",<br />

es decir que últimamente ha evolucionado hacia el sistema<br />

de la formalidad del delito, transformando en delito de peligro<br />

lo que antiguamente consideraba de daño.<br />

Todas estas cuestiones desaparecen ante el sistema francés,<br />

que es el adoptado por nuestra legislación, desde que<br />

este sistema lo considera como un delito formal ya que ni<br />

siquiera exige el resultado de los hechos. Basta para la perpetración<br />

del mismo el solo acto o las maniobras. que puedan<br />

importar un peligro para la moralidad del menor, sin<br />

percatarse siquiera del resultado obtenido.<br />

Expuestas sintéticamente ambas doctrinas, vamos a entrar<br />

a considerar el precepto legal ante nuestro derecho positivo.<br />

* * *<br />

Elementos del delito. - Tres son los elementos que<br />

debemos estudiar a los efectos de llegar a una cabal comprensión<br />

del precepto legal: 1Q El sujeto activo; 2 Q El sujeto pasivo;<br />

3Q Los hechos sucedidos o el elemento material.<br />

* * *<br />

lQ El sujeto activo. - En nuestra legislación no se determina<br />

el sexo del sujeto activo, de modo que tanto el hombre<br />

como la mujer, pueden llegar a ser reos de corrupción.<br />

Basta la maniobra o el atentado real capaz de poner en peligro<br />

la moralidad del menor, para que quede configurado el<br />

delito.<br />

Manzini, (t) sostenía interpretando la doctrina del antiguo<br />

código italiano, que el sujeto activo debía ser un co-<br />

(1) Trattato de dlrlUo penale, tomo VI, pág. 682.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!