09.05.2015 Views

procedimientos - Biblioteca Digital

procedimientos - Biblioteca Digital

procedimientos - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

DEL JUICIO ORDINARIO 57<br />

Art. 114.<br />

bunal invoca, no son aplicables á nuestra ley de <strong>procedimientos</strong><br />

que tiene notables diferencias con la española á<br />

que el autor citado se refiere. (1)<br />

2üS.-EI término extraordinario de prueba, como de<br />

exepción, solo aprovecha á la parte que lo solicitó y parar<br />

diligenciar la prueba que se tuvo en cuenta al pedirlo.<br />

(2) Cuando la prueba haya de producirse parte en la<br />

Capital y parte fuera, ó en distintos puntos fuera de ella,<br />

no puede la otra parte aprovechar del término extraordinario<br />

para producir en él la que corresponda al ordinario,<br />

ni usar del término más largo para producir todas las diligencias.<br />

(3)<br />

2Ü9.-Para que pueda otorgarse el término extraordinario<br />

se requiere:<br />

1°. Que se solicite dentro de los diez primeros<br />

días despues de recibido el pleito á prueba.<br />

2°. Que se expresen el nombre ó la residencia de los<br />

testigos que han de ser examinados; ó solamente<br />

la residencia si los hechos hubieran tenido<br />

lugar fuera de la Capital<br />

3° Que se expresen los documentos que hayan de<br />

testimoniarse, indicando los archivos ó registros<br />

donde se encuentren.-Art. 11..!.<br />

210.-La disposición no es limitativa. Con excepción de<br />

las posiciones, (4) todos los medios de prueba permitidos<br />

facultan para solicitar término extraordinario. (5)<br />

(1) Ley de Enj. de 1881. Art. 553 .Y 55G.<br />

(2) JUl'. Civ. V, Sil, VI. XIX, 5(i, V. Rodriguez I, 2:28. En contra,<br />

Jur. Civ. IV, 218, n. r, 1G2, IV. Casariuo 180. Rec. V, 1~).<br />

(3) J ur Como XXIV, 83. Caravantes rr, 38G. Reus I, mlli. .Jur<br />

Civ. V, 3G, VI. En contra, JUl'. Como XCI, 437. Gov ena TY,<br />

9(i. Febrero IV, 275.<br />

(4) Jur. Civ. X, 78, VI. Jur. Como XXXVI, 106.<br />

(5) Jur. Civ. VI, asG. 1.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!