09.05.2015 Views

procedimientos - Biblioteca Digital

procedimientos - Biblioteca Digital

procedimientos - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

46<br />

DEL .nrcto ORlHNAHIO<br />

Art. 87, 95<br />

Consentida esta providencia, no podrá en adelante deducirse<br />

incompetencia por las partes, ni de oficio por los<br />

jueces inferiores ó superiores.-Art. 87.<br />

1GS.-No obstante los términos empleados en el<br />

inciso final y la disposición concordante de la Ley de J u­<br />

risdicción y Competencia de los Tribunales Federales, (1)<br />

la Cámara de la Civil ha declarado de oficio la incompencia<br />

de la justicia ordinaria de la Capital, en juicios que<br />

llegaron á ella por apelación de sentencia definitiva, (2)<br />

estableciendo la doctrina de que el arto 87 solo tiene aplicación<br />

en los casos en que la voluntad de las partes pueda<br />

operar la prórroga de jurisdicción, no en aquellos de jurisdicción<br />

privativa. (a)<br />

Seccion. V<br />

EXCEPCIO~ES PERE~TORIA.S DIWUCIDAS E~ ro R1L-\. DE ARTÍ(TLO<br />

PRÉVIO (4)<br />

§ 29<br />

Hm.-Antes de contestarse la demanda podrán oponerse<br />

préviamente las siguientes excepciones:<br />

10. Cosa juzgada.<br />

ao. Transacción.<br />

ao. Prescripción de treinta años.-Art. 95.<br />

. Ellas, como las dilatorias, deberán oponerse un<br />

tiempo y en un mismo escrito, de acuerdo con el artículo<br />

t;(i. (;»<br />

(1) Ley de .JIII·. .Y Comp. Art. 1-1.<br />

(2) JUl'. Civ, crr, ioa CIV, H7. eXVI, l!)(i.<br />

(a) .Jur. or-. CIlI, 7!1.<br />

(·l) Esbín suprimidos en el Cód.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!