09.05.2015 Views

procedimientos - Biblioteca Digital

procedimientos - Biblioteca Digital

procedimientos - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

302<br />

DEL JUICIO DE ÁRBITROS<br />

Art. 767, 768<br />

1245.-Toda contestación entre partes, antes ó después<br />

de deducida en juicio, y cualquiera que sea el estado este,<br />

puede someterse á la decisión de J ueces árbitros­<br />

Art. 7G7.<br />

1246.-Una cuestión relacionada. con este artículo, que<br />

divide la opinión de los autores es la. de saber si cabe someter<br />

á la decisión de árbitros la misma cuestión que ha<br />

sido resuelta por los Jueces y sobre la cual hay cosa juzgada.<br />

Las leyes recopiladas, (1) Y con ellos Escrich (2) y Caravantes<br />

(3) se pronuncian por la afirmativa; Casarino, entre<br />

nosotros, sostiene lo mismo aunque sin dar razón alguna:<br />

Reus, (4) en cambio sostiene la negativa, que es en mi concepto<br />

la que corresponde, porqne la sentencia ejecutoriada<br />

hace desaparecer la contienda, y el legislador, por más respetable<br />

que sea la institución arbitral, ha debido hacer prevalecer<br />

las decisiones del .Tuez dadas con arreglo á las leyes<br />

del país, por la seriedad misma de las instituciones judiciales<br />

y como homenaje á la cosa juzgada.<br />

Esta es t.unbién la solución que corresponde ante los<br />

términos del articulo, antes ó tlespue» de deducidos en Juicio<br />

/J cualquiera 'lite sea el estado de este} los cuales hacen suponer<br />

juicio pendiente.<br />

1147. -~o púe-len comprometerse en árbitros, bajo pena<br />

de nulidad.<br />

1. 0 - Las cuestiones que versen sobre el estado civil y<br />

capacidad de las personas.<br />

2. 0 - L~s referentes á bienes públicos ó municipales.<br />

3.° - Las que por cualquier cansa requieran la intervención<br />

fiscal.<br />

(t) L ·1, T 17, Lib. 11, Nov. Rec.<br />

(2) Escrich, Arbitro.<br />

(0) Caravantos, rr, Nros, 302 á 308.<br />

(4) Reus, sobre el art, 487.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!