09.05.2015 Views

procedimientos - Biblioteca Digital

procedimientos - Biblioteca Digital

procedimientos - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

18<br />

Art. 28, 29<br />

DISPOSICIONES<br />

GENERALES<br />

61.-En el caso del primer inciso se observará lo<br />

dispuesto en el arto 213. Ocurriendo algunos de los que se<br />

mencionan en los incisos 2° y 3°, el Juez designará el<br />

término por el cual deben ser entregados los autos, atendiendo<br />

á la mayor ó menor importancia de las operaciones<br />

á prácticar. Art. 28.<br />

62.-Un acuerdo extraordinario de la Cámara de lo<br />

Civil de 31 de Marzo de 1890, ha hecho extensiva la concesión<br />

á los Escribanos de Registro cuando deban otorgar<br />

escrituras judiciales, teniendo en cuenta que el arto 26 se<br />

refiere á las partes directamente interesadas, no á los oficiales<br />

públicos que, en esos casos, intervienen por razón de<br />

las funciones que ejercen. (1)<br />

§ 11<br />

na.-Lo relativo á la forma en que han de dictarse las<br />

resoluciones judiciales es materia de la Ley de Organización<br />

de los Tribunales. I~) el Código, sin embargo. deterniua<br />

que las providencias serán dictadas por los .Jueces y Tribunales<br />

y autorizadas por sus Secretarios con la fórmula de<br />

eAnte mi'>. En 1()~ .Juzgudos inferiores serán firmados con<br />

firma entera. si fuesen sentencias definitivas ó autos<br />

interlocutorios con fuerza de definitivos, y con media firma,<br />

si fuesen providr-ncias de mera sustanciación. En las<br />

Cámaras de A pelaciones, las sentencias definitivas serán<br />

firmadas por todos los .Jueces con firma entera; los autos<br />

interlocutorios con fuerza de definitivos con media firma,<br />

y las demás providencias con media firma de solo el Presidente.<br />

..\rt. ~!l.<br />

(;'..1:. En los informes in roce que los letrados pronun-<br />

(1) .JII)·. ('iv. v, 2;¡H, rrr.<br />

(2) Ley Orf!,". Art , 7::, j·l, 82, 83 Y H,1.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!