09.05.2015 Views

procedimientos - Biblioteca Digital

procedimientos - Biblioteca Digital

procedimientos - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

DE LOS IXTERDlCTOR 219<br />

Art. 571<br />

cerse en ella, aun las excepciones de carácter previo deben<br />

oponerse y ser probadas en el acto, sin perjuicio de que<br />

el Juez las resuelva con lo principal; (1)<br />

874.-Las partes deberán llevar los testigos sin necesidad<br />

de citación ni ofrecimiento previo ne la prueba; pero<br />

en el caso de que no quieran concurrir voluntariamente.<br />

podrá pedir que se le cite, antes ó aun en el a .to de la<br />

audiencia, según una resolución judicial (2) qne conc 'ptuo<br />

no es acertada dado el carácter sumario del juicio, porqno<br />

los interesados en él no buscan ciertamente sus testigos<br />

01día de la audiencia, sino que con anterioridad á ella<br />

saben cuales serán y se aseguran de su concurrencia,<br />

pudiendo desde entonces pedir su citación. Para mí,<br />

solo deberá permitirse pedir en el acto de la audiencia<br />

aquellas diligencias que no está en manos del interesado<br />

presentar entonces, tales como informes ó testimonios de<br />

documentos ó actuaciones practicadas en otras oficinas públicas,<br />

ó absolución de posiciones al adversario, esté ó no<br />

presente. (i~)<br />

875.-Cuando la pru-ba no puniera terminarse en la audiencia<br />

designada ó hubiera necesidad de practicar algunas<br />

deligencias fuera de ella. se considerará aquella audiencia<br />

suspendida, y la parte qne no asistiera á ella tendrá, por<br />

consiguiente, derecho ú producir prueba antes de que se<br />

declare cerrada. (4)<br />

87(i.-Dentro de los tres días contados desde que se realizó<br />

el juicio vo rbal, y sin necesidad de citación, ni otra diligencia<br />

de prueba ó t.nunite, pronunciará elJuez s -utencia<br />

(1) JUl'. Civ. X, R~3, UJ. cx xv, mm.<br />

(2) .Jul'. Civ, v. ~OB, 11r.<br />

(B) JUl'. Civ. cxxvn, BHO.<br />

(-1) .Iur. Civ. CXX", BH~I.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!