09.05.2015 Views

procedimientos - Biblioteca Digital

procedimientos - Biblioteca Digital

procedimientos - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

poseer<br />

DE LOS INTERDICTOS 217<br />

Art, 564 á 567<br />

el interdicto á todo tenedor con título suficiente para adquirir<br />

la propiedad (1) de bienes determinados (2) la cual está<br />

ele acuerdo con la letra del artículo 5G4.<br />

863. -Los téminos todo documento Ó prueba demuestran<br />

(lue deben entenderse permitidos los informaciones prévias<br />

sobre el derecho ó el bien ó los bienes objeto del<br />

interdicto, pero no para bonificar el título de propiedad (B).<br />

8G4.-Enseña Caravantes (4,) que la circunstancia de que<br />

nadie posea á título de dueño ó usufructuario, ha de acreditarse<br />

previamente porque no basta que el actor lo asegure,<br />

enseñanza con lo cual no estoy conforme, porque<br />

aparte de que con ello se desnaturaliza el procedimiento<br />

del interdicto, se obliga á producir una prueba negativa,<br />

imponiendo la obligación al actor cuando el propietario ó<br />

usufructuario están en mejores condiciones de hacerlo por<br />

sus respectivas escrituras, y pueden hacerlo en la segunda<br />

parte del juicio.<br />

8Gó.-Si alguno poseyere, no podrá ser privado de su<br />

posesión, sin ser oído y venoido en juicio.-Art. 565.<br />

§ 142<br />

866.-Intentado el interdicto, el .Tuez examina:<br />

lo en que se funde, y si no lo hallare suficiente, negará la<br />

posesión.-Art. 566.<br />

El auto que se dicte en tal sentido es suceptible de los<br />

recursos de revocatoria y apelación, dentro de tercero día<br />

-Art. 5()7.<br />

867.-Ri el Juez hallare suficiente el título, y los bienes<br />

110 estuviesen detentados, mandará llamar, por el término<br />

(1) ,Iur. Civ. IX, 408, rr, CXXIIT, ·l22, CIX, 38.<br />

(~) ,I ur, Civ. IV. RO. I.<br />

(H) JUl'. Civ, LXXXVIII, 38:1.<br />

(4) Caravantes IV, 240.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!