09.05.2015 Views

procedimientos - Biblioteca Digital

procedimientos - Biblioteca Digital

procedimientos - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

2uG DE LA EJECUCIÓN DE LAS SENTENCIAS<br />

Art. 542 á 550<br />

bajo apercibimiento de que no haciéndolo, estará y pasará<br />

por la que presente la otra parte en todo lo que él no<br />

pruebe ser inexacta.-Art. 542.<br />

830.-Presentada la liquidación, el Juez dará vista al<br />

acreedor por el término de seis días.-Art. 543.<br />

Estando este conforme con ella, se procederá á hacer<br />

efectiva la suma que resulte, en la forma prescripta para<br />

cuando se trate de cantidad líquida.-A:-t. 544.<br />

831.-No habiendo conformidad, el Juez recibirá la causa<br />

á prueba por un término que no excederá de treinta días,<br />

--Art. 545- vencido el cual, mandará que se agreguen á<br />

los autos las pruebas que se hayan producido, pudiendo<br />

para mejor proveer correr un nuevo traslado por su orden.'<br />

-Art. 546.<br />

H32.-La sentencia que se dicte será apelable en relación,<br />

debiendo observarse lo dispuesto en los articulos 5()1<br />

á 503 - 5~7.<br />

833.--Bi el deudor no presentase la liquidación en el<br />

término que se le señalare al efecto, podrá la otra parte<br />

presentarla, á fin de que se haga efectivo el apercibimiento,-Art.<br />

548- procediéndose en ese caso con arreglo al artículo<br />

543 -Art. 549.<br />

434 -Si el deudor prestase su conformidad, será aprobada<br />

por el Juez, procediéndose á la ejecución, por la suma<br />

que de ella resulte.-Art. 550.<br />

H3ó.-La sentencia aprobatoria en este caso, será inapelable.<br />

Es una redundancia, puesto que prestada la conformidad<br />

queda excluida la posibilidad de gravamen.<br />

836.-Si el deudor se opusiese, se procederá con arreglo<br />

ú lo prevenido en los artículos 545 á 547, pronunciándose<br />

sentencia en que se aprobará la liquidación presentada por<br />

el acreedor, en todo lo que el deudor no probase ser inexacto,<br />

siendo conforme á las bases fijadas en la sentencia para.<br />

hacerla. Art. sr>1.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!