09.05.2015 Views

procedimientos - Biblioteca Digital

procedimientos - Biblioteca Digital

procedimientos - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

140<br />

DE LAS RECUSACIONES<br />

Art. 366, 367<br />

da ó contestación, en reemplazo del que empezó el juicio, (1)<br />

aun cuando al iniciarlo se hubiera usado de ese derecho; (2)<br />

y se permite al actor recusar al Juez á quien pasan los autos<br />

por recusación del demandado. (3)<br />

569.--EI derecho de recusar es indivisible, en el sentido<br />

de que solo pueden usar de él una vez los que tengan<br />

igual interés en el litigio, aunque sean varios. (4)<br />

570-Procede en los juicios ordinarios como en los sumarios<br />

y ejecutivos-desde que se da audiencia al demandado<br />

en estos últimos-(5) en la jurisdicción contenciosa como<br />

en la voluntaria. ((i)<br />

571.-Deducida una recusación, el Juez deberá resolverla<br />

como prévia á todo otro pedido, sin consideración á la<br />

personería del recusante y sin admitir discusiones al respecto--todo<br />

ello corresponde al Juez á quien pasen los<br />

autos-(7) y una vez aceptada, ni el desistimiento de la parte,<br />

puede nuevamente atribuir el conocimiento de la causa<br />

al primer Juez. (8) Art. 18, Ley 41~8.<br />

~ 88<br />

572.--Fuera del caso de excepción que establece el artículo<br />

3fi6, los Jueces superiores é inferiores: solo pueden ser re-<br />

(1) JUl'. Civ. VI, 3!JO, JI .<br />

.(2) Véase el fallo que antecede.<br />

(3) JUl'. Civ. IV, 241, 1. JUl'. Como LllI, 26i>. LIX, 347. LXXI, 72<br />

Según Rodriguez ll, 8!', cuando el demandado no contesta la demanda.<br />

puede hacerlo más tarde en el primer escrito.<br />

.(4) .Iur. Civ. Ir,4U), VI.<br />

(f» .Iur. Civ. IX, 1H4, IV..Iur, Como XXI, 07!,. EII contra Alcorta<br />

.vZehall08 IV, 165.y 18a.<br />

«(j) JUl'. Civ. Vlll,124, lll.<br />

(7) JUl'. Civ. X, H20, IV. CXll, 1!J2. JUl'. Como XC, 85.<br />

(8) JUl'. Civ. V, 240, VI. XVI, 39!J, V. CXV, 4Ia. r.XVI, lAB.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!