09.05.2015 Views

procedimientos - Biblioteca Digital

procedimientos - Biblioteca Digital

procedimientos - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

12.J.<br />

DE LOS REC1'RSOS<br />

Art. 238<br />

jucio, ó incurrido en algún defecto de los que por expresa<br />

disposición de derecho anulen las actuaciones-c-Art. 237.<br />

i)()3.-Como todos los recursos, supone agravio y perjuicio<br />

causado al litigante, y en consecuencia no podrá deducirce<br />

por el que resulte favorecido en la resolución ó<br />

cause las actuaciones nulas. (1)<br />

:)()!.---El Superior no podrá conocer de él si no se ha interpuesto<br />

en primera instancia en el término de ley; (2)<br />

pero puede declarar de oficio la nulidad de las sentencias, si<br />

la. cansa que las invalida. afecta principios de orden público,<br />

(B) ó cuando no se hayan guardado las formas sustanciales<br />

del juicio. (.J.) ó el fallo no se ajuste á lo alegado y<br />

probado, (ó) y siempre que se viole el arto 217 cuyas formalidarles<br />

s~ consideran esenciales para la validez de las<br />

sentencias. (ji)<br />

¡jO:). -Solo podrá deducirse el recurso de nulidad contra<br />

los autos ó se-ntencias de que pueda interponerse apelación.<br />

No habiendo lugar al recurso de apelación, no lo habrá<br />

tampoco al de nulidad.v-Art, 238.<br />

ÓOG.-EI recurso de nulidad se interpondrá conjuntamente<br />

y un el mismo término que el de apelación.-Art. 239.<br />

ó07.-Pero esto no impide que se puedan interponer en<br />

escritos separados, dentro del término. (7)<br />

508. Si el .ruez omitiera pronunciarse sobre el recurso<br />

deducido ó lo negara, la parte deberá reclamar de lo pri-<br />

(1) Jur. Civ. IX, 165, I. XlII, 240, V. CIV, 331.<br />

(2) Jur. Civ. CXLI. 4'21. Jur. Como LT, 285. LXXXIV, 161.<br />

(H) Jur, Civ. CXT, 307.<br />

(4) .JUl'. Civ, l. 1R0, 240 Y 30G, n.<br />

(5) .JUl'. Civ. IX, (iH, I.<br />

(6) .Iur. Civ. IV, 107, IV.<br />

(7) .JUl'. Civ, IV, 257, IV. En contra. Rodrigue? 1, 380.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!