Documento completo - Organismo Judicial
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CENTRO NACIONAL DE ANÁLISIS Y<br />
DOCUMENTACIÓN JUDICIAL<br />
siempre que estas no sea incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional<br />
ni con los derechos humanos internacionales reconocidos. Siempre que sea necesario deberán establecerse<br />
procedimiento para solucionar los conflictos que puedan surgir en la aplicación de este principio.<br />
CONSIDERANDO:<br />
Que la constitución Política der la República de Guatemala en su artículo cincuenta y ocho establece: Que se<br />
reconoce el derecho de las personas y de las comunidades a su identidad cultural de acuerdo a sus valores, su<br />
lengua y sus costumbres. En este caso los comparecientes solicitaron que se aprueba el convenio por el cual han<br />
dispuesto los señores: FRANCISCO AGUSTIN AGUSTIN Y MAGDALENA LOPEZ dejar herencia sus hijas: MARTA<br />
AGUSTIN LOPEZ, SILVERIA AGUSTIN LOPEZ, ROSA SALVADOR GARCIA, JUANA SALVADOR GARCIA Y<br />
ESTELA AGUSTIN LOPEZ en partes iguales y estas a su vez se comprometieron a cuidar, auxiliar y pasar una<br />
Pensión Alimenticia para sus señores padres como muestra de agradecimiento y respeto entre ellos y a sus<br />
autoridades, para transferirse de generación en generación la tenencia de la tierra y poder entrar a la posesión del<br />
bien y contribuir al sostenimiento y cuidado de sus padres y con plena conciencia de haber hecho las cosas en<br />
espíritu de paz, armonía y tranquilidad, por lo que concurren ente la autoridad local como una manifestación de<br />
respeto a la tierra y a sus costumbres y tradiciones y acuden a la autoridad local para que apruebe sus manifestación<br />
de voluntad contenida en el acta que antecede manteniendo siempre el respeto familiar.<br />
CITA DE LEYES:<br />
Artículos: 1-2-3-4-5-23-29-35-39-47-489-49-50-51-52-53-54-55-56-57-28-59-60 de la Constitución política de la<br />
República de Guatemala; 141-142-143 de la Ley del <strong>Organismo</strong> <strong>Judicial</strong>; 1-2-3-4-5-6-7-8-13-14-15-16-17-18 del<br />
Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribunales en países independientes.<br />
POR TANTO:<br />
Este juzgado con fundamento en lo considerado y leyes citadas al resolver DECLARA: I) Aprobar El convenio<br />
celebrado entre los señores FRANCISCO AGUSTIN AGUSTIN, MAGDALENA LOPEZ, MARIA AGUSTIN LOPEZ,<br />
SILVERIA AGUSTIN LOPEZ, ROSA SALVADOR GARCIA, JUANA SALVADOR GARCIA Y ESTELA AGUSTIN<br />
LOPEZ en cuanto a la Pensión Alimenticia fijada y a la distribución del inmueble que pertenece al señor FRAN-<br />
CISCO AGUSTIN AGUSTIN. II) Se les hace saber a los comparecientes que para la distribución del inmueble<br />
deben concurrir ante notario a legalizar la división definitiva del terreno y otorgarse las escrituras respectivas,<br />
debiendo respetar el derecho de sus familiares. III) Notifiquese.<br />
FABIAN HERIBERTO JULIAN SOSA, JUEZ DE PAZ; ANTONIO PEREZ FELIPE, SECRETARIO.<br />
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