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cata espa revision 06252010 [todo] - Instituto de Banca y Comercio

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a) Cuando se trate <strong>de</strong> estudios completados en otra universidad, la transferencia o convalidación<br />

se resolverá por el Registrador o el Director Académico <strong>de</strong>l recinto correspondiente,<br />

aplicando criterios <strong>de</strong> similitud <strong>de</strong> contenido y carga lectiva entre las asignaturas.<br />

b) En los estudios conducentes a grados oficiales, cursados en universida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> Puerto Rico o<br />

USA, podrán ser convalidadas aquellas asignaturas cuyos contenidos y <strong>de</strong>strezas sean<br />

coinci<strong>de</strong>ntes en una proporción no inferior al 80% y siempre que la carga lectiva en horas no<br />

sea inferior.<br />

c) Cuando se trate <strong>de</strong> estudios cursados y superados en una universidad extranjera, conducentes<br />

a un titulo universitario oficial en el correspondiente país, la convalidación será resuelta<br />

utilizando el criterio anterior y en adición se requerirá una certificación por una agencia<br />

pública o privada especializada en certificar asignaturas tomadas en el extranjero.<br />

II - Exámenes <strong>de</strong> Reto<br />

Definición - El estudiante que entienda que posee el conocimiento o <strong>de</strong>strezas que se enseñan en una<br />

asignatura en particular, bien sea por ya haber cursado estudios profesionales (acreditados o no<br />

acreditados), por experiencias <strong>de</strong> trabajo o por otras condiciones especiales, pue<strong>de</strong> retar la asignatura por<br />

medio <strong>de</strong> exámenes. En el examen <strong>de</strong> reto se evaluará su conocimiento y las <strong>de</strong>strezas que se enseñan en<br />

la asignatura que se esté retando.<br />

1. Solicitud - El estudiante solicitará retar una asignatura cuando esta aparezca en su programa <strong>de</strong><br />

clases. En tal caso, durante el proceso <strong>de</strong> su matrícula, el estudiante solicitará “retar” la<br />

asignatura, presentando en el Departamento <strong>de</strong> Registraduría un formulario <strong>de</strong>nominado<br />

Solicitud <strong>de</strong> Examen <strong>de</strong> Reto.<br />

2. Los cargos correspondientes a las asignaturas retadas, inicialmente se diferirán hasta que el<br />

estudiante tome el examen y obtenga los resultados correspondientes. En la mayoría <strong>de</strong> los casos,<br />

esto ocurrirá en la primera semana <strong>de</strong>l término. En caso <strong>de</strong>l estudiante aprobar el examen, se le<br />

eximirá <strong>de</strong> tomar la asignatura retada y <strong>de</strong> pagar por la misma. En el caso <strong>de</strong> no aprobarlo, el<br />

estudiante tendrá que pagar y tomar la asignatura.<br />

3. El costo <strong>de</strong> cada examen <strong>de</strong> reto será $50.00 por crédito.<br />

4. No podrán retarse más <strong>de</strong> dos asignaturas por término académico. Tampoco se aceptarán retos a<br />

una asignatura fuera <strong>de</strong>l periodo <strong>de</strong> matrícula regular o tardía.<br />

5. El examen <strong>de</strong> reto para una asignatura en particular será diseñado y administrado por el profesor a<br />

quien se asigne la clase durante el término en que se reta dicha clase. Dicho examen pue<strong>de</strong> ser <strong>de</strong><br />

forma escrita, oral o ser una evaluación <strong>de</strong> alguna práctica (Ej. corte <strong>de</strong> vegetales, dibujar un<br />

plano, redactar una carta, etc.). El profesor certificará haber administrado el examen y adjudicará<br />

una nota <strong>de</strong> “aprobado”, si el estudiante obtiene una puntuación igual o mayor al 70% <strong>de</strong> la<br />

puntuación máxima o no-aprobado, si la puntuación es menor al 70%.<br />

6. En las certificaciones académicas, se hará constar las asignaturas o materias que han sido<br />

“retadas” con una anotación <strong>de</strong> “YR”, que se interpretará como que la asignatura fue retada y<br />

aprobada. Para los efectos <strong>de</strong>l promedio acumulativo no se consi<strong>de</strong>rará la clase en el cómputo <strong>de</strong>l<br />

promedio acumulativo (GPA).<br />

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