17.04.2015 Views

MIGRACIONES Y DERECHOS HUMANOS EN LA REGIÓN ANDINA ...

MIGRACIONES Y DERECHOS HUMANOS EN LA REGIÓN ANDINA ...

MIGRACIONES Y DERECHOS HUMANOS EN LA REGIÓN ANDINA ...

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

En ese sentido, queda claro que la competencia para agendar y programar la política<br />

migratoria en los aspectos que más afectan la seguridad y protección de las personas<br />

migrantes, se mantienen en el Ministerio del Interior y que <strong>MIGRACIONES</strong> cumplirá<br />

funciones ejecutivas. Por tanto, esta transformación no ha significado un cambio cualitativo en<br />

términos de una perspectiva de rectoría (capacidad para agenda y programar política pública).<br />

Una similar reflexión puede realizarse respecto a la creación de la Mesa de Trabajo<br />

Intersectorial para la Gestión Migratoria que también tiene como objeto “coordinar, evaluar,<br />

proponer, priorizar y supervisar políticas y acciones vinculadas a la gestión integral<br />

migratoria”, pero cuyas funciones no superan la capacidad de proponer, por ejemplo,<br />

“lineamientos de la política de la gestión integral migratoria en el Perú, así como de planes,<br />

programas y proyectos en dicha materia”. En ese sentido la Mesa, como su propio nombre lo<br />

establece es órgano de coordinación intersectorial, cuya creación no implica una reducción de<br />

las atribuciones que en materia de orden interno mantiene inalterable el Ministerio del Interior.<br />

La principal implicancia de lo expuesto es que se mantiene una perspectiva de “seguridad<br />

interna” de los procedimientos migratorios, incluyendo los procedimientos administrativos<br />

sancionadores, lo que supone pocas posibilidades de tener a corto plazo una incorporación de<br />

nuevas normas o modificaciones que subsanen las incompatibilidades entre la legislación<br />

migratoria peruana y los estándares internacionales y que transformen la lógica policial de los<br />

procedimientos descritos. En pocas palabras, <strong>MIGRACIONES</strong> tendrá autonomía operativa,<br />

pero de “agendación”, pues esta seguirá respondiendo a la delimitación, urgencia y al<br />

perímetro del problema que impone una perspectiva de seguridad interna.<br />

Es importante mencionar que la creación de <strong>MIGRACIONES</strong> puede ser problemática, debido<br />

a la incorporación de competencias que podría vulnerar algunos derechos de las personas<br />

migrantes. Por ejemplo, el Decreto Legislativo 1130 establece que MGIRACIONES puede “l)<br />

Constatar los lugares consignados como domicilio, trabajo, estudio, alojamiento y otros,<br />

cuando exista causa justificada, a fin de verificar el cumplimiento de la normativa vigente”, lo<br />

71

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!