17.04.2015 Views

MIGRACIONES Y DERECHOS HUMANOS EN LA REGIÓN ANDINA ...

MIGRACIONES Y DERECHOS HUMANOS EN LA REGIÓN ANDINA ...

MIGRACIONES Y DERECHOS HUMANOS EN LA REGIÓN ANDINA ...

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

prohíbe la entrega de personas con asilo político al país cuyo gobierno lo persigue”<br />

(Artículo 36).<br />

- Tampoco se ha identificado normativa alguna que establezca la prohibición de<br />

deportaciones que puedan implicar vulneraciones contra personas con derechos<br />

específicos, como:<br />

o Las mujeres (el Comité de Derechos Humanos ha establecido en sus Comentarios<br />

Generales algunos ejemplos, como la prohibición de deportar a mujeres que tienen<br />

el riesgo de sufrir la “mutilación femenina” a su regreso al Estado del que son<br />

nacionales, o alguna otra que acarree la violación al artículo 6º o 7º de la<br />

Convención);<br />

o Los niños, niñas y adolecentes (De conformidad con la Convención sobre los<br />

derechos de los Niños, “[…]toda solicitud hecha por un niño o por sus padres para<br />

entrar en un Estado Parte o para salir de él a los efectos de la reunión de la familia<br />

será atendida por los Estados Partes de manera positiva, humanitaria y expeditiva.<br />

Los Estados Partes garantizarán, además, que la presentación de tal petición no<br />

traerá consecuencias desfavorables para los peticionarios ni para sus familiares”.<br />

o Tampoco se ha identificado legislación que impida la exclusión de una persona<br />

portadora del VIH/SIDA (La CIDH concluye que enviar conscientemente a una<br />

persona a su país de origen, a sabiendas de su actual régimen de atención médica y<br />

del insuficiente acceso en el país receptor a servicios similares de salud, sería<br />

violatorio de sus derechos y constituiría una sentencia de facto a un sufrimiento<br />

prolongado y una muerte prematura) 182 .<br />

- No se ha podido determinar que reglas son aplicables a las órdenes de expulsión no<br />

ejecutadas. Por lo general, estos casos responden a problemas fácticos y jurídicos<br />

(insuficiencia de recursos humanos o materiales, protección de derechos de los extranjeros,<br />

etc.).<br />

- La Constitución si ha establecido una restricción para la extradición de personas pues ésta<br />

solo puede realizarse “por el Poder Ejecutivo previo informe de la Corte Suprema, en<br />

182<br />

CIDH. Informe No. 63/08[1]. Caso 12.534 Admisibilidad y Fondo. Andrea Mortlock v. Estados Unidos. 25 de julio de<br />

2008.<br />

58

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!