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Consumidor Hispano Magazine - Abril, 2015

Consumidor Hispano Magazine is an annual publication published by Vega Pages. It features over 200 pages of tips and information that help you choose professional services in DC, Maryland & Virginia. For a free copy, email your address to: franciscovega@mac.com or call us at: 703-408-1411 Consumidor Hispano Magazine es una revista anual publicada por Vega Pages. Contiene más de 200 páginas con información y consejos sobre cómo escoger servicios profesionales en Washington DC, Maryland y Virginia. Para adquirir una copia gratis, mándenos su dirección por correo electrónico a: franciscovega@mac.com o llámenos al: 703-408-1411

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Consumidor Hispano Magazine es una revista anual publicada por Vega Pages. Contiene más de 200 páginas con información y consejos sobre cómo escoger servicios profesionales en Washington DC, Maryland y Virginia. Para adquirir una copia gratis, mándenos su dirección por correo electrónico a: franciscovega@mac.com o llámenos al: 703-408-1411

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<strong>Consumidor</strong><br />

<strong>Hispano</strong><br />

<strong>Consumidor</strong> <strong>Hispano</strong> <strong>Magazine</strong>, a division of Vega Pages<br />

Visítenos en... www.<strong>Consumidor</strong><strong>Hispano</strong>.com<br />

motiven la muerte o incapacidad del<br />

asegurado a causa de actividades previstas<br />

en la póliza.<br />

Seguro de asistencia de viajes: Aquel<br />

seguro conducente a resolver las incidencias<br />

de diversa naturaleza que le<br />

hayan surgido durante un viaje.<br />

Seguro de automóviles: Aquel que<br />

tiene por objeto la prestación de indemnizaciones<br />

derivadas de accidentes<br />

producidos a consecuencia de la<br />

circulación de vehículos.<br />

Seguro de enfermedad: Es aquel que<br />

en caso de enfermedad del asegurado,<br />

se le entrega una indemnización prevista<br />

previamente en la póliza.<br />

Seguro contra incendio: Aquel que<br />

garantiza al asegurado la entrega de la<br />

indemnización en caso de incendio de<br />

sus bienes determinados en la póliza<br />

o la reparación o resarcimiento de los<br />

mismos.<br />

Seguro de orfandad: Aquel que tiene<br />

por objeto la concesión de una pensión<br />

temporal a favor de los hijos menores<br />

de 18 años en caso de fallecimiento del<br />

padre o de la madre de los que dependan<br />

económicamente.<br />

Seguro contra robo: Aquel en el que el<br />

asegurador se compromete a indemnizar<br />

al asegurado por las pérdidas sufridas<br />

a consecuencia de la desaparición<br />

de los objetos asegurados.<br />

Seguro de transporte: Aquel por el que<br />

una entidad aseguradora se compromete<br />

al pago de determinadas indemnizaciones<br />

a consecuencia de los daños<br />

sobrevenidos durante el transporte de<br />

mercancías.<br />

Seguro de vida: Es aquel en el que el<br />

pago por el asegurador de la cantidad<br />

estipulada en el contrato se hace dependiendo<br />

del fallecimiento o supervivencia<br />

del asegurado en una época<br />

determinada.<br />

La variedad es muy amplia e incluso se<br />

pueden negociar contratos no previstos<br />

por la aseguradora.<br />

Algunos ejemplos menos comunes<br />

son:<br />

Asegurar una parte del cuerpo. Las<br />

piernas, el pecho, la nariz, etc.<br />

Asegurar un sorteo. Si sale premiado<br />

lo paga la aseguradora, y si no sale la<br />

aseguradora ha ganado.<br />

Seguro de vehículos de un día de duración.<br />

Por ejemplo, vehículos antiguos<br />

que se conducen uno o pocos días al<br />

año.<br />

Seguro de título inmobiliario. También<br />

llamado seguro de título, es un tipo<br />

de seguro creado en los Estados Unidos<br />

para proteger toda clase de compraventa<br />

inmobiliaria o gravamen sobre<br />

inmueble. Según Carlos Odriozola,<br />

autor del primer libro escrito sobre el<br />

tema en idioma castellano “El Seguro<br />

de Título Inmobiliario”, el seguro de título<br />

es un convenio de indemnización,<br />

pues colateralmente a una operación<br />

principal, que puede ser la compraventa<br />

o la hipoteca, la aseguradora<br />

se obliga a indemnizar al asegurado<br />

en el caso de que este tuviera alguna<br />

pérdida causada por acciones iniciadas<br />

por un tercero.<br />

En algunos casos es obligatorio por ley<br />

tener un seguro, por ejemplo:<br />

Seguro obligatorio de vehículos, que es<br />

el seguro básico del ramo más amplio<br />

del seguro del automóvil.<br />

Seguro de perros considerados peligrosos.<br />

Seguro de caza.<br />

Seguro de daños materiales o de caución.<br />

En estos casos los poderes públicos<br />

entienden que la peligrosidad de<br />

ciertas actividades es suficiente para obligar<br />

a quien las efectúa a contratar un<br />

seguro que proteja a terceras personas<br />

de los daños que se puedan causar.<br />

Otros contratos pueden venir obligados<br />

por un contrato anterior. Es muy<br />

habitual en una hipoteca tener que<br />

asegurar el bien hipotecado a favor del<br />

acreedor.<br />

La Póliza de Seguros<br />

La póliza es el instrumento escrito en<br />

el cual constan las condiciones del<br />

contrato. Aunque no es indispensable<br />

para que exista el contrato, la práctica<br />

aseguradora la ha impuesto sin excepciones.<br />

La póliza es el documento<br />

principal del contrato de seguro, en<br />

donde constan los derechos y obligaciones<br />

de las partes, es un documento<br />

privado redactado en varios folios. Las<br />

condiciones generales están impresas,<br />

mientras las condiciones particulares<br />

están normalmente mecanografiadas.<br />

Qué Se Debe Saber Sobre los<br />

Seguros<br />

Todas las condiciones del seguro vienen<br />

en el contrato. Estas cláusulas<br />

se deben leer muy atentamente. Todos<br />

los años, las aseguradoras ganan<br />

muchísimo dinero por las prestaciones<br />

que vienen en el contrato y no son reclamadas<br />

por el asegurado.<br />

El seguro en todas partes del mundo<br />

tiene una doble función, la económica<br />

y la social:<br />

Función económica: elimina la incertidumbre<br />

económica sobre el futuro<br />

logrando aumentar la eficiencia, estabiliza<br />

la riqueza, combate la pobreza y<br />

estimula el ahorro.<br />

Función social: estimula la previsión,<br />

contribuye con el mejoramiento de la<br />

salud.<br />

No pueden asegurarse los siniestros<br />

causados por la mala fe del asegurado.<br />

La mala fe penal no se asimila, sin más,<br />

a la civil, con importantes consecuencias<br />

(sobre todo en materia de automóviles).<br />

Sobreseguro, infraseguro.- El riesgo<br />

asegurado no puede ser notablemente<br />

superior o inferior al del valor real de<br />

la cosa o interés asegurado (suma asegurada),<br />

de forma que es esencial una<br />

prudente valoración del objeto asegurado.<br />

En el primer caso (sobreseguro),<br />

producido el siniestro, la aseguradora<br />

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