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compendio forestal completo - magfor

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16) Un Delegado del Ministerio Agropecuario y Forestal.<br />

MINISTERIO AGROPECUARIO Y FORESTAL<br />

La Comisión Nacional del Ambiente nombrará de entre sus miembros un<br />

Comité Interinstitucional como instancia especializada de consulta, asesoría<br />

técnica y recomendaciones entre Instituciones del Estado, Gobiernos Regionales<br />

Autónomos del Atlántico y Gobiernos Municipales, para el conocimiento<br />

y toma de decisiones sobre problemáticas eventuales resultantes de<br />

un daño al medio ambiente. Este Comité será coordinado por el Ministerio<br />

del Ambiente y los Recursos Naturales y entre sus miembros, estará el Delegado<br />

del Consejo Regional Autónomo del Atlántico de la región en donde<br />

se identifica el daño al ambiente.<br />

El Comité podrá invitar a otras instituciones cuando el caso lo amerite.”<br />

Artículo 5.- Se modifica el Art. 9 de la Ley No. 217, que se leerá así:<br />

“Se crea la Procuraduría para la Defensa del Ambiente y de los Recursos<br />

Naturales, como rama especializada de la Procuraduría General de la República.<br />

Esta ejercerá la representación y defensa de los intereses del Estado y<br />

la sociedad en los juicios que se promuevan en materia ambiental, sean de<br />

índole administrativa, civil o penal, además, se le deberá reconocer la condición<br />

de víctima en lo referido a los delitos contra el Medio Ambiente y los<br />

Recursos Naturales.”<br />

Artículo 6.- Se adicionan al Art. 11 de la Ley No. 217, cuatro numerales,<br />

que se leerán así:<br />

“11) Del Sistema de Pago por Servicios Ambientales;<br />

12) De la Auditoría Ambiental;<br />

13) Del Cambio Climático y su Gestión; y<br />

14) De la Seguridad por efectos de sustancias químicas, tóxicas y contaminantes.”<br />

Artículo 7.- Se reforma el Art. 17 de la Ley No. 217, que se leerá así:<br />

“Art. 17 Crease el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP), que comprende<br />

todas las áreas protegidas declaradas a la fecha y las que se declaren<br />

en el futuro. A este sistema se integran con sus regulaciones particulares las<br />

Reservas Silvestres Privadas, así como los instrumentos legales, de gestión<br />

ambiental y administrativos requeridos para su desarrollo.<br />

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